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PROYECTO DE TP


Expediente 3881-D-2015
Sumario: MINISTERIOS. LEY 22520. MODIFICACION DEL ARTICULO 9, SOBRE LA CREACION DE LA SECRETARIA DE CAMBIO CLIMATICO.
Fecha: 15/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACION DE LA SECRETARIA DE CAMBIO CLIMATICO DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
Artículo 1º: Sustitúyase el Art. 9º de la ley 22.520, por el siguiente texto:
Artículo 9º.- Las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas por las siguientes Secretarías Presidenciales:
General
Legal y Técnica
De Inteligencia
De Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico.
De Cambio Climático.
Las secretarías enunciadas precedentemente asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL en forma directa. Análoga asistencia prestarán las demás secretarías y organismos que el Presidente de la Nación cree al efecto, sin perjuicio de sus facultades de modificación, transferencia o supresión de dichas secretarías y organismos.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cuando hablamos de cambio climático estamos haciendo referencia a la variación significativa y persistente del clima durante un período largo de tiempo, susceptible de producir impactos en el medio físico, económico y social.
La República Argentina, consciente de la importancia del Ambiente, incluyó explícitamente su cuidado en la Constitución Nacional en la reforma de 1994.
El artículo 41º de nuestra Carta Magna dice que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992) abrió a la firma de los Estados la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que se firmó en Nueva York con el fin de estabilizar "las concentraciones atmosféricas de gases de efecto de invernadero en un nivel que prevenga una perturbación antropogénica peligrosa del sistema climático". La Convención acuerda estabilizar para el año 2000 las emisiones de dióxido de carbono (CO2), a los niveles del año 1990 y luego reducirlos progresivamente. La Argentina aprobó la convención marco por la Ley 24295.
La Convención quedó complementada, el 11 de diciembre de 1997, con el Protocolo de Kyoto que se propuso como objetivo la reducción de un 5,2% de las emisiones de gases de efecto invernadero globales, tomando como base los niveles de 1990, para el período 2008-2012.
Nuestro país ha participado activamente en las negociaciones que condujeron al establecimiento de la CMNUCC y del Protocolo de Kyoto.
Los trabajos de investigación desarrollados por el Centro de Investigaciones del Mar y la Atmósfera (CIMA) del Consejo Nacional de Investigaciones Ciencia y Tecnología (CONICET) indican que la Argentina será cada vez más cálida en el período 2020-2040.
En las últimas décadas, las emisiones de gases de efecto invernadero provocaron el aumento del caudal de los ríos y un notable aumento de la temperatura promedio.
El 95% de los gases de invernadero en la Argentina se originan en las actividades de la producción industrial, agrícola y ganadera, en tanto que el 5% restante proviene de los residuos y desechos.
El sistema climático global se verá alterado por diversas situaciones: aumento de temperaturas, modificación en las precipitaciones, inundaciones y sequías. Esta situación podría producir alteraciones en la biosfera, provocando cambios en el comportamiento de variadas especies animales.
El perfil productivo del país, con un alto porcentaje de exportaciones agrícolas y de manufacturas de origen agropecuario, hace que el mismo sea potencialmente vulnerable al Cambio Climático. A ello se le agrega la alta dependencia de la generación hídrica para la producción de electricidad. El calentamiento global creará nuevas vulnerabilidades y aumentará la mayoría de las existentes.
Es por ello que se hace imprescindible diseñar políticas públicas para hacer frente a las posibles consecuencias dañinas del cambio climático, que ya viene afectando a todo el territorio nacional con un incremento en las precipitaciones medias y anuales, Cabal ejemplo de ello son las torrenciales lluvias que hemos sufrido en los últimos días que han provocado grandes e inusuales inundaciones en algunos barrios de la Capital Federal, así como en la ciudad de La Plata y otros sectores del conurbano bonaerense.
La creación de una Secretaría de Estado dentro de la estructura de gobierno, permitirá manejar mejor los problemas globales que enfrenta el país en materia de cambio climático, dando una respuesta unificada basada en las interacciones pertinentes de las políticas internas e internacionales, para beneficio del país en su conjunto.
La política estatal sobre cambio climático debe tender a contrarrestarlo, garantizando la seguridad del suministro de energía, promoviendo mercados competitivos dentro y fuera de la Argentina, así como contribuyendo a elevar el índice de crecimiento económico sustentable y a mejorar la productividad.
Esta Secretaría trabajará en estrecha colaboración con las demás dependencias cuya labor tenga efectos importantes sobre el nivel de emisión de gases de efecto invernadero, teniendo a su cargo la política de cambio climático nacional e internacional.
La creación de la Secretaría dependiente de la Presidencia de la Nación permitirá asignar mayor énfasis a proteger y mejorar el medio ambiente natural para la salud y bienestar de todos, así como para proteger la vida silvestre y resguardar a la población de los riesgos ambientales.
Dicho organismo deberá transformarse en líder del desarrollo sustentable en todos los niveles de gobierno, del consumo y producción sustentables, promoviendo la eficiencia de los recursos empresariales.
Si bien es facultad del Presidente de la Nación establecer las funciones que desarrollará cada secretaría, consideramos que alguna de ellas deberían centrarse en: liderar el esfuerzo institucional por evitar los peligros del cambio climático; tomar medidas nacionales a fin de reducir los gases que acentúan el efecto invernadero a fin de evitar el avance acelerado del cambio climático; asegurar el suministro confiable y el uso eficiente de una energía limpia, segura y con precios competitivos; evaluar la vulnerabilidad del ambiente frente a las consecuencias del cambio climático; evaluar la vulnerabilidad de los sectores socioeconómicos, frente a las consecuencias del cambio climático; desarrollar herramientas para la adaptación social al cambio climático con miras a prevenir daños ambientales, económicos y sociales; realizar campañas de concientización pública sobre el cambio climático y sus efectos; coordinar la actuación de todos los organismos gubernamentales vinculados al cambio climático; establecer convenios de cooperación regional e internacional en la materia.
La Argentina cuenta dentro de la estructura estatal con reparticiones que se han venido encargando de la gestión de la política sobre Cambio Climático. Mediante el Decreto 2213 del año 2002 se designó a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación de la Ley 24.295. Posteriormente se creó la Dirección de Cambio Climático con el fin de Asesorar al Director Nacional de Gestión del Desarrollo Sustentable en todos aquellos aspectos relacionados con la implementación de la Ley Nº24.295 y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Otras áreas de gobierno también tienen incumbencia en aspectos de la problemática del cambio climático dentro de las competencias propias de sus funciones.
Debemos buscar los medios necesarios y asumir la responsabilidad de evitar los resultados negativos que provoca. La mitigación precautoria del cambio climático es un reaseguro esencial para impedir mayores daños y en consecuencia debemos buscar los medios necesarios y asumir la responsabilidad de evitar los resultados que dicho cambio provoca y provocará no solo en nuestro país, sino en la Tierra toda.
Por lo expuesto, creemos que desde el Estado Nacional se debe propender a tomar todos los cursos de acción que sean necesarios para tratar el tema con la urgencia que merece.
Sin duda la educación y la información a la población deben ser prioritarias para lograr la concientización en la materia.
Es por ello que una participación pública que asegure la sostenibilidad ambiental reviste una importancia crucial y la participación regional e internacional a través de la firma de convenios, hace que el esfuerzo nacional sea mancomunado y respetuoso del trabajo que se viene llevando a cabo en distintos países del mundo y en diferentes foros internacionales.
Con el convencimiento que una Secretaría de Estado específica, dependiente de la Presidencia de la Nación, le dará la magnitud, importancia y jerarquía que el tema necesita, es que solicito al Señor Presidente, la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA