PROYECTO DE TP
Expediente 4036-D-2012
Sumario: ALIMENTACION SALUDABLE Y SEGURA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EDAD ESCOLAR: REGIMEN DE PROMOCION Y PREVENCION.
Fecha: 14/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1°: La presente
ley tiene por objeto promover la alimentación saludable y segura de los
niños, niñas y adolescentes en edad escolar a través de políticas de
promoción y prevención.
ARTICULO 2°: Los kioscos y
bufetes instalados en establecimientos escolares públicos y privados, deben
incorporar para la venta bebidas y comestibles saludables de acuerdo al
listado elaborado por la Autoridad de Aplicación, con el objeto de darles la
posibilidad a los alumnos y alumnas de contar con la opción de elegir
alimentos de alto valor nutricional.
ARTICULO 3°: La Autoridad
de Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Educación de la
Nación o el organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTICULO 4º: La Autoridad
de Aplicación requerirá al Ministerio de Salud de la Nación, la elaboración
de un listado de bebidas y alimentos saludables estableciendo el tipo de
producto y su calidad nutricional, sin precisar marca comercial alguna.
Dicho listado será enviado por
la Autoridad de Aplicación a todas las instituciones escolares, a efectos de
cumplir con lo normado en el artículo primero.
ARTICULO 5°: Las máquinas
expendedoras de bebidas y alimentos que se encuentren dentro de los
establecimientos educativos, deben tener su opción saludable.
ARTICULO 6°: La Autoridad
de Aplicación realizará campañas de concientización sobre la conveniencia
de una adecuada alimentación, con pautas y guías de alimentación
saludable.
ARTICULO 7º: Los kioscos y
bufetes deben exhibir en forma visible letreros que estimulen el consumo de
alimentos saludables.
ARTICULO 8°: Invítase a las
provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente
Ley.
ARTÍCULO 9º: De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El principal objetivo del
presente proyecto es promocionar en los establecimientos educativos tanto
públicos como privados el consumo de alimentos saludables en todo el
país.
Teniendo en cuenta varios
estudios realizados sobre el estado nutricional de la población infantil en
nuestro país, y los datos arrojados por la Encuesta Nacional de Nutrición y
Salud (2005), la prevalencia de sobrepeso en el país es del 31,5%.
Una de las grandes epidemias
actuales es la obesidad, el porcentaje de personas con sobrepeso u obesidad
sigue creciendo y los niños no escapan a esta tendencia.
Si bien no es posible modificar
por completo los hábitos alimentarios de los niños, niñas y adolescentes,
cierto es que podemos y debemos brindarle una opción de elegir, al menos
desde la escuela, fomentando hábitos alimentarios saludables.
Lo que pretende el
presente proyecto no es una prohibición a los niños, niñas y adolescentes,
sino establecer un marco de opciones saludables disponibles.
Por esto creemos que la
promoción de hábitos saludables es un gran paso para la adecuada nutrición
en una edad en la que los hábitos nos
pueden formar para el futuro,
con la posibilidad de evitar trastornos de salud.
Es por ello que esta Ley
prevé la colaboración del Ministerio de Salud de la Nación para la
elaboración de un listado de alimentos nutritivos que la Autoridad de
Aplicación distribuirá en los distintos establecimientos educativos.
Ante los malos hábitos
nutricionales que se originan en nuestros hogares como consecuencia del
ritmo de vida actual y la permanente publicidad que exacerba esa tendencia,
proponemos impulsar y desarrollar conocimientos que puedan transformarse
en conductas y hábitos saludables.
Esta iniciativa tiene por objeto
lograr una medida de acción positiva tendiente a garantizar los derechos a la
educación y a la salud integral contemplados en la Constitución Nacional,
por lo que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
REGAZZOLI, MARIA CRISTINA | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
EDUCACION |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/10/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
13/11/2012 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1583/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0404-D-2012, 0119-CD-2012, 4036-D-2012, 5026-D-2012, 5135-D-2012 y 5379-D-2012 | CON MODIFICACIONES; 2 CON DISIDENCIAS PARCIALES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 30/12/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0404-D-2012, 0119-CD-2012, 4036-D-2012, 5026-D-2012, 5135-D-2012 y 5379-D-2012 | 21/11/2012 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0404-D-2012, 0119-CD-2012, 4036-D-2012, 5026-D-2012, 5135-D-2012 y 5379-D-2012 |