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PROYECTO DE TP


Expediente 4068-D-2013
Sumario: PROMOCION DE LA EDUCACION VIAL EN TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO. DEROGACION DE LA LEY 23348 (EDUCACION VIAL).
Fecha: 21/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º.- La presente ley establece las bases para la promoción de la educación vial en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, y se enmarca en la Ley Nacional de Educación N° 26.206, la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, su Decreto reglamentario y la modificatoria de la misma a través de la Ley N° 26.363 y en la Resolución del Consejo Federal N° 40/08.
ARTÍCULO 2°.- La educación vial se propone la promoción de saberes para la circulación y el tránsito seguro en la vía pública, entendiendo que esta última constituye un espacio complejo y conflictivo, reglado, surcado por intereses diversos, que demanda una toma de decisiones conciente e informada.
ARTÍCULO 3°.- Son principios orientadores de la educación vial:
a) Inscribir la problemática de la educación vial en el campo más amplio de la educación ciudadana, y como tal, responsabilidad de los adultos en su conjunto.
b) Propiciar la reconfiguración del espacio de circulación urbano, la desnaturalización de las prácticas de tránsito, la visibilización del papel fundamental de la intervención humana en ese contexto y la recuperación el sentido social del cuidado de sí mismo y del otro, en la vía pública.
ARTÍCULO 4°.- Las autoridades educativas, a través acuerdos específicos construidos en el marco del Consejo Federal de Educación, deben incorporar contenidos específicos de educación vial, para todos los niveles, en los establecimientos educativos dependientes de sus jurisdicciones.
ARTÍCULO 5º.- El Ministerio de Educación de la Nación, a través de los órganos que disponga, debe:
a) asistir a las jurisdicciones en la implementación y/o profundización de planes e iniciativas locales;
b) diseñar e implementar recursos didácticos para la formación docente de los nuevos maestros y profesores;
c) promover la incorporación y actualización de la temática en los nuevos planes de formación de docentes de nivel inicial y primario, para las diferentes modalidades;
d) elaborar y distribuir materiales de apoyo a la tarea docente y de información para padres y comunidad en general, para favorecer el desarrollo curricular de los Núcleos de Aprendizaje Prioritario;
e) articular con organismos oficiales y organizaciones no gubernamentales cursos especiales para los estudiantes de la escuela secundaria y para los estudiantes de la modalidad de jóvenes y adultos;
g) articular con organismos oficiales y organizaciones no gubernamentales cursos sobre educación vial destinados tanto al alumnado de la educación obligatoria, como a docentes y demás integrantes de la comunidad educativa;
h) convocar a los estudiantes de los últimos cursos a participar en brigadas de educación vial;
i) realizar en forma periódica en las escuelas de todo el país concursos de afiches de prevención y promoción de la seguridad vial, con el objeto que los mismos formen parte de campañas masivas de comunicación social;
j) asegurar la inclusión sistemática de los temas de educación vial en el Canal Encuentro, Paka Paka y otros ámbitos de difusión oficiales.
ARTÍCULO 6º.- Articular con el Consejo de Universidades, la difusión de la presente medida y la promoción de programas educativos especiales en las universidades de todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 7º.- Derógase la Ley de Educación Vial N° 23.348.
ARTÍCULO 8º.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley de Educación Vial Nº 23.348, sancionada en agosto de 1986, y reglamentada por Decreto Nº 1320/88 hace obligatorio el dictado de contenidos relativos a la educación vial en todos los establecimientos dependientes del Ministerio de Educación de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires.
Dicho precedente normativo, de gran importancia a la hora de instalar la relevancia de la temática en el proceso formativo de las nuevas generaciones, ha quedado sin embargo desactualizado tanto en lo relativo a la organización del sistema educativo sancionada por la Ley de Educación Nacional Nº 26.206/06 como a las competencias y estructura de las jurisdicciones nacionales, provinciales y locales.
Asimismo en los últimos años, y especialmente a partir de lo ocurrido en el año 2006 con la muerte de un grupo de estudiantes de la institución ECOS, la preocupación relativa a la formación y capacitación en temáticas vinculadas a la seguridad vial ha ido adquiriendo grados crecientes de consenso social.
Numerosas organizaciones no gubernamentales como así también diversas iniciativas oficiales han intentado, de manera no suficientemente coordinada, abordar esta problemática tanto a través de campañas de visibilización y sensibilización en los medios de comunicación masiva como también a través de cursos específicos para funcionarios públicos, docentes y estudiantes, entre otros destinatarios.
En el ámbito de la educación formal el Consejo Federal de Educación ha aprobado por resolución 40/08 la creación del "Programa Permanente de Educación Vial" en un intento de brindar sistemacidad a la formación en seguridad vial y ha definido los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios correspondientes, en el marco de la Formación Ética y Ciudadana de los distintos ciclos de la Educación Básica.
Impulsar la promoción efectiva de la educación vial en los diferentes niveles y modalidades que constituyen el sistema educativo se constituye entonces en una apremiante necesidad social que redundará en una disminución de los accidentes de tránsito y en la comprensión del sentido social del cuidado de sí mismo y del otro en la utilización y tránsito por los espacios públicos.
Dicha promoción debe incluir en calidad de destinatarios a los diferentes actores que componen el sistema educativo y debe brindar las herramientas concretas para el trabajo cotidiano en el marco del aula y la institución educativa, siendo respetuosa de las autonomías provinciales y de las competencias específicas de las carteras educativas de las diferentes jurisdicciones.
En este marco, la formación y capacitación de los docentes en ejercicio como así también de aquellos que aspiran a desempeñarse como tales en el futuro y que se encuentran realizando sus estudios preparatorios reviste un carácter estratégico.
Finalmente, intensificar la utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación tanto en la difusión como en la producción de materiales específicos que aborden esta temática derivará seguramente en una multiplicación del mensaje y en una apropiación significativa de la importancia de la responsabilidad en la circulación y el tránsito seguro en la vía pública.
Por todo lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PUIGGROS, ADRIANA VICTORIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
NEBREDA, CARMEN ROSA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
TRANSPORTES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/11/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
20/11/2013 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2736/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 2370-D-13 Y 7441-D-12 26/11/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013 27/11/2013 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013