Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4056-D-2006
Sumario: LEY DE PROMOCION PARA REGIONES DE FRONTERAS: OBJETIVOS, DEROGACION DE LA LEY 18575.
Fecha: 20/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE PROMOCION PARA REGIONES DE FRONTERAS
Artículo 1°.- La presente ley tiene como finalidad proporcionar los medios necesarios para sostener el crecimiento de las regiones adyacentes al límite internacional de la República, a efectos de promover su desarrollo integral.
Artículo 2°.- Los objetivos generales a alcanzar serán:
a) Crear las condiciones más favorables para la radicación de pobladores, mejorando las condiciones socioeconómicas, infraestructura y explotación de los recursos naturales.
b) Facilitar la integración de las regiones de fronteras con el resto del país.
c) Fortalecer los vínculos espirituales, culturales y económicos con las regiones y poblaciones de los países vecinos, de acuerdo a las políticas internacionales de la Nación.
Artículo 3°.- Será la autoridad de aplicación de la presente ley, el Ministerio del Interior, quien determinará en razón de su situación y características particulares, aquellas regiones, zonas o localidades que requieran la promoción prioritaria para su desarrollo.
Artículo 4° .- Las medidas promocionales a instrumentar deberán facilitar:
a) Estímulos que faciliten e impulsen la radicación y arraigo de poblaciones.
b) Incrementar y mejorar la actual infraestructura de transporte y comunicaciones.
c) Apoyos de carácter económico y financiero que permitan la explotación, elaboración y transformación de los recursos naturales de la zona.
d) Regímenes particulares de créditos, impositivos y arancelarios para la instalación de industrias y/o ampliación de las existentes y el desarrollo de emprendimientos agrícola ganaderos.
e) Facilidades para el acceso a la tierra y la vivienda única propia.
f) Adecuada asistencia técnica, por medios de los organismos especializados, para el desarrollo regional.
g) Incremento, por medios de planes particulares, de los niveles educacionales, socioculturales y sanitarios.
Artículo 5° .- Se invita a las provincias a adherirse al régimen de la presente ley.
Artículo 6° .- Deróguese a la ley 18.575.
Artículo 7° .- La presente ley será reglamentada dentro de los noventa (90) días de su promulgación.
Artículo 8° .- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las fuerzas económicas y productivas de las regiones fronterizas de la República, reclaman y requieren la implementación de una ley que les proporcione beneficios para las particulares regiones fronterizas del país.
El presente proyecto tiene como intención, la reactivación de las regiones fronterizas y el beneficio de sus pobladores y productores, que se encuentran en una permanente situación de emergencia económica.
Su aprobación, significaría un incentivo para desarrollar en dichas regiones, entre otros, productos de exportación que podrían ser comercializados con los países vecinos y que se complementarían con los que ellos producen.
Con este proyecto, se promovería el crecimiento sostenido del espacio adyacente al límite internacional de la República, para lograr en regiones fronterizas, entre otras, la radicación de pobladores, evitar las emigraciones externas y internas, mejorar la infraestructura, la explotación de los recursos naturales, la integración con el resto del país y alentar el afianzamiento de vínculos espirituales, culturales y económicos, entre los pobladores de países limítrofes.
Con ese fin se indican en el articulado las medidas promociónales que facilitarían alcanzar las finalidades propuestas, y regiones y/o zonas podrían emerger de su depresión, dado que la actual asistencia que reciben es escasa con la riqueza que le brindan al resto del país, con sus producciones de madera, petróleo, minerales, gas, agricultura y ganadería.
A estos factores productivos señalados, hay que sumarles los comerciales que tampoco son ajenos a esta problemática fronteriza, muy bien conocidos por los montos que se mueven en nuestras fronteras.
La aprobación de esta ley es primordial para las regiones fronterizas, fundamentalmente, en estos tiempos en que la actividad comercial en las fronteras hacen que los pobladores y turistas dejen todo sus salarios allí, para que comerciante extranjeros se desarrollen y crezcan, mientras que los argentinos día a día nos empobrecemos más.
Millones de pesos traspasan las fronteras diariamente y de continuar así es muy factible que dentro de unos pocos años las zonas fronterizas sea un gran mercado latinoamericano. Desaparecerán muchos puestos de trabajo y solo quedarían pocas alternativas: vivir del contrabando vendiendo productos casa por casa o conseguir un subsidio para jefes de hogar, para los habitantes de esas zonas fronterizas.
Es por todo ello que se solicita la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
SEGURIDAD INTERIOR
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/11/2006 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría