PROYECTO DE TP
Expediente 4033-D-2013
Sumario: INSTITUCION DEL REGIMEN NACIONAL DE RECONOCIMIENTO A LA ACTIVIDAD DE LOS ARTISTAS PLASTICOS Y/O VISUALES Y AL APORTE SOCIAL DE LA CREACION ARTISTICA.
Fecha: 21/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
El Senado y Cámara de Diputados...
Reconocimiento a la Actividad de
los Artistas Plásticos y/o Visuales
Artículo 1°.- OBJETO. Instituyese
el Régimen Nacional de Reconocimiento a la Actividad de los Artistas Plásticos
y/o Visuales y al aporte social de la creación artística, que consistirá en una
pensión especial contributiva.
Artículo 2°.- REQUISITOS. Para
obtener la Pensión el interesado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser argentino, naturalizado o
tener residencia permanente en la República Argentina, con una antigüedad no
inferior a cuarenta (40) años.
b) Tener una edad mínima de
sesenta (60) años las mujeres y sesenta y cinco (65) los hombres, al momento
de solicitar el beneficio.
c) Acreditar una trayectoria pública
en la creación artística no inferior a veinte (20) años frente a la Secretaria de
Cultura de la Nación.
d) Haber realizado, como mínimo,
aportes por quince (15) años, de manera continua o alternada, al Sistema Único
de la Seguridad Social (SUSS). Para cumplimentar este pago los interesados
podrán adherirse al régimen de regularización de deudas vigente.
Artículo 3°.- La Secretaría de
Cultura de la Nación conformará un comité consultivo evaluador para tratar las
solicitudes de acceso al beneficio, Para lo cual consultará a las entidades
representativas de la actividad. Los cargos serán ejercidos ad honorem. Una
vez obtenida la acreditación por parte de la Secretaría de Cultura, el solicitante
estará en condiciones de presentarse ante la Administración Nacional de
Seguridad Social.
Artículo 4°.- MONTO. El monto de
la pensión especial contributiva establecida en la presente Ley será el
equivalente a tres veces (3) el monto que corresponda a una jubilación
mínima.
Artículo 5°.- OTROS BENEFICIOS.
También gozarán, lo mismo que sus cónyuges o convivientes, de un seguro de
atención médica, equivalente al que determina el Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados - PAMI- o del organismo que en el futuro
lo reemplace.
Artículo 6°.- INCAPACIDAD. El
beneficio establecido por la presente ley corresponderá también al artista
plástico y/o visual que estando en actividad se incapacitare para el trabajo
profesional y cumpliere los requisitos establecidos en el inciso a) y c) del
artículo 2, reduciendo las cantidades allí expresadas en forma proporcional a los
años de trayectoria, sin que ésta pueda ser inferior a 10 años. El monto de este
beneficio en estos casos será equivalente al 70 % de lo establecido en el
artículo 3°.
Artículo 7°.- FALLECIMIENTO. La
prestación establecida en esta ley, se extiende a los derechohabientes del
titular del beneficio en caso de su muerte, entendiéndose por tales a los
enumerados en el artículo 53 de la Ley 24.241.
Artículo 8°.- La percepción del
beneficio referido en el artículo 2° de la presente es incompatible con la de
cualquier otro ingreso nacional, provincial o municipal, ya sea de orden
previsional, por premios o subsidios o pensiones no contributivas o graciables.
En caso que el interesado quiera optar por el presente reconocimiento, deberá
renunciar a aquellos otros ingresos.
Artículo 9°.- FINANCIAMIENTO. A
los fines de garantizar el cumplimiento de los fines de la presente ley, el Poder
Ejecutivo proveerá anualmente la correspondiente asignación
presupuestaria.
Artículo 10°.- AUTORIDAD DE
APLICACIÓN. La autoridad de aplicación será la Administración Nacional de la
Seguridad Social -ANSES o el organismo que lo reemplace en el futuro.
Artículo 11°. REGLAMENTACIÓN.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a sesenta
(60) días.
Artículo 12°.- Comuníquese,
etc.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto propone un
reconocimiento por medio de una pensión especial contributiva hacia la tarea
de quienes expresan y nutren la creación en las Artes Plásticas y/o Visuales en
todo el país.*
Sus fundamentos obedecen a dos
consideraciones primordiales: el aporte de la creación artística al conjunto social
y las especificidades del oficio del artista plástico y/o visual.
Las artes en general y
particularmente las plásticas y/o visuales, imprimen valores, experiencias y
conocimientos, que deben ponderarse en su importancia simbólica y cultural. El
modo de hacer y conocer del arte, dio respuestas y nuevas posibilidades de
crecimiento a muchas otras áreas de conocimiento. El auténtico significado de
cada creación artística reside en su capacidad para condensar, simbolizar y
representar una parte del sentido, del sentimiento, y del conocimiento de una
época, de un momento, de un hombre. El arte expresa nuestras identidades
como personas y como pueblos, nos manifiesta, comunica percepciones y
sensaciones que no son explicables de otro modo.
Las obras artísticas plásticas y/o
visuales resultan particularmente relevantes para nuestra cultura en tanto
podemos apreciarlas, y al hacerlo participamos en un trabajo metafórico:
percibir semejanzas y así dar cuenta de nuevas situaciones a través de
imágenes conocidas. La metáfora plástica no ilustra, no representa ni traduce
un contenido preexistente, por el contrario, lo crea. Es además de imaginada,
percibida, entrando en relación con nuestra subjetividad (1). El arte nos
convoca a descubrir las potencialidades encerradas en la existencia individual y
social. Para que esto se realice, se necesita que la realidad actual, inmutable en
apariencia, revele su contingencia. El artista nos lo hace posible.
El gran aporte cultural que
nuestros artistas plásticos realizan a la sociedad a través de sus obras no
siempre es valorado y, mucho menos, retribuido. La escasez de subsidios a la
creación en las artes plásticas, la falta de claridad con respecto a la situación
laboral del artista (lo cual lo/a priva de acceder a beneficios jubilatorios y otros
servicios sociales como la cobertura médica por ejemplo), ubican a nuestros
artistas plásticos en una situación de injusticia social. Sin embargo, la actividad
de las Artes Plásticas de la Argentina ha sido y es intensa y fructífera, y
constituye un elemento fundamental de nuestro desarrollo cultural y social, a
pesar de tantas adversidades. Nuestra cultura se ve expresada y enriquecida
con obras de artistas como Benito Quinquela Martin, Lino Eneas Spilimbergo,
Eduardo Sívori, Lola Mora, Fernando Fader, Emilio Petorutti, Antonio Berni,
Alfredo Bigatti, Gyula Kosice, Juan Carlos Castagnino, Raquel Forner, Julio Le
Parc, Ricardo Carpani, León Ferrari, Luis Felipe Noé, Luis Perlotti, Rogelio
Yrurtia, entre tantos otros referentes
A través de sus obras, desde los
primeros habitantes hasta hoy, los artistas expresaron creencias, modos de
entender y comprender el tiempo que les tocó vivir, de cuestionar y
cuestionarnos, construyendo modelos de interpretación y conocimiento.
Sobre estas premisas la actividad
de las Artes Plásticas constituye un elemento vital del desarrollo cultural y social
conjunto.
El otro sentido fundamental que
sustenta este proyecto es el reconocimiento de que el hecho artístico se nutre
de la creación, un acto absolutamente libre en el que el artista se expresa,
dando lugar a una obra original. Esto condiciona de una manera particular la
construcción de la vida de un artista, quien dedica a su obra todo el tiempo y
los recursos que ésta le demande, muchas veces sin miramientos de índole
práctica que hacen a la organización de su subsistencia.
La situación de los artistas
plásticos en nuestro país permanece desconocida para la gran mayoría.
Tenemos instituciones de formación artística de gran prestigio y calidad, pero
muchos egresados encuentran múltiples dificultades para vivir de su trabajo y
dedicar su tiempo y talento al arte que los expresa y para el que se han
formado. Sus opciones siguen pivoteando entre la migración a mercados
artísticos más activos fuera del país o el dictado de talleres. La docencia en el
campo artístico resulta una elección más estable profesionalmente, pero no
siempre compatible con la disponibilidad que el artista debe tener para la
dedicación a la tarea creativa.
En la actualidad, el sector privado
o "mercado" prevalece en la difusión y comercialización de obras de arte a
través de ferias, galerías o subastas, cuya venta significativa es la que se dirige
principalmente hacia el exterior, y esto expone a los artistas a las contingencias
que dominan la producción de precios, tornándose la relación entre el artista y
quienes difunden, venden o se benefician de su obra, en una relación muy
asimétrica.
Para enviar obras de su autoría al
mercado del arte (galerías, ferias, premios, etc.) los artistas plásticos y visuales
producen una cantidad que excede la demanda puntual, hecho derivado
fundamentalmente de su modo de trabajo, que consiste en un "hacer
continuo". Generalmente para realizar una exposición, el artista presenta una
selección de obras producto del trabajo de varios años. Esta forma de producir
y desarrollar la actividad no ha sufrido grandes cambios a través del tiempo.
Aunque si se produjeron modificaciones en cuanto a las formas de difusión y
comercialización de las obras de arte.
En este sentido la especulación
financiera que acompaña a la crisis económica mundial no deja de lado "el
mundo del arte". Así como en otros sectores de la economía argentina la
especulación primó sobre la producción y sólo la decisión política cambió ese
rumbo, en el sector de las artes plásticas y visuales, se hace cada vez más
necesaria una intervención estatal para mejorar la situación actual.
Por otra parte, es justo considerar
que la inmensa mayoría de los artistas consume durante el proceso de trabajo
otros bienes y servicios. Movilizan así un sin fin de actividades económicas que
producen ingresos en la cadena de comercialización y en los medios de
comunicación donde se publicitan (revistas de arte, suplementos dedicados a
las actividades plásticas), de las que también participan periodistas, críticos e
investigadores de arte, etc.. En la realización de una exposición, individual o
colectiva, se generan efectos sobre otros sectores de la economía: enmarcado
de las obras, fundiciones, montaje de esculturas, realización de catálogos,
diseño gráfico, impresión, alquiler de transportes para el traslado de la obra;
contratación de seguros, entre otros.
Hacia 2001, el Fondo Nacional de
las Artes (FNA) publicó una investigación denominada "El aporte del arte a la
economía argentina" cuyos autores (2) hacían referencia al sector de artes
plásticas y al modo peculiar y específico de la tarea del artista y su forma de
producir: "Siendo que la producción artística no se ajusta a los clásicos
procesos de producción de otras mercancías sino que gran parte de ella se
realiza en régimen artesanal (sea este de carácter individual o grupal) creando
un producto muchas veces no incorporado al flujo económico del país, resulta
obvio que existe un importante número de consumos intermedios que han sido
incorporados a los activos patrimoniales de los artistas como parte del proceso
de producción de sus obras y que cumplen un importante efecto multiplicador
en la economía". En el mismo sentido se expresaba que: "El trabajo realizado
por el artista es un trabajo que no se paga con los mismos criterios que son
pagados los demás trabajos. Eso de que todo hombre tiene derecho a vivir del
producto de su trabajo aquí no se cumple. Solo una ínfima parte de los
trabadores del campo artístico llegan a ganarse el pan por medio de la venta de
su fuerza de trabajo".
El presente proyecto intenta suplir
la falta de reconocimiento a estas circunstancias del sector, otorgando al artista
plástico y visual que demuestra con su obra la dedicación constante a este
quehacer, a la creación y a la cultura, la posibilidad de acceder a una protección
a su vejez que considere las especificidades del oficio al que dedicó su vida,
independientemente del valor monetario que imprime a la obra artística el
complejo mercado de valores contemporáneo.
En la era de la técnica de
multiproducción y la reproductibilidad de sonidos, imágenes, textos, defender la
dedicación concentrada del artista en la creación de un objeto único parece ser
una responsabilidad que nos debemos como sociedad democrática que apuesta
a la creación, al conocimiento y a la cultura para su crecimiento.
Vale destacar que numerosas
provincias ya cuentan con legislaciones que intentan mejorar la situación de
nuestros artistas plásticos o establecer regímenes similares de protección a
otras actividades artísticas como la literaria, con el presente proyecto se busca
la nacionalización de este importante reconocimiento, de vital importancia para
nuestro federalismo. Como antecedentes de este tipo podemos mencionar la
Ley 5258/2008 de Catamarca que establece el Régimen de reconocimiento a la
trayectoria y al mérito artístico, la Ley 9578/2009 de Régimen de
reconocimiento artístico de la provincia de Córdoba, la Ley 4178/1985 de
Asignación permanente para escritores de la provincia de Jujuy y la Ley
3014/2009 que establece para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un
Régimen de Reconocimiento a la Actividad Literaria. Como precedentes del
presente proyecto también debemos considerar los proyectos en tratamiento de
esta Honorable Cámara, presentados para el reconocimiento de otras
actividades artísticas, como lo son el proyecto de Asignación Única por Trabajos
y Obras en Reconocimiento a Escritores - Autores (Expdte N°2063-D-2012) de
los Diputados Heller, Junio, Sabbatella, Harispe, Raimundi y Perié -reproducción
del Expdte N°7818-D-2010- y el Régimen Nacional De Asignación Única De
Reconocimiento Artístico (Expte. 6743-D-2012) de los Diputados Sabatella,
Harispe y Raimundi).
Consideramos que el presente
proyecto de ley es una importante contribución a fin de mejorar la situación
actual de nuestros creadores y creadoras, además de un justo reconocimiento a
una labor de vital importancia para nuestro pensamiento y nuestra
cultura.
Por las razones expuestas, solicito
a mis colegas el acompañamiento de este proyecto de ley.
Referencias:
(*) El Grupo de Trabajo APyV-
2012, integrado por Jorge Abot, Mónica Christiansen, Jorge Iberlucea, Alberto
Morales y la Socióloga María Laura Elizalde present{o una versi{on .
(1) - Elena Oliveras. La metáfora
en el arte. Retórica y filosofía de la imagen. Editorial Emecé, Buenos Aires -
2007.
(2) - Monice Glenz, Gustavo
Rodríguez y María Laura Elizalde. El párrafo citado corresponde a los
comentarios finales, pags.70 y 71
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BRAWER, MARA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
CULTURA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/09/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
20/11/2013 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |