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PROYECTO DE TP


Expediente 4010-D-2012
Sumario: LEY 24449 DE TRANSITO: MODIFICACION DEL ARTICULO 9, SOBRE EDUCACION VIAL.
Fecha: 14/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Articulo 1º.- Incorpórase al artículo 9º de la Ley 24.449, los siguientes incisos:
g) La currícula educativa correspondiente a las instituciones de enseñanza a que se refiere el inc. a), deberá contemplar -como mínimo- TRES (3) horas-cátedra semanales de clases teóricas, bajo el mismo régimen de evaluación y aprobación que el resto de las asignaturas regulares;
h) El Ministerio de Educación de la Nación, conjuntamente con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, dispondrán el contenido de las currículas, incorporando todas las temáticas orientadas a la información, prevención y responsabilidades emergentes del escenario vial y sus actores;
i) A los efectos previstos en el inciso anterior, el Ministerio de Educación de la Nación, así como las autoridades respectivas de las jurisdicciones que adhieran a la presente ley, podrán celebrar convenios con instituciones públicas o privadas con el fin de capacitar a los docentes encargados del dictado de las clases y brindar apoyo y asesoramiento a las instituciones educativas.
Artículo 2º.- Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 3º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con la sanción de la Ley 26.363, promulgada con fecha 29 de abril de 2008, por cuyo medio se creó la autoridad nacional en materia vial -entre otras disposiciones-, el Gobierno Nacional decidió encarar la problemática del tránsito y la seguridad vial de modo eficaz y sostenido en el tiempo.
Las cambiantes realidades en materia vial dan paso a la necesidad de ir perfeccionando la legislación, a fin de corregir las desviaciones que provocan diariamente accidentes, muchos de ellos con lesiones graves o víctimas fatales.
Uno de los medios más eficaces para prevenir consecuencias no deseadas, es la educación desde la edad temprana. Si bien la ley en vigor contiene un capítulo destinado a tal fin, se considera indispensable avanzar en la materia, fijando un mínimo de horas- cátedra en las currículas educativas, de cumplimiento obligatorio. No se trata en la especie de una actividad meramente informativa, sino de una asignatura sometida a evaluación al igual que las demás, como asimismo se conceptúa necesario que el educando obtenga su aprobación para acceder a la promoción de grado o nivel.
Por otro lado, se propone al Ministerio de Educación de la Nación y a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en cuyo seno se encuentran representadas las Provincias, para la confección de las curriculas respectivas, a efectos de uniformar en todo el territorio nacional, en forma consensuada, los criterios y contenidos a impartir entre los educandos, adoptando una estrategia similar a la que rige en materia de expedición de licencias de conducir, que viene llevándose a cabo con resultados más que satisfactorios.
Por lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CATALAN MAGNI, JULIO CESAR TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
METAZA, MARIO ALFREDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZAMARREÑO, MARIA EUGENIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
IANNI, ANA MARIA SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ELICECHE, CARLOS TOMAS CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PAIS, JUAN MARIO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
TRANSPORTES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/11/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
12/11/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
19/11/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
20/11/2013 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2736/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 2370-D-13 Y 7441-D-12 26/11/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013 27/11/2013 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013