PROYECTO DE TP
Expediente 3901-D-2007
Sumario: EXPRESION DE REPUDIO POR LA CLAUSURA DE LA IMPRENTA DEL DIARIO "EL OBSERVADOR" DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE SANTA FE.
Fecha: 09/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su manifiesto repudio a la clausura
de la imprenta del diario "El Observador", de la ciudad de San Lorenzo, Provincia
de Santa Fe, bregando por el inmediato esclarecimiento de lo sucedido y de su
pronta resolución.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 25 de julio de 2007,
funcionarios municipales de la ciudad de San Lorenzo se constituyeron en el
domicilio de la imprenta del diario El Observador, 9 de Julio 1176, a efecto de
disponer su clausura mediante acta Nº 12.315 del Tribunal Municipal de
Faltas.
Dicho procedimiento,
según indica la Intendencia, se realizó para dar cumplimiento a lo dispuesto por la
minuta de Comunicación Nº 102/07, con fecha del 12 de Julio de 2007, aprobada
por los concejales, cuyo Artículo 1 indica "Solicitase al Departamento Ejecutivo
Municipal que constate en el domicilio de 9 de Julio 1176, el ejercicio de
actividades comerciales y/o industriales, y de ser así, si las mismas cuentan con la
respectiva habilitación emanada de las distintas áreas municipales que hayan
verificado el cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia, bajo
apercibimiento de aplicación de las sanciones previstas por el código Municipal de
Faltas".
Según declaraciones del titular del
diario, Andrés Sharreta, el periódico poseía la autorización de la Dirección de
Obras Públicas Municipales y estaba a la espera de la habilitación de la Dirección
de Habilitaciones de la Municipalidad, la que, hasta el momento, no se había
hecho efectiva por mora de la administración municipal y no por falta de
voluntad.
En primer lugar,
mediante un acto administrativo, se procede directamente a la clausura del local
donde funcionaba la imprenta del diario "El Observador", lo cual está prohibido
expresamente por el Art: 11 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, el cual
reza: "(...) No pueden clausurarse las imprentas, ni secuestrarse sus elementos,
como instrumentos del delito, mientras dure el proceso"
En segundo lugar, también se está
violando la Constitución Nacional en su artículo 14: "Todos los habitantes de la
Nación gozan de los siguientes derechos: (...) de publicar sus ideas por la prensa
sin censura previa (...)"
Y los tratados internacionales con
rango constitucional incorporados por el Art. 75 Inc. 22
Declaración Universal de los Derechos
Humanos:
Art. 19.- "Todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión (...) el de investigar y recibir
informaciones y opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por
cualquier medio de expresión."
Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre:
Art. 24.- Derecho de
petición "Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a
cualquier autoridad competente, ya sea por motivo de interés general, ya de
interés particular, y el de obtener pronta resolución."
Convención Americana sobre
Derechos Humanos:
Art. 13.- Libertad de
pensamiento y expresión.
"Toda persona tiene
derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la
libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin
consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o
artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección."
Pacto Internacional de derechos
Civiles y Políticos:
Art. 19.- "Toda persona
tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de
buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole sin consideración de
fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por otro
procedimiento de su elección."
En tercer lugar, debemos aclarar que
la clausura de la Imprenta del diario "El Observador" sucede durante una campaña
electoral en la que se disputa la intendencia local.
En cuarto lugar, y de
acuerdo con el punto anterior, es de destacar que el diario "El Observador", como
puede leerse en sendos artículos periodísticos posteriores a su clausura, era una
de las pocas voces críticas al gobierno local. Esto queda manifestado también en la
presentación de un escrito, ingresado por mesa de entradas del Concejo Municipal
(Expte. Nº 19.018) donde se ataca al diario "El Observador" por expresar una
"única dirección hostil, infamante y con el claro propósito de denostar, a
funcionarios municipales del ejecutivo y a concejales del interbloque justicialista y
del Frente para la Victoria" y que "bajo el velo del Derecho Contitucional de la
Libertad de Prensa, tienden a sembrar dudas sobre las conductas públicas a través
de la difamación".
En quinto lugar, y como
se destaca en el punto dos, existe una violación al Art. 13 de la Convención
Americana (Pacto de San José de Costa Rica), con el agravante que la Corte
Interamericana de Derechos Humanos ha afirmado la protección y promoción de
un concepto amplio de la libertad de expresión sosteniendo que la libertad de
expresión es una piedra angular de la existencia misma de una sociedad
democrática, siendo indispensable para la formación de la opinión pública. "Es, en
fin, condición para que la comunidad a la hora de ejercer sus opciones, esté
suficientemente informada" lo cual queda vedado para la sociedad Sanlorencina
por el cierre del diario.
Por lo expuesto, solicitamos
acompañen con su firma el presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | ARI |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | ARI |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
15/11/2007 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 3336/2007 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3864-D-2007 y 3901-D-2007 | CON MODIFICACIONES | 29/11/2007 |