PROYECTO DE TP
Expediente 3883-D-2009
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL DOCUMENTO "PROPUESTA DE LAS ORGANIZACIONES INDIGENAS PARA LA INCLUSION DEL DERECHO A LA COMUNICACION DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS".
Fecha: 14/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de esta Honorable Cámara
el documento "Propuesta de las Organizaciones Indígenas para la Inclusión del Derecho a la
Comunicación de los Pueblos Originarios", cuyos contenidos contribuyen con aportes
positivos al debate sobre la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con la
finalidad de asegurar a los Pueblos y Comunidades indígenas el acceso equitativo a Medios de
comunicación propios.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El reconocimiento constitucional de la
preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas argentinos implica la necesaria
transformación del Estado argentino. No se trata solo de reconocer la visible pluriculturalidad
del Estado sino de establecer una nueva relación con los Pueblos Indígenas -una política de
Interculturalidad- que transforme su relación con el Estado y sus instituciones sociales,
políticas, económicas y jurídicas a fin confrontar y transformar estas relaciones de poder que
han naturalizado las asimetrías sociales, superando la actual situación de dominación,
dependencia y discriminación.
En Argentina habitan más de 34 Pueblos
Indígenas que hablan 14 idiomas. Los Pueblos Indígenas exigen el derecho a la
comunicación con identidad para incluir el reconocimiento de los pueblos originarios
como cuarto prestador; una Radio AM y un canal de TV abierta por Pueblo Originario en cada
provincia y una FM por Comunidad. Dos representantes de pueblos originarios en el Consejo
Federal de Comunicación Audiovisual, y en el Consejo Consultivo Honorario de los Medios
Públicos. Estos servicios y la participación permiten a los Pueblos Indígenas dar a conocer la
cosmovisión haciendo visible la identidad y establecer vías de interacción entre los
Pueblos.
La propuesta tiene fundamento en los derechos
de los Pueblos Originarios reconocidos en el art. 75 inc.17 de la Constitución Nacional, el
Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos
Indígenas y demás tratados contra la Discriminación y el Racismo a los que Argentina
suscribe.
La efectiva aplicación de estos derechos requiere
de medidas de acción positivas que permitan avanzar de la igualdad formal que establece el
artículo 16 de la Constitución Nacional hacia una igualdad con un contenido real e histórico
que exige igualdad real de oportunidades y de trato (art. 75, incisos 17, 19, y 23, y art.
37).
Por todo ello es que solicitamos la aprobación
del presente Proyecto de Declaración de Interés.
(1) Basado en propuesta indigena elaborada por las 23 organizaciones territoriales que nuclean a más de 700 comunidades indígenas del país.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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