PROYECTO DE TP
Expediente 4004-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26485, DE PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES.
Fecha: 08/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 71
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su profunda preocupación por la
falta de reglamentación de la Ley Nº 26.485 de PROTECCION INTEGRAL PARA
PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS
AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES y dirigirse el
Poder Ejecutivo para que tome las medidas pertinentes a este propósito.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La violencia es una forma de control
mediante la cual quien la ejerce, se apodera de la libertad y de la dignidad de quien la
padece.
Las mujeres que sufren violencia física
soportan además maltrato emocional y psicológico, no pudiendo percibir el deterioro al
que están siendo sometidas, dada la forma permanente de las agresiones.
El abuso es una conducta que efectiviza un
grave descenso en la autoestima, impidiendo el desarrollo de la persona como sujeto
independiente.
Las denuncias por violencia psicológica en
el ámbito familiar continúan en aumento: la han sufrido 9 de cada 10 personas que se
acercaron a la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de
la Nación, entre el 15 de setiembre de 2008 y el 30 de abril pasado. Suman ya 10.261
casos, que tienen como víctimas principales a mujeres y niñas (81%), y en menor
medida a niños (el 66% de los varones).
La OVD registró 1.926 casos únicamente
de maltrato psicológico, por lo general amenazas, insultos, desvalorización,
humillaciones. Lo grave es que, aún cuando suele ser el paso previo a los golpes y
palizas, la mayoría de las mujeres no es consciente de que lo sufre.
Según cifras extraoficiales (brindadas por
la ONG "La casa del encuentro" durante el 2009 se registraron 231 "feminicidios" en
todo el país, 11% más que en el 2008.
Un dato no menor, e igual de grave, es que
según la Corte, el 89 % de los casos de violencia doméstica que llegaron a la Justicia
penal terminaron archivados o con sobreseimiento.
El Congreso sancionó el 11 marzo del
2009 y publicada en el Boletín Oficial el 14 de abril del mismo año, con el número
26.485, la Ley de PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR
LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS
RELACIONES INTERPERSONALES.
Esta ley reconoce expresamente la
existencia de diversos tipos de violencia, entre ellas la física, psicológica, sexual,
económica, patrimonial y simbólica.
Pero la misma no entró en vigencia porque
no fue reglamentada, hecho que generó duras críticas por parte del Comité de Derechos
Humanos de la ONU, en un documento en el que instaba a que además de ser
reglamentada la ley goce de una "dotación presupuestaria que permita su aplicación
efectiva en todo el territorio del país"
Otra de las preocupaciones del Comité fue
que sean accesibles en cualquier parte del territorio nacional las oficinas de violencia
doméstica como la que depende de la Corte Suprema Corte de Justicia y funciona en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Es por la transcendencia social de la
cuestión que consideramos urgente su reglamentación, se destinen las partidas
presupuestarias acordes a los elevados objetivos de la ley y se capaciten a los
funcionarios encargados de aplicarla.
Por último cabe hacerse eco de las
irrefutables y sabias palabras del Secretario General de la ONU, Ban Ki-Moon que
refiriéndose a la cuestión expresó: "La violencia contra la mujer no puede ser tolerada,
en ninguna forma, en ningún contexto, en ninguna circunstancia, por ningún dirigente
político, ni por ningún gobierno".
Por los motivos arriba expresados es que
respetuosamente solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de este
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PAROLI, RAUL OMAR | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
MOLAS, PEDRO OMAR | CATAMARCA | UCR |
VEAUTE, MARIANA ALEJANDRA | CATAMARCA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |