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PROYECTO DE TP


Expediente 3910-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA APLICACION DE LA RESOLUCION CNRT 696/98, DE REGIMEN DE ARANCELAMIENTO POR GUARDA, CUSTODIA Y ACARREO DE VEHICULOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR QUE HAYAN COMETIDO ALGUNA INFRACCION.
Fecha: 09/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que informe, dentro de los quince (15) días de recibida la presente, y a través de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte u otros organismos competentes, los aspectos que más abajo se detallan, relacionados con la resolución 696/98 CNRT:
1.- Las nómina de entidades con las que se encuentran vigentes convenios de colaboración.
2.- Cómo fue realizada la selección de las mismas.
3.- Se remita copia de todos y cada uno de los convenios suscriptos durante los últimos cuatro años.
4.- Importes percibidos en concepto de aranceles por guarda y custodia durante los últimos cuatros años.
5.- Detalle pormenorizado del destino final de los fondos percibidos.
6.- Importes percibidos por cada una de las entidades con las que se suscribieron convenios de colaboración y las contraprestaciones correspondientes.
7.- Informes presentados por cada una de las entidades mencionadas en el inciso anterior durante los últimos cuatro años.
8.- Si se reintegran los aranceles percibidos al comprobarse la inexistencia de una infracción.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Comisión Nacional de Regulación del Transporte aprobó mediante la Resolución 696/98 el Régimen de arancelamiento por guarda, custodia y acarreo, de los vehículos de transporte automotor o unidades de cargas que han cometido alguna infracción.
La mencionada Resolución en sus considerandos contiene un análisis de los antecedentes normativos y prevé un régimen sancionatorio para los autotransportistas infractores, teniendo la Autoridad de Aplicación la facultad de disponer la paralización de los servicios, la desafectación del personal de conducción y del automotor, reteniendo o secuestrando a los vehículos en contravención, o a aquellos conducidos por personas sin la habilitación pertinente. Establece también los costos por el acarreo si lo hubiere, la custodia y guarda de las unidades retenidas, afrontando los transportistas en todos los casos, el valor de la multa.
Si bien el marco normativo es minucioso en el detalle de los aranceles que deberán afrontar los contraventores, el mismo no determina el destino final de los montos percibidos en concepto de guarda, custodia y acarreo ni tampoco bajo qué condiciones de transparencia e idoneidad se seleccionan las entidades en las que se delega el acarreo, guarda y custodia que luego se cobra a los supuestos infractores.
Por ello, solicitamos que se informe a esta Honorable Cámara de Diputados el listado de estas entidades, la forma y los criterios con que fueron seleccionadas las mismas, las copias de los convenios celebrados, los importes percibidos en concepto de aranceles y el detalle y destino de los mismos.
Consideramos necesarios los datos requeridos, para realizar una evaluación que nos permita conocer la actual situación del sistema de controles del transporte automotor de cargas, el cual es realizado y fiscalizado por la CNRT como ente autárquico dentro del ámbito de la Secretaria de Transporte de la Nación. En la actual situación de inseguridad vial que atraviesa nuestro país, el correcto y transparente funcionamiento del sistema es central.
Es importante el número de transportistas a los que les han sido retenidos sus vehículos, y tienen como única alternativa de recupero de la unidad secuestrada el pago del arancel correspondiente al acarreo, guarda y custodia. Así como es necesario un sistema adecuado de controles y sanciones, también es imprescindible que las mismas sean justas, con acceso a mecanismos de legítima defensa, y conocimiento público del destino de los recursos recaudados, incluyendo información respecto de la forma en que el Estado delega esta importante función en terceros.
A modo de ejemplo, podría señalarse la situación sufrida por el Sr. Pablo García, LE: 5.991.090, el cual padeció el secuestro de su rodado en el Paso Monte Aymond, Provincia de Santa Cruz, el 22 de Enero de 2007 y cuyos datos obran en el acta de comprobación CNRT Nº A 116197 07 que se adjunta. Para recuperar su vehículo, debió presentarse en la Delegación de la CNRT de Río Gallegos y abonar la suma de pesos trescientos sesenta ( $360), en concepto de arancel por guarda, custodia y acarreo mediante giro postal Nº GCT 1040/07 del Correo Argentino, a nombre del "Centro de Asistencia de las Ciencias Económicas al Transporte Automotor". Considerando injusta esta situación, presentó el descargo correspondiente ante la CNRT, sin que hasta el día de la fecha haya recibido una respuesta al mismo.
Referente a la problemática planteada, encontramos que la Auditoria General de la Nación (http://www.agn.gov.ar/informes/informesPDF2003/2003_189.pdf) concluye en un informe que la Gerencia de Calidad y Prestación de Servicios (GCPS) de la CNRT, no ejerce debidamente sus facultades sancionatorias, toda vez que se ha podido verificar que no propicia la aplicación de condenas que correspondieren ante incumplimientos detectados como así tampoco impulsa, en todos los casos, el procedimiento administrativo correspondiente.
Se desprende del informe antes mencionado que la CNRT ha delegado en algunas entidades la recepción del dinero en concepto de aranceles y que cada vez que los infractores han realizado los descargos y reclamos pertinentes, no han obtenido respuesta, perdiendo los importes abonados por esta falta de impulso procesal de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.
Por lo antes descripto, solicitamos a nuestros pares la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE ARI
RIOS, MARIA FABIANA TIERRA DEL FUEGO ARI
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)