PROYECTO DE TP
Expediente 3973-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA NO DEVOLUCION POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA DE LAS TIERRAS DONADAS POR LA EMPRESA "CELULOSA ARGENTINA SA" DEL VALLE DEL ARROYO DE KUÑA PIRU, PROVINCIA DE MISIONES, A LAS COMUNIDADES ABORIGENES.
Fecha: 10/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a
través del organismo correspondiente, informe sobre:
- Por qué la Universidad Nacional de
La Plata no devuelve las tierras -6030 hectáreas donadas por la empresa
Celulosa Argentina S.A.- del Valle del Arroyo de Kuñá Pirú, provincia de
Misiones, a las comunidades aborígenes de Yvy Pita, Ka´ Aguy Poty y Kapi´i
Poty que las habitan ancestralmente, no dando cumplimiento al artículo 75,
inciso 17 de la Constitución de la Nación.
- Acciones, construcciones,
actividades académicas y otras intervenciones llevadas a cabo por la UNLP en
dicho territorio y evaluación de las mismas.
- Qué medidas adopta el Poder
Ejecutivo para hacer efectivo el derecho constitucional a la tierra que poseen
estas comunidades originarias.
- Acciones concretas del INAI
(Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) frente a este conflicto entre las
comunidades guaraníes y la UNLP.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde el mes de enero de 1.992 la
Universidad Nacional de La Plata, de la provincia de Buenos Aires, mantiene ocupadas
aproximadamente 6.000 hectáreas en la provincia de Misiones.
En ese año la empresa
Celulosa Argentina donó 6.030 hectáreas del Valle del Arroyo de Kuña Pirú a
la Universidad Nacional de La Plata, con las comunidades Yvy Pita, Ka´ Aguy
Poty y Kapi´i Poty habitando ese territorio.
Dos años más tarde, con la
reforma de la Constitución Nacional de 1.994, al reconocerse los derechos de
los pueblos indígenas, los guaraníes comenzaron el reclamo de esas
tierras.
Pese a la reforma y a tratados
internacionales que la Argentina ratificó, como el Convenio 169 de la OIT, la
casa de estudios del Estado se niega a entregar los títulos de propiedad a sus
habitantes originarios.
Al día de hoy y desde hace
más de una década, las comunidades aborígenes guaraníes que habitan gran
parte de la zona conocida como Valle Kuña Pirú, un caudaloso arroyo que
surca el lugar, colmado de una exuberante vegetación, continúan el reclamo
por la devolución de las tierras que habitan hereditariamente y que la UNLP,
entidad pública, se niega a devolver.
Tras tantos años de pugna, las
divergencias de las comunidades con la UNLP se fueron acentuando. Las
comunidades rechazan la presencia y las actividades realizadas por personas
que, en nombre de la Universidad platense, llegan al lugar invadiendo e
inmiscuyéndose en las actividades propias de las comunidades originarias y,
por otra parte, ratifican el pedido de traspaso de la posesión de las tierras,
basándose en la normativa nacional e internacional y en lo establecido por la
Constitución Nacional.
Las comunidades misioneras
denuncian que autoridades de la Universidad proponen la repartición de
tierras que consta en 700 hectáreas para las comunidades, 700 para la casa
de estudios y 4.500 en condominio; repartición que no están dispuestos a
aceptar.
Por otro lado, acusan faltas de
parte de la Universidad a los acuerdos convenidos e intentos de coima hacia
algunos miembros de las comunidades, a través del ofrecimiento de planes de
vivienda, planes sociales y subsidios.
Se denuncia también el
desmonte de los bosques llevado a cabo por la institución, la ausencia de
plantas medicinales que impide a las comunidades sanar enfermedades por
falta de muchas de las medicinas. El cacique Hilario Acosta, en ocasión de un
reclamo ante la UNLP, manifestó "...vinimos hasta acá para reclamar nuestra
tierra, porque para nosotros la tierra no es para desmontar. La tierra es vida,
la sombra, la alegría para los ancianos, los chicos, para todos. Ya no queda
medicina de nosotros, no podemos cazar porque los animales se adentran en
la selva y sólo tratamos de sobrevivir".
La UNLP se ampara en su reclamo por la
entrega total de las tierras en un derecho real de dominio adquirido por donación,
mientras que las comunidades guaraníes fundamentan su reclamo desde un derecho
de dominio originario reconocido no sólo por la Constitución de la Nación Argentina,
sino también por numerosos tratados internacionales a los cuales nuestra Nación
suscribió y debe honrar con su cumplimiento. Es por ello que desde el Estado se debe
buscar una solución que contemple ambos intereses en juego y exija el menor sacrificio
posible para las partes.
El INAI es el ente adecuado
para tomar intervención pronta y oportuna en este grave conflicto y evitar el
desamparo y la usurpación que sufren las comunidades guaraníes.
Por todo lo ante expuesto, solicito a los
Señores Diputados me acompañen en la aprobación del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 126 (2008), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 12/03/2008 |