PROYECTO DE TP
Expediente 3888-D-2007
Sumario: OTORGAR UNA PENSION A LOS INTEGRANTES DE EXPEDICIONES LAS TERRESTRES: INVERNAL ANTARTICA ENTRE LA BASE ESPERANZA Y LA BASE GENERAL SAN MARTIN Y EXPEDICION ANTARTICA TERRESTRE POR LA BARRERA DE HIELOS FILCHTNER, EL MONTO SERA EQUIVALENTE AL SETENTA POR CIENTO (70%) DEL ADICIONAL REMUNERATORIO POR SERVICIOS EN LA ANTARTIDA, ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 2 INCISO C) DE LA LEY 23547.
Fecha: 09/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
El Senado y Cámara de Diputados...
Citas legales: ley
23.547,ley 24.241,ley 26.008
Artículo 1º: Otórguese
una pensión cuyo monto será equivalente al setenta por ciento (70%)
del adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida", establecido
por el artículo 2º inciso c) de la ley 23.547, a aquellos hombres
integrantes de las Expediciones Terrestres "Invernal Antártica entre la
Base Esperanza y la Base General San Martín" y "Expedición Antártica
Terrestre por la Barrera de Hielos Filchtner".-
Artículo 2º:En caso de
fallecimiento del titular, tendrán derecho al beneficio los parientes
enumerados en el artículo 53 de la ley Nº 24.241.
Artículo 3º: El beneficio
otorgado por la presente ley será compatible con el desempeño de
cualquier actividad remunerada, jubilación o pensión de carácter
nacional, provincial o municipal, sin limitación alguna.
Artículo 4º: El beneficio
que otorga esta ley será atendido con los recursos que destine a tal
efecto el Presupuesto General de la Administración Pública para el
Ministerio de Defensa.
Artículo 5º: Autorízase al
Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias
para el cumplimiento de la presente ley en el año de su entrada en
vigencia.
Artículo 6º: Se anexan a
la presente ley los nombres de los expedicionarios acreedores al
beneficio.
Artículo 7º: El Poder
Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días
de su promulgación.
Artículo 8º: Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Antártida Argentina es
una parte de nuestro territorio de mayor extensión que el área
continental de la República y, seguramente, el que almacena las
mayores riquezas para la subsistencia del hombre sobre el planeta.
Para los Argentinos es un espacio sustantivo de su identidad como
nación soberana sobre tierras, hielos y mares que nos pertenecen por
los títulos que emanan de sus antecedentes históricos, geográficos y
jurídicos.
Su defensa permanente
solo puede concretarse por hechos, y está también, íntimamente ligada
a nuestros derechos sobre las islas Malvinas, Georgias y Sándwich del
sur y sobre los espacios marítimos e insulares correspondientes cuya
"legítima e imprescriptible soberanía" la Argentina ratifica en la misma
Constitución Nacional. (Disposiciones Transitorias Artículo 1º)
La conquista del Polo Sur
es un corolario imprescindible del ejercicio de nuestros derechos, pero
también debemos resaltar que esa conquista, sin lugar a dudas, se
apoyó en las expediciones antes mencionadas, por su valiosa
experiencia, por la trasmisión de innumerables y valiosísimos datos que
fueron después tenidos en cuenta, no solo por nuestros
expedicionarios, sino por "el mundo" ya que las regiones exploradas
por primera vez en la historia de la humanidad, sus datos y
conclusiones, fueron enviadas no solo a nuestro país, sino que la
N.A.S.A se encargó de distribuir este material, inédito, a todos los
laboratorios del universo encargados de estas cuestiones.
Fueron experiencias de
sumo riesgo; algunos trayectos solo pudieron alcanzarse a pie con los
peligros inminentes del terreno y de los hombres, a riesgo de su propia
vida. Solo a título de ejemplo podemos mencionar, las innumerables
caídas de vehículos, hombres y trineos de perros en las peligrosas
grietas, ceguera inmediata o congelamientos, etc. Solo basta recordar
que varios héroes argentinos, enterrados en la Antártida, son los que
indicaron el camino, para lograr después, esa epopeya gigantesca que
culminó con la llegada de nuestros hombres al Polo Sur.
De los
valientes expedicionarios, en la actualidad solo han tenido el
reconocimiento los hombres que arribaron en la expedición "Polo
Sur"...pero hasta los mismos integrantes de esa expedición no dejan
de reconocer los antecedentes, los apoyos recibidos, los inmensos
sacrificios hechos por estos otros hombres, que en la actualidad, los
que viven, que son menos del 50%, y que sobrepasaron ya los setenta
años de edad, se merecen y son objeto de este reconocimiento a
través de la ley que se pone en consideración.
Señor Presidente, los motivos
expuestos fundan la necesidad de la ley que presentamos, reconociendo una
pensión en beneficio de los citados expedicionarios y sus derechohabientes, en su
caso, con ajuste a lo dispuesto sobre el particular por la normativa correspondiente
y, asimismo, la necesidad de que este proyecto pueda recibir el más pronto
tratamiento legislativo.
ANEXO
ANEXO I
LISTADO DEL
PERSONAL
Oscar Roberto
SOSA
Silvano
CORVALAN
Jerónimo Mauricio
ANDRADA
Héctor Pablo
HELGUETA
Edgardo René
PIUZZI
Humberto Angel
CARGNELLO
Ramón Tito
TORRES
Oscar Roberto
RODRIGUEZ
Roberto
TAMASHIRO
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MÜLLER, MABEL HILDA | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
DEFENSA NACIONAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/11/2008 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
25/11/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1147-D-09 |