PROYECTO DE TP
Expediente 3946-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA INCORPORAR A DIVERSOS DEPARTAMENTOS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, AFECTADOS POR LAS PRECIPITACIONES DE CENIZAS DEL VOLCAN PUYEHUE, DENTRO DE LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA PREVISTAS EN EL DECRETO 1110/11.
Fecha: 03/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo de la
Nación que, a través de los organismos correspondientes, adopte medidas
tendientes a fin de incluir a los Departamentos de Gastre, Telsen y Martires -
todos ellos pertenecientes a la provincia Del Chubut- dentro de los destinatarios
de las medidas anunciadas por la Sra. Presidente de la Nación el día 04 de Julio
del corriente año debido a las precipitaciones de cenizas volcánicas del Volcán
Peyehue mediante Decreto N° 1110/2011 y Resolución General Afip N°
3148/2011.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través del presente proyecto de resolución se
pretende que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos correspondientes,
adopte medidas tendientes a fin de incluir a los Departamentos de Gastre, Telsen y Martires -
todos ellos pertenecientes a la provincia Del Chubut - dentro de los destinatarios de las
medidas anunciadas por la Sra. Presidente de la Nación el día 04 de Julio del corriente año
debido a las precipitaciones de cenizas volcánicas del Volcán Peyehue - Cordón Caulle en el
país hermano de Chile.
El Poder Ejecutivo Nacional estableció como
destinatarios de las medidas anunciadas a las localidades de Villa La Angostura, San Martín de
los Andes, Villa Traful, Pilcaniyeu, Comallo, Ingeniero Jacobacci, San Carlos de Bariloche y
Alicurá, o sea todas ellas localidades pertenecientes a las provincias de Río Negro y Neuquén.
Así dentro de las medidas anunciadas por el
Poder Ejecutivo Nacional se encuentran:
- Duplicación por 60 días a partir del 1º de
julio/2011 el monto que reciben los beneficiaros de las asignaciones universales por Hijo, por
Embarazo y por Discapacidad;
- Duplicación por el mismo período el monto de
las asignaciones familiares que reciben los trabajadores en relación de dependencia;
- Diferimiento del pago de impuestos por 60 días
la suspensión de los juicios de ejecución fiscal;
- Extensión del plazo para la presentación de las
declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, e
Impuesto a los Bienes Personales, Monotributo y Autónomos;
- Asignación de 12 mil subsidios
correspondientes al Programa de Recuperación Productiva (Repro) del Ministerio de
Trabajo;
- Ampliación de los llamados empleos "Jóvenes"
en la Ciudad de Bariloche;
- Asignación de sumas directas a los municipios
de Río Negro, Ingeniero Jacobacci, Maquinchao, Comallo, y Pilcaniyeu a fin de ser destinados
la sector agropecuario;
- Redirección de créditos otorgados por el
BID;
- Envío de plantas potabilizadoras de agua.
Siguiendo este orden de ideas,
cabe destacar que el día 08/06/2011 la Provincia del Chubut a través del Decreto N° 636 declaró el
estado de emergencia y/o desastre agropecuario como consecuencia de las erupciones
provocadas por la cadena volcánica Peyehue - Cordón Caulle, en las explotaciones
agropecuarias ubicadas en los Departamentos de Gastre, Telsen y Mártires, por 12 meses a
partir de la fecha de publicación de dicho decreto.
Así las cosas, considerando el
decreto provincial anteriormente citado, el día 14/06/2011 el Ministerio de Agricultura, Ganadería
y Pesca de la Nación a través de la Resolución N° 457/2011, declara el estado de emergencia y/o
desastre agropecuario en los Departamentos de Gastre, Telsen y Mártires, Provincia Del
Chubut.
Por otro lado, con fecha el
05/07/2011 la Honorable Legislatura del Chubut a través de la Declaración N° 005/11- HL, solicita
al Poder Ejecutivo Nacional incorporar dentro de las disposiciones anunciadas a las
localidades de la Provincia Del Chubut afectadas por las cenizas volcánicas.
Finalizando, toda vez que es el mismo Poder
Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación
quién declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia Del Chubut,
desde mi punto de vista, no resulta justo que los departamentos más afectados por las
precipitaciones de cenizas volcánicas en la Provincia Del Chubut, resulten infundadamente
excluídos de las medidas anunciadas por el Poder Ejecutivo Nacional.
A todas luces resulta evidente que se trata de una
medida arbitraria, toda vez que los pobladores afectados pertenecientes a la Provincia Del
Chubut se encuentran sufriendo las consecuencias de este desastre de igual manera que los
hermanos rionegrinos y neuquinos, debiendo primar en toda decisión el principio de igualdad
el cual posee raigambre constitucional y los pactos y tratados oportunamente ratificados por
nuestro país.
En virtud de los motivos expuestos, es que
solicito el acompañamiento de mis pares en el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MOREJON, MANUEL AMOR | CHUBUT | PERONISTA |
CURRILEN, OSCAR RUBEN | CHUBUT | PERONISTA |
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO | SALTA | PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |