PROYECTO DE TP
Expediente 3902-D-2007
Sumario: GARANTIA DE LOS INTERESES DEL ESTADO NACIONAL EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, LEY 24588: MODIFICACION DEL ARTICULO 10 (TRANSFERENCIA A LA CIUDAD AUTONOMA DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE Y DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA).
Fecha: 09/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación Art. 10º Ley
24.588
Artículo 1°.- Modifíquese el
texto del Art. 10° de la Ley Nº 24.588, el cual quedará redactado de la siguiente
forma:
Artículo 10°.- Transfiérase a
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Registro de la Propiedad Inmueble y la
Inspección General de Justicia.
Los agentes transferidos conservarán
el mismo nivel escalafonario, los derechos, beneficios, remuneración, antigüedad,
régimen previsional y servicios sociales, que tuvieren al momento de la
transferencia.
La transferencia incluirá los recursos
correspondientes, la totalidad del patrimonio incluyendo bienes muebles como
inmuebles, elementos de uso y consumo, equipos y materiales, como cualquier
otra cuestión no enunciada especificamente en el cuerpo de la presente Ley que
haga a su función específica y normal funcionamiento.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Reforma constitucional de 1994
consagró la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sin embargo desde la sanción de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 30 de Noviembre de 1996,
la Ciudad de Buenos Aires no ha podido ejercer su autonomía plena, por no haber
existido voluntad política suficiente que permitiera el traspaso del Registro de la
Propiedad y de la Inspección General de Justicia entre otras áreas.
La Ley Nº 24.588 se excede en
cuanto ley de garantias de los intereses nacionales por lo que corresponde la
derogación que requieren delimitar las competencias federales y automáticas, y de
este modo respetar las normas constitucionales que aseguren la Autonomía de la
Ciudad de Buenos Aires.
Señor presidente, el presente
proyecto de ley que establece la modificación del artículo 10º de la ley 24.588
contribuirá a cumplir con las aspiraciones históricas de los constituyentes de 1994,
sostenida por la voluntad de los vecinos de Buenos Aires, que ansían la
consagración de su autonomía, y de los beneficios con que cuentan las demás
provincias y municipios.
Por las razones expuestas solicitamos
la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
BURZACO, EUGENIO | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
LEGISLACION GENERAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 15/08/2007 | |
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0027-D-09 |