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PROYECTO DE TP


Expediente 3996-D-2014
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS (LEY 20628, TEXTO ORDENADO POR DECRETO 649/97 Y MODIFICATORIAS): MODIFICACION DEL ARTICULO 69, SOBRE APLICACION DE LA ALICUOTA A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESA (PYMES).
Fecha: 26/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 52
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación Impuesto a las Ganancias
Artículo 1.- Incorpórese como inciso c) del artículo 69 de la Ley de Impuesto a las Ganancias N°20.628, texto ordenado por Decreto 649/97 y sus modificatorias, lo siguiente:
"c) Los sujetos indicados en los apartados 1 y 2 del inciso a) del presente artículo que encuadren en la definición de micro, pequeñas y medianas empresas según lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley 25.300, sus modificaciones y disposiciones reglamentarias, o norma que en el futuro la reemplace, abonarán sobre las ganancias netas sujetas a impuesto las sumas que resulten de acuerdo con la siguiente escala:
Tabla descriptiva
En los tres primeros períodos fiscales de inicio de las actividades de los emprendedores que encuadren en la categoría de micro empresas tributarán a una alícuota del 0%.
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es reconocida la importancia que tienen las pequeñas y medianas empresas por su capacidad para crear empleo, pero no siempre se conoce su contribución para mejorar la distribución del poder económico en la sociedad, las condiciones de competencia de los mercados, el fortalecimiento de los encadenamientos productivos y lograr un mayor equilibrio territorial de las actividades económicas.
También existen los Emprendedores, que representan el germen de la actividad empresarial, dentro un proceso de creación y desarrollo de nuevas empresas. Por eso es importante dar impulso a una cultura que valore positivamente al emprendedor como sujeto de cambio y promueva el surgimiento de nuevos emprendimientos, lo que no sólo permitirá incentivar el desarrollo de actividades innovadoras, sino que también contribuir al crecimiento económico del país.
Un estudio sobre Pymes realizado por FIEL, pone de manifiesto que la experiencia nacional e internacional de distintos países sugiere que durante el ciclo de expansión económica la generación de empleo es liderada por las empresas grandes, mientras que en las fases decrecientes del ciclo económico, son las PyMEs las que contratan más personal. De este modo se puede decir que, además de generar empleo, este grupo de empresas son las principales impulsoras de la economía en tiempos de desaceleración económica.
El aporte de las PyMEs en la economía argentina es importante, ya que producen el 40% del PBI, que representan el 75% del empleo nacional, y están distribuidas a lo largo de todo el territorio nacional. En cuanto a su aporte en las exportaciones, aunque todavía es poco significativo, lo destacable es que predominan las exportaciones de productos con mayor valor agregado.
Asimismo, su estructura organizativa más flexible les permite adaptarse a cambios en las condiciones macroeconómicas, aún partiendo de una situación desventajosa en el momento de competir con las grandes empresas.
Tradicionalmente las principales debilidades que enfrentan las PyMEs se las vincula con la ausencia o insuficiencia de distintos tipos de incentivos que son necesarios para promover el desarrollo de su actividad y la concreción de nuevos emprendimientos, las dificultades en las condiciones de acceso al crédito, el bajo nivel de acceso a servicios externos de consultoría y capacitación, ausencia de una conducta exportadora y escaso nivel de desarrollo tecnológico, entre otros.
En el aspecto tributario las PyMEs son las más perjudicadas, por no contar con un tratamiento impositivo diferencial respecto a las grandes empresas, salvo el régimen simplificado del monotributo que es para empresas de escalas muy pequeñas-, que les permita afrontar en mejores condiciones su competitividad en el mercado local, por lo que es importante incorporar modificaciones en algunos impuestos, para lograr reducir la carga tributaria para este segmento empresarial.
La presión tributaria en Argentina es una de las más altas de América Latina, y mayor al promedio que se registra en los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos). Así, según un estudio de la CEPAL la Argentina tenía a fines de 2012 una presión tributaria de 37,3%, frente al promedio de 20,7% de América latina y de 34,1% de los países de la OCDE, estimándose que en el 2013 la misma creció nuevamente, producto, entre otras razones, de la falta de ajuste de los mínimos no imponibles en el impuesto a las ganancias, la no aplicación de ajuste por inflación en dicho impuesto y la falta de ajuste de los mínimos en otros impuestos.
En este contexto se considera importante implementar un sistema de alícuotas progresivas aplicables para las pequeñas y medianas empresas a efectos de reducir las asimetrías que afectan a este segmento empresarial, e incentivar a través del sistema tributario la creación y sustento en el tiempo de pequeños y medianos emprendimientos como motor de la economía y generación de empleo genuino.
La implementación de alícuotas progresivas otorga la ventaja de incentivar la creación de emprendimientos y que el costo impositivo sea inferior en los primeros años de vida, a su vez permite que en aquellos períodos fiscales de menores ingresos la tasa efectiva del impuesto sea inferior, acompañando y atenuando el receso económico de las mismas.
En este sentido proponemos un esquema diferencial de alícuotas de acuerdo al tamaño y clasificación que establece la normativa vigente que define a las "micro, pequeñas y medianas empresas", mientras que para fomentar e incentivar la iniciación de nuevos emprendimientos proponemos que en los primeros años de vida no se tribute el impuesto.
Así, en los tres primeros períodos fiscales de inicio de las actividades de los emprendedores que encuadren en la categoría de micro empresas tributarán a una alícuota del 0%.
Esta alícuotas progresivas otorga la ventaja que incentiva la creación de emprendimientos y que el costo impositivo sea inferior en los primeros años de vida de la empresa, a la vez que permite que en aquellos períodos fiscales de menores ingresos la tasa efectiva del impuesto sea también menor.
En atención a todo lo expuesto, se solicita el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
SCHWINDT, MARIA LILIANA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
ALEGRE, GILBERTO OSCAR BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)