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PROYECTO DE TP


Expediente 3993-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL CREADO POR LEY 24855.
Fecha: 08/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 71
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, informe a esta H. Cámara, en relación al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional creado por la Ley 24855, lo siguiente:
A) ¿Qué recursos fiduciarios han sido destinados a la Provincia de San Luis, desde su creación a la fecha, a efectos de asistir a la misma en la financiación de obras de infraestructura económica y social, tal el objeto establecido por la Ley 24855?;
B) ¿Qué recursos fiduciarios tiene presupuestado destinar a la Provincia de San Luis, para el ejercicio correspondiente al año 2010, a efectos de asistir a la misma en la financiación de obras de infraestructura económica y social, tal el objeto establecido por la Ley 24855?;
C) Detalle las obras que fueron realizadas con los recursos fiduciarios, desde su creación a la fecha, provincia por provincia, describiendo en cada caso, los montos destinados a cada jurisdicción;

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por medio de la Ley 24855, este Congreso ha establecido un Programa Nacional de Desarrollo Regional y Generación de Empleo, cuyos objetivos son:
"(...) a) Generar la infraestructura económica y social necesaria y prioritaria para la integración territorial, el desarrollo regional y el intercambio comercial, a través de la financiación de obras públicas nacionales y provinciales que tiendan a mejorar la eficiencia de la producción nacional, la preservación del medio ambiente, el bienestar general y la utilización de mano de obra intensiva:
b) Disminuir los desequilibrios socioeconómicos produciendo un alto impacto en los niveles de empleo y en la distribución del ingreso:
c) Mejorar las oportunidades y condiciones de acceso a la vivienda en los sectores de ingresos medios y medios bajos de la población, con el desarrollo del mercado hipotecario y fomentando el ingreso al mismo de capitales nacionales e internacionales.(...)"
Para el cumplimiento de dichos objetivos, la mencionada norma dio creación al "Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional", cuyo objetivo, expresado en el artículo 4º es "asistir a las provincias y al Estado nacional en la financiación de obras de infraestructura económica y social, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley.(...)
Al momento de su creación, el Fondo se encontraba bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Posteriormente, mediante el Decreto 1044/2001, la administración del Fondo fue transferida a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.
En la actualidad, el mismo se encuentra en manos del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios en virtud del Decreto 408/2003.
Dado que la Ley 24855 ha establecido el carácter extra presupuestario del fondo, la distribución de los recursos depende de la discrecionalidad del Organismo a su cargo.
Es por ello que el objetivo de la presente iniciativa no es otro que el conocer, por medio de información oficial, cuál ha sido el criterio imperante a la hora de distribuir los recursos, dado que a la fecha y desde su creación, la Provincia de San Luis no se ha visto beneficiada con ninguna acción proveniente del Programa establecido por la Ley en cuestión.
El artículo 8º de la mencionada Ley estableció la constitución de una cartera de crédito adicional reservada a la demanda de las provincias de menor densidad población, al día de la fecha, la Provincia de San Luis no ha recibido ningún recurso proveniente del Fondo pese a ser una de las provincias con menor población del país.
Entonces, ¿Cuál es el criterio de distribución?
Es imprescindible conocer de manera exhaustiva si el destino que han tenido los fondos de dicho fideicomiso "federal", ha sido efectivamente "federal".
Sr. Presidente, el artículo primero de la Constitución Nacional instituyó para el gobierno de la Nación Argentina la forma representativa republicana "federal". La Provincia de San Luis integra dicho sistema federal, por lo que su exclusión en el marco de un programa nacional emanado de este Poder, no encuentra justificativo alguno.
A lo expuesto, se suma un agravante adicional: la propia Ley dispuso la asignación conforme a los índices de los artículos 3º, incisos b) y c), y 4º de la Ley 23548, lo cual no ha sido cumplido.
Es por lo expuesto que solicitamos a nuestros pares acompañen el presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ALBERTO JOSE SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
PANSA, SERGIO HORACIO SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
VIDELA, NORA ESTHER SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
MERLO, MARIO RAUL SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA