PROYECTO DE TP
Expediente 4044-D-2008
Sumario: EMISION DE BILLETES CON EFIGIES DE MUJERES Y VARONES EN FORMA ALTERNADA, REPRESENTATIVOS DE NUESTRA HISTORIA.
Fecha: 29/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
El Senado y Cámara de Diputados...
Emisión de Billetes y Monedas con Efigies
de Mujeres
Artículo 1°. El Banco Central de la
República Argentina, conforme a lo establecido por su Carta Orgánica y la
reglamentación de la presente ley, utilizará en forma alternada efigies de mujeres y
varones de nuestra historia en la emisión de billetes y monedas que conforman la línea
monetaria de curso legal.
Artículo 2°. El Poder Ejecutivo
reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días de su publicación.
Artículo 3°. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En nuestro país, el papel moneda nunca
estuvo identificado con el rostro de una mujer, aunque las hubo y valiosas. Desde los
albores de la independencia nacional, las mujeres no sólo acompañaron a los hombres
de su época, sino que protagonizaron los principales capítulos y gestas de nuestra
historia. A través de los años, las mujeres han tenido activa participación en la vida
social y política de nuestra patria, pero esta participación está invisibilizada.
Las mujeres como
protagonistas sociales y políticas
Entre las grandes protagonistas, figuran
mujeres que han sido artífices de nuestra emancipación, como Juana Azurduy; mujeres
que lucharon por una mayor participación en temas reservados tradicionalmente a los
hombres, como Cecilia Grierson, primera médica argentina; intelectuales y docentes
como María Sánchez de Thompson, Juana Manuela Gorriti o Rosario Vera Peñaloza;
activistas sindicales como Carolina Muzilli, activistas políticas como Julieta Lantieri, Alicia
Moreau de Justo o Eva Duarte de Perón quien, como la eterna Evita, ha traspasado las
fronteras de un movimiento político para erigirse en símbolo de la mujer argentina.
A partir de la militancia y el protagonismo
político de Evita, en el primer y segundo gobierno del General Perón se consideró la
inclusión social de las mujeres como un imperativo central del proyecto de Nación. Así
llegó el voto femenino, vigente hasta ese momento en sólo dos provincias. En 1949, el
Partido Peronista Femenino incorporó a las mujeres de todo el país a la acción política.
Ese mismo año, la Constitución reformada consagraba la patria potestad compartida,
derecho que cayó con el golpe que derrocó al gobierno del General Perón, al derogarse
aquella constitución. Recién en 1985 se restituyó, por ley, el derecho conculcado.
Más cerca en el tiempo, a partir de la lucha
de un colectivo de mujeres que eludió fronteras sociales y partidarias, en 1991 se
sancionó la Ley de Cupo Femenino (Ley N° 24.012), la cual establece que las listas
electorales se conformarán con al menos un 30% de candidatas mujeres. En el año
2000, por Decreto 1246/00, se aumentó el cupo de participación femenina. Estos pasos
constituyeron otros hitos en la historia de los derechos de las mujeres argentinas.
A nivel internacional, el avance de los
derechos de las mujeres se observa en la firma de numerosos tratados. La República
Argentina suscribió, entre otros instrumentos, la Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la ratificó mediante la sanción de
la Ley 23.179. La reforma constitucional de 1994 (artículo 75, inciso 22) otorgó,
posteriormente, jerarquía constitucional a esos tratados y convenciones, con el objetivo
de reconocer el papel fundamental de la mujer y lograr igualdad efectiva entre mujeres
y hombres.
En marzo de 2008, la
Cámara de Diputados de la Nación aprobó el proyecto de resolución 556-D-08 que
define la "Agenda de Género Período 2008-2010". La iniciativa de mujeres
representantes de diferentes partidos políticos propone allí el tratamiento legislativo de
temas de relevancia para la defensa de los derechos de las mujeres. Mediante esta
Agenda, se procura la igualdad de género a través de instrumentos legales que
acompañen y apoyen un mayor reconocimiento y una mayor participación de la mujer
en la vida política y social.
Imágenes utilizadas en la
emisión de billetes y monedas
Las primeras modificaciones en el diseño
del papel moneda tienen como antecedente la Ley 3.505, sancionada el 20 de
septiembre de 1897, que autorizó a la Caja de Conversión a renovar toda la moneda
circulante de la época. Se decidió hacer un diseño exclusivo, llamado "Efigie del
Progreso", donde aparece una mujer sentada, que sostiene una antorcha encendida y
apoya su brazo sobre una versión del Escudo Nacional. Esta imagen tenía como
finalidad eliminar del papel moneda las figuras de personalidades políticas
Originalmente, estos billetes eran de gran tamaño y se imprimieron en la Casa de
Moneda, usando papel de origen francés. La "Efigie del Progreso" acompañó por casi
medio siglo las emisiones argentinas. En 1942, el Banco Central decidió emitir sus
primeros billetes propios, con un diseño más moderno y seguro, abandonando la clásica
Efigie del Progreso. En sucesivas emisiones, se incorporaron imágenes de próceres.
Entre éstas, la mayor aproximación al objeto de nuestro proyecto se observó en los
billetes con la efigie de Rosas, donde aparece, atrás, el retrato de su hija Manuela. En el
resto de los casos, las líneas monetarias reconocieron a próceres de nuestra historia,
siempre varones. En alguna ocasión, las series conmemorativas homenajearon a
mujeres, lo que resulta de por sí ilustrativo: el homenaje a mujeres destacadas resultó
la excepción y no la regla.
La facultad de acuñar
moneda es una de las manifestaciones de la soberanía. El artículo 75 inciso 11° de la
Constitución Nacional consagra esta facultad como una atribución del Congreso
Nacional. Asimismo, la Carta Orgánica del BCRA (Ley 24.144) establece en su artículo
17, inc. a), la facultad del BCRA de emitir billetes y monedas conforme a la delegación
de facultades realizadas por el Honorable Congreso de la Nación.
En el marco de la atribución constitucional
del Poder Legislativo de establecer las bases para la emisión de billetes y monedas, el
presente proyecto se propone, a través de la incorporación de la figura de la mujer en el
dinero de curso legal actual, resaltar su carácter de protagonista de acontecimientos
sociales y políticos, como así también del crecimiento y difusión de las ciencias y las
artes no solo en nuestro país, sino en toda América latina.
La exclusión establecida en el artículo 3
sigue un criterio historiográfico reconocido pacíficamente. Si la acción ha sido relevante,
sus resultados aún viven, ejercen influencia, motivan y movilizan a las nuevas
generaciones.
El intercambio de billetes y monedas, al ser
masivo, permite incorporar un enfoque de género en nuestras relaciones cotidianas y
posibilitar la superación de criterios discriminatorios a la hora de seleccionar efigies, lo
que nunca está regido por enfoques neutros.
Por otra parte, la relación
de la mujer con el dinero está vinculada a las relaciones de poder que impone la cultura.
La especialista Clara Coria -autora, entre otros ensayos que abordan el tema, de "El
sexo oculto del dinero, formas de la dependencia femenina" (Paidós, 1986)-, señala que
"el dinero es uno de los recursos privilegiados del poder. Su presencia u omisión no es
inocua y el uso que las personas hacen de él denuncia el concepto que cada quien tiene
sobre el ejercicio del poder en las relaciones humanas. Las mujeres han estado
marginadas de la adquisición y administración del dinero hasta no hace mucho y como
consecuencia también subordinadas al ejercicio de poder que los varones ejercieron
sobre ellas". Esta situación también puede abordarse y contrarrestarse, en el plano
simbólico, por la presencia de figuras femeninas en el dinero en circulación.
Finalmente, debemos tener en cuenta el
valor histórico que las monedas y billetes adquieren al salir del circuito legal. Se
convierten entonces en documentos, estudiados y custodiados por la numismática, por
lo cual se incorporan al patrimonio histórico y cultural de un Estado.
Antecedentes legislativos.
Numerosas legisladoras han presentado proyectos en la misma línea que el presente.
Entre ellos, cabe destacar el presentado por al Diputada Nacional Nora César, referido a
la incorporación de la imagen de Eva Duarte de Perón a la línea monetaria, así como el
presentado por la Diputada Nacional Paula Cecilia Merchan, referido a la incorporación
de la figura de Juana Azurduy.
Por lo expuesto y por la argumentación que
expondré oportunamente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERNAZZA, CLAUDIA ALICIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FINANZAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/09/2008 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |