PROYECTO DE TP
Expediente 4016-D-2015
Sumario: COMISION BICAMERAL PARA LA DESIGNACION DEL DEFENSOR DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, PREVISTA EN LA LEY 26061. CONSTITUCION.
Fecha: 22/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Instar a la constitución de la
Comisión Bicameral para la designación del Defensor de los Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes conforme lo establece la Ley 26.061, cuyo art. 47
dispone la creación de este órgano de control de los derechos humanos, sin
que hasta el presente se hayan arbitrado los medios para cumplir con dicho
mandato.
A tal efecto, se implementará el
proceso de concurso de oposición y antecedentes previsto en el art. 49 de la
citada ley, asegurando un mecanismo público, transparente y participativo que
contribuya a afianzar un proceso de selección con legitimidad
democrática.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Congreso Nacional mantiene
una deuda con la democracia: la puesta en funcionamiento y designación del
Defensor de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes creado hace ya
nueve años con el objetivo de proveer a la promoción, defensa y control de los
derechos de la infancia y juventud.
La sanción en el año 2005 de la
ley de protección a los derechos de los niños/as ha significado un paso adelante
en la implementación de nuevos paradigmas, impulsados por la Convención de
los Derechos del Niño que era ley en nuestro país pero que requería de una
norma más específica para hacer frente a los viejos esquemas sustentados en
el patronato, que centraba al niño como un objeto de tutela, en lugar de un
sujeto de derechos, para cuyo ejercicio requiere activa protección.
Diariamente debatimos sobre las
violaciones a los derechos humanos de los niños y jóvenes, asistiendo a
confrontaciones interminables sobre la responsabilidad de los actores
involucrados: nacionales, provinciales, municipales, públicos o privados desde
los ámbitos políticos, sociales, económicos o culturales, en una sucesión de
discusiones que nos alejan cada vez más de las soluciones a los problemas que
hoy viven nuestros niños y jóvenes. Problemas complejos que exigen soluciones
complejas e integrales cuya adopción no puede demorarse más.
La Defensoría prevista en la ley
26.061, fue promovida por diputados/as de varios sectores políticos y en
particular por el Bloque Socialista. Está pensada para crear una herramienta de
defensa de los derechos reconocidos, para su promoción y su contralor frente a
las acciones u omisiones que los violenten, provengan del ámbito público o
privado. Establece amplias funciones y atribuciones, así como la necesidad de
contar con presupuesto propio. Asimismo, se prevé una Comisión Bicameral que
hasta ahora, lamentablemente, no ha tenido acogida en este Parlamento para
proceder a su designación.
El silencio que impera sobre este
instituto es un verdadero agravio a los derechos de la infancia y una seria
contradicción con el compromiso democrático que debe impulsar el accionar de
los Diputados/as y Senadores/as. Porque quien es responsable de poner en
marcha esta Defensoría es el propio Parlamento.
Los difíciles tiempos que estamos
viviendo y los problemas que repercuten gravemente en los derechos de niños,
niñas y adolescentes, no pueden permitirnos guardar silencio y soslayar el
deber que el propio Poder Legislativo de la Nación se ha impuesto al sancionar
la ley 26.061, cuyo art. 49 dispuso un plazo de 90 días contados desde su
sanción para designar al Defensor.
Por lo expuesto solicito a mi pares
se considere y apruebe el presente proyecto poniendo en marcha sin más
dilación, el proceso de selección conforme los términos de la ley 26061.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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