PROYECTO DE TP
Expediente 3973-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA INCLUSION EN EL EJERCICIO 2012 DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS QUE DEMANDE LA PUESTA EN MARCHA DEL MARCO NORMATIVO INTEGRAL DE LA LEY 26485 DE "PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN LOS QUE SE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES."
Fecha: 04/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través de los organismos que correspondan, incluya en el
ejercicio 2012 las partidas presupuestarias que demande la puesta en marcha del
marco normativo integral de la Ley Nro. 26.485 de PROTECCIÓN INTEGRAL PARA
PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN
LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 11 de marzo de 2009, se sancionó la
Ley Nº 26.485 denominada LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PREVENIR,
SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS ÁMBITOS
EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES.
Atento la demora en la reglamentación
de dicho marco normativo, con fecha 14/05/10 presenté un proyecto de declaración
(3238-D-10) a fin que el Poder Ejecutivo Nacional proceda a reglamentar dicha ley
como así también a la asignación de las partidas presupuestarias necesarias para la
puesta en marcha de la misma.
Con fecha 19/07/10 el
Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 1011/2010 (B.O. 20/07/10) por el cual se
aprobó la reglamentación de la Ley Nº 26.485 en forma parcial ya que distintos
aspectos de la ley quedaron sin reglamentar, entre ellos el Art. 43 que dispone que:
"Las partidas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley serán
previstas anualmente en la Ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional".
La demora en la asignación de
recursos impide el funcionamiento de los instrumentos válidos creados a fin que
desde las distintas órbitas del Estado se encare el tema dando respuesta inmediata
a las diversas situaciones concretas de violencia contra las mujeres.
Si bien el Decreto 1011/2010, llenó de
esperanzas a todos los que aguardábamos esta medida, el silencio sobre la
inclusión de las partidas presupuestarias pertinentes en el ejercicio 2012 para la
puesta en marcha del marco normativo en forma integral, hace necesario la
presentación de esta iniciativa.
Con la Ley 26.485 en plena vigencia,
se podrá demostrar en forma genuina que en Argentina es política de estado el
poner fin a toda situación de violencia de género, a través de una legislación que la
ubicaría entre los países pioneros en el abordaje de la problemática.
Por lo expuesto solicito a mis pares
voten favorablemente la presente iniciativa, con la convicción de estar realizando un
aporte auténtico a la solución de un flagelo que azota por generaciones a nuestro
País.
Firmante | Distrito | Bloque |
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REGAZZOLI, MARIA CRISTINA | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |