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PROYECTO DE TP


Expediente 3908-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA SUSPENDER LAS EXPORTACIONES DE "GLP" CON EL OBJETO DE ABASTECER EL MERCADO INTERNO.
Fecha: 21/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos correspondientes, proceda a suspender las exportaciones de GLP, a efectos de garantizar el abastecimiento del mercado interno y el acceso a los argentinos a dicho bien a precios justos y razonables, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 7 y 35 de la Ley 26.020 y su modificatoria Ley 26.314.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El abastecimiento de GLP fue severamente comprometido durante el lockout del campo y los cortes de ruta, que produjeron la falta de tantos productos imprescindibles para nuestros hogares, generando situaciones verdaderamente dramáticas en las localidades más pequeñas del país. Sin embargo, si bien las medidas de fuerza han concluido, este bien clave para los sectores de más bajos recursos aún no encuentra normalizada su provisión, constatándose, además, prácticas abusivas y especulación en diversos actores de la cadena de producción y comercialización.
A este respecto, debemos recordar que en el país existen 4.627.894 hogares que consumen GLP (1) , los cuales lo utilizan mayoritariamente para usos domésticos en las zonas de menores posibilidades económicas y en regiones rurales o zonas urbanas que no tienen acceso a las redes de gas natural. Son estos usuarios, que se encuentran en un especial estado de indefensión, los que se ven privados de un suministro indispensable o explotados en su necesidad para poder obtenerlo. El desabastecimiento de GLP, especialmente, en las provincias del NEA, que son usuarias cautivas del gas en garrafas, se ha tornado profundamente grave. Así, por ejemplo, empresas que aducen no poseer stock del producto, luego realizan ventas ambulantes, transportando la garrafa en camiones y ofertándola a valores que alcanzan los $40 o $50, muy superiores a los precios de referencia establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación.
Ello ha llevado a que, por ejemplo, en la Provincia de Formosa se monitoreara el ingreso de productos en las rutas y se constatara en las plantas que efectivamente se ha comercializado todo el gas ingresado, respetando los precios de referencia.
En el mismo sentido, el día 7 de julio del corriente año el COFEDEC analizó, en el ámbito de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación, la necesidad de garantizar la disponibilidad de la "garrafa social", y acordó desarrollar una acción conjunta entre las provincias y la Nación a efectos de controlar en los puntos de venta la provisión al precio dispuesto por la Secretaría de Energía de la Nación.
Asimismo, la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario de la Provincia de Formosa solicitó a la Secretaría de Energía de Nación que envíe un equipo de técnicos e inspectores para realizar un amplio programa de inspecciones en toda la provincia.
El 16 de julio del corriente año, los organismos de Defensa del Consumidor de las provincias del NEA se reunieron en la ciudad de Resistencia para analizar una vez más la escasez de GLP en la región. De allí surgió la iniciativa de solicitar informes al Secretario de Energía de la Nación respecto de esta problemática.
Finalmente, en nota nº 1041/08 del 7/7/08, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, dirigiéndose al Director de Gas Licuado de Petróleo, CPO Daniel Medina Sosa, expresa:
"Pongo en su conocimiento, que posteriormente al levantamiento del 'locaut agropecuario', con sus cortes de ruta y piquetes, nunca se pudo normalizar hasta la fecha el abastecimiento de GLP de 10, 15 y 45 kgs. en nuestra Jurisdicción.
"Ello trajo aparejado, hasta el presente no solo la falta de un elemento esencial en nuestros hogares, sino que también trajo aparejado, distinciones en los precios, en donde una garrafa de 10 kg. se paga, hoy, entre $40,00 y $50,00, etc.
"Las bocas de expendio dicen no tener stock, ponen cupos para la venta y la contracara de todo ello, es que vemos como por nuestras rutas nacionales se exporta hacia el Paraguay gas envasado.
Por ello, es que le requiero la más inmediata y severa intervención para normalizar la situación antes descripta..."
Entendemos que una manera de poner fin a las especulaciones en el mercado, radica en la intervención del Estado en la comercialización del GLP al exterior. De acuerdo a información brindada por la página web de la Secretaría de Energía de la Nación, el volumen de producción durante 2007 fue de 3.016.074,27 tn., comprendiendo propano, butano, propileno, mezcla y butileno. En el período enero-mayo de 2008, la producción asciende a 1.294.241,75 tn. Mientras que las exportaciones durante 2007 fueron para el butano, propano y mezcla de 1.486.216,49 tn., lo que representa un 49,27% del total producido, y en lo que va del período enero-mayo de 2008, 627.307,16 tn., lo que representa un 48,46% del total producido en idéntico período. Si bien existe una tendencia descendente, está claro que los porcentajes de la producción nacional destinados a la exportación siguen siendo sustancialmente mayores al porcentaje destinado al consumo residencial en el mercado interno, que resulta de aproximadamente el 36% de la producción local.
La Secretaría de Energía posee métodos de control diarios sobre la producción a fin de que, antes de aprobar una exportación, se encuentre garantizado el mercado interno. Pero es evidente que existe una práctica de especulación, ya que el producto no llega a los hogares. A fin de desalentar estas conductas y garantizar el abastecimiento interno se deben aplicar plenamente los mecanismos de la Ley 26.020. De esta manera, la norma establece en su art. 5, que las actividades relacionadas con la industria y comercialización del GLP son de interés público. Además, el art. 7, que enumera los objetivos de la política de regulación de la industria del GLP, prescribe, en sus incisos b) y c), que se debe "garantizar el abastecimiento del mercado interno de gas licuado, como así también el acceso al producto a granel, por parte de los consumidores del mercado interno..." y que se debe "proteger adecuadamente los derechos de los consumidores, posibilitando la universalidad del servicio, adecuada información y publicidad y el acceso al mismo a precios justos y razonables, con especial énfasis en el abastecimiento a sectores residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes". Por otro lado, el art. 35 establece: "La exportación de GLP será libre una vez garantizado el volumen de abastecimiento interno, debiendo en cada caso mediar autorización del Poder Ejecutivo Nacional, dentro del plazo de TREINTA (30) días de recibida la solicitud." Este marco legal provee una clara línea de principios y herramientas para abordar la problemática. Por lo tanto, ante la gravedad y urgencia de la situación, solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE LA ROSA, MARIA GRACIELA FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)