PROYECTO DE TP
Expediente 3914-D-2011
Sumario: EXPRESAR ADHESION AL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL ILUSTRE JURISTA, DOCTOR ARTURO ENRIQUE SAMPAY, CELEBRADO EL DIA 28 DE JULIO DE 2011.
Fecha: 03/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su adhesión al centenario del
nacimiento del ilustre jurista, Dr. Arturo Sampay, y su beneplácito por los
homenajes a su memoria que se realizarán durante el presente año 2011.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuestro país siempre se ha
caracterizado, por realizar homenajes a ciertas figuras, a quienes se les ha
atribuido -con razón o sin ella- distintos merecimientos, en razón de lo cual los
archivos guardan constancia de muchos homenajes prescindibles. Las calles de
nuestra ciudad y de otras ciudades del país, tienen nombres de personas que por
algún motivo han merecido la distinción de integrar la nomenclatura urbana.
Hay personajes injustamente olvidados
y que nadie recuerda, aunque hayan efectuado considerables aportes a la cultura
nacional, debido a que los grandes medios acostumbran a privilegiar a figuras de
relevancia coyuntural, y a otras cuyo prestigio es promovido por determinados
círculos intelectuales. Entre esos olvidados se encuentra el Dr. Arturo Enrique
Sampay, cuyas contribuciones en el campo del derecho fueron reconocidas por
ilustres personalidades en el mundo entero, que con excepción de un reducido
grupo de especialistas que cultivan la ciencia jurídica y algún otro memorioso de
las jornadas, que llevaron a la reforma constitucional de 1949, hoy nadie
recuerda.
Arturo Sampay nació en Concordia, el
28 de julio de 1911, realizó estudios primarios en su ciudad natal y los
secundarios en el histórico Colegio Nacional de Concepción del Uruguay, creado
por el General Urquiza. Los estudios universitarios los cursó en la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, donde se
recibió de abogado en 1932, de la que fue Profesor de Derecho Político.
Al finalizar su carrera viajó a Europa,
donde completó estudios de derecho público con Dietrich Schindler en Zurich,
tomó clases de filosofía del derecho en Milán con Monseñor Olgiati, participando
en un curso sobre los orígenes del capitalismo que dictara el célebre político
italiano Amintore Fanfani. Asistió en Paris a las clases que dictaba Louis Le Fur en
la Sorbona, y a las del filósofo católico Jacques Maritain. Al regresar al país ejerció
su profesión de abogado, dedicándose al ejercicio de la docencia universitaria por
diversos períodos hasta su muerte ocurrida el 1 de febrero de 1987 en la ciudad
de La Plata.
En 1933 produjo su primer trabajo
sobre la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, que resultaba un importante
avance respecto a las viejas constituciones provinciales y aún sobre la nacional
que regía en ese momento. La edición de esa obra en 1936 fue prologada por el
jurista Faustino Legón, que destacó los meritos de una obra, con la que Sampay
comenzaba su análisis profundo del derecho constitucional y sus necesarias
implicancias políticas.
Viviendo en la ciudad de La Plata, fue
designado Fiscal de Estado en 1946, durante la gobernación del Coronel Domingo
Mercante, y en 1949 fue elegido convencional constituyente de la Convención que
sancionó el nuevo texto constitucional, siendo miembro informante de la mayoría,
y uno de los principales redactores de la nueva Constitución. Esa ley fundamental,
derogada de un plumazo en abril de 1956, significaba un avance singular sobre la
normativa vigente hasta entonces, sustituyendo los viejos principios del liberalismo
decimonónico, por nuevos conceptos políticos, económicos y sociales que
promoverían las sustanciales reformas que el país necesitaba.
En su último trabajo que llamó
"Constitución y Pueblo" Sampay explicó cuales fueron las directrices sobre las que
se trabajó para tener una Constitución acorde con definidos conceptos de
participación social, eliminando elitismos que sirvieron para configurar fraudes
constantes a la voluntad popular.
Además de los objetivos sociales, que
superaban antiguas ideas individualistas, en esa Constitución, de la que fue como
un padre, se determinó la protección de los recursos naturales a través del
artículo 40, que protegía los bienes públicos de cualquier actitud depredadora,
como las que se verían varias décadas después.
Ciertas intolerancias políticas internas y
algunas diferencias con Perón lo llevaron a exiliarse en Montevideo para tomar
distancia de actitudes injustas que su espíritu no podía aceptar. Su exilio continuó
hasta 1958, regresando al país para continuar su prolífica labor intelectual y
docente.
En 1970, se incorporó al Instituto
Argentino para el Desarrollo Económico (IADE), del que fue Presidente, siendo
Director de la revista Realidad Económica desde su fundación hasta su
muerte
Con la llegada del peronismo al poder
en 1973, Sampay volvió a obtener su cátedra universitaria, siguiendo con sus
investigaciones en el campo del derecho, y la preocupación constante por el
constitucionalismo social.
Arturo Sampay, no redujo su trabajo a
especulaciones jurídicas, o a teorizaciones sobre el campo del derecho, del que
era un importante especialista, sino que fue de lleno a mostrar las implicaciones
políticas de los sistemas jurídicos que regían en la República, analizando con rigor
histórico el derecho liberal burgués y las inevitables consecuencias de su
aplicación. Su análisis de la Constitución de 1853, mostraba la vinculación de ésta
con la realidad social vigente en esos tiempos, y la idea de país que tenían los
constituyentes de ese entonces.
Escribió una gran cantidad de notas,
artículos, folletos y cuatro obras monumentales, que resultan un aporte de notable
significación jurídica, política y social: La crisis del estado de derecho liberal-
burgués; La filosofía del iluminismo y la Constitución argentina de 1853; el informe
de la Comisión revisora de la Constitución en 1949, y Introducción a la Teoría del
Estado en 1951.
Sería demasiado extenso indicar la
influencia de Sampay en el pensamiento jurídico, analizar su notable producción y
esa forma de penetrar sagazmente en la vida histórica de nuestros países
latinoamericanos. Creemos que su influencia en la Constitución de 1949, es más
que suficiente para mostrar cual era su concepción de lo que debe ser la Ley
Fundamental de un pueblo soberano
Cuando su exilio en Montevideo fue
asesor político del caudillo oriental, Luis Alberto de Herrera, en 1970 pronunció
conferencias en Chile. En 1971 ese país dictó una Constitución que contenía
normas inspiradas en su pensamiento.
Obras suyas, traducidas al francés
fueron entregadas por el General Charles de Gaulle a sus asesores para que se
nutrieran de las ideas que él quería para reformar las instituciones de Francia, y
uno de los más notables juristas de ese país André Hauriou, profesor de la
Universidad de París, sostuvo que la obra de Sampay tenía la jerarquía intelectual
y académica de autores del relieve de Hans Kelsen y George Jellineck
Su notable introducción a la teoría del
Estado es una muestra acabada de su erudición humanista y su conocimiento
profundo de la gran tradición filosófica que arranca con Aristóteles, continúa con
Santo Tomás de Aquino y adquiere relevancia con filósofos del derecho como
Georg Jellinek, Herman Heller y Carl Schmitt.
Sampay fue un pensador nacional,
entendiendo como tal al que ha contribuido a general ideas, y explicitar rasgos que
constituyen el fenómeno de "lo nacional argentino y/o iberoamericano" como
señalara el filosofo Alberto Buela. Ello lo llevó, sin dejar el campo del derecho a
bucear en las profundidades del pensamiento político, para encontrar las
vinculaciones necesarias entre la realidad social y las leyes dictadas en ese
contexto. No solo fue un jurista eminente, el pensador más relevante de nuestra
ciencia política, sino un argentino ejemplar que si bien analizó con rigor el pasado
argentino y sus instituciones jurídicas, vio con claridad el futuro, observó la
necesidad de preservar las fuentes de riqueza y tuvo muy en claro como se debía
democratizar la democracia, dejando las formalidades vacías de los enunciados
teóricos, para hacerla el sustento real de un país distinto.
En los claustros universitarios de
América y Europa, es conocida y valorada su obra, pero en nuestro país se ha
intentado silenciarlo desde siempre, dejando su memoria en un olvido injusto que
es necesario reparar.
Es por lo expuesto que solicito se
apruebe el presente proyecto de declaración
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
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Comisión |
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