PROYECTO DE TP
Expediente 3853-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL LISTADO DE CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO HOMOLOGADOS EN EL PERIODO 2010 - 2011, EN LOS CUALES SE HAYAN ACORDADO VARIACIONES SALARIALES.
Fecha: 29/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional para que, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación, informe a sobre los siguientes puntos:
1. Listado de Convenios Colectivos
de Trabajo homologados durante el año 2010 y los meses transcurridos de 2011
hasta la actualidad en los cuales se hayan acordado variaciones salariales;
2. Cuál ha sido el porcentaje de
variación salarial acordada y homologada en cada uno de los convenios antes
mencionados y el índice de actualización utilizado;
3. En qué convenios se han
efectuado actualizaciones salariales de acuerdo a índices de precios distintos de
los realizados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC),
indicando en cada caso qué tipo de índice alternativo se ha utilizado;
4. Cuáles son las razones o
fundamentos que justifican la no aplicación de los índices oficiales elaborados
por el INDEC.
5. Si existen informes técnicos que
justifiquen la decisión de aplicar índices distintos a los elaborados por el
INDEC.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde hace dos meses, Diputados
de distintas bancadas de esta Honorable Cámara nos hemos visto en la
obligación de difundir el promedio de la variación de los Índices de Precios al
Consumidor que elaboran distintas entidades y profesionales del quehacer
estadístico, debido a la actitud de censura sistemática e infundada que ha
desarrollado el Poder Ejecutivo a través del Secretario de Comercio, Sr.
Guillermo Moreno, mediante la imposición de cuantiosas multas y denuncias
penales respecto de quienes difunden estos Índices.
Sin lugar a dudas consideramos que
la situación descripta representa un acto de censura que vulnera claramente el
derecho de Libertad de Expresión.
Nótese que en la labor estadística
están en juego el derecho a la información y la Libertad de Expresión y es en
base a tales informaciones que, tanto el sector público como el privado toman
decisiones que repercuten en la actividad económica.
Aquí es donde se establece
claramente la conexión entre la señalada libertad de expresión y el producto
estadístico pues desde la óptica de considerar que las estadísticas son opiniones
o interpretaciones basadas en la realidad y si se niega a sectores privados a
publicarlas y difundirlas se esta afectando directamente a Libertad de
Expresión.
Pero sucede que desde el año 2007
las estadísticas oficiales de nuestro país han sido cuestionadas en cuanto a su
credibilidad por diferir ampliamente de la realidad económica de los argentinos
que el Gobierno pretende desconocer a ultranzas.
No obstante ello, es imposible
ocultar la verdad de los hechos. Los precios en la Argentina han tenido
incrementos muy superiores a los reconocidos por el INDEC.
Con relación a lo expuesto, la
propia Presidenta de la Nación Argentina y los ministros de Trabajo, Carlos
Tomada y de Economía, Amado Boudou; tras una audiencia que mantuvieran
con dirigentes sindicales acordaron una pauta salarial del 24 %, a cobrar en tres
cuotas (1) lo que demuestra a todas luces que no son tomados como referentes
los menores índices elaborados por el INDEC, más no surge cuáles serían los
índices de proyección.
En el mismo sentido, el Ministerio
de Trabajo de la Nación ha homologado convenios colectivos de trabajo en los
cuales se aplican los índices elaborados por las instituciones que la Secretaría de
Comercio de la Nación multa y denuncia ante la justicia.
En efecto, nótese
que la Disposición 181/2011 de esa cartera, que homologa un acta acuerdo entre
trabajadores y empresarios se estipula que: "Las partes acuerdan que a partir del 1º
de julio de 2011 los salarios de los trabajadores de convenio serán incrementados, luego
de que las partes se hayan reunido a efectos de analizar la evolución salarial,
teniendo en cuenta entre otras fuentes el IPC (UBA) correspondiente al
trimestre abril/junio 2011..."
Del mismo modo la
Resolución 1821/2011, que homologa el convenio entre en SMATA y la
empresa General Motors, establece en el inciso b de su cláusula PRIMERA que:
"En este sentido las partes se comprometen a mantener reuniones a partir del mes de
abril de 2011 con el objeto de retomar las negociaciones económicas tomando en
consideración el índice elaborado por el Centro de Investigaciones Buenos Aires
City (FCE-UBA)..."
De ese modo, es necesario aclarar
que el índice utilizado en los dos convenios antes mencionados fue elaborado
por una de las primeras instituciones que fuera multada por la Secretaría de
Comercio de la Nación.
Para mayor abundamiento nótese
que el propio índice RIPTE - Remuneración Imponible Promedio de los
trabajadores Estables - elaborado por el Ministerio de Trabajo (2) tampoco
coincide con los del INDEC que el Sr. Moreno ha pretendido imponer.
ºDesde el año 2007 veníamos
denunciando la grave crisis que atravesaba el INDEC. Presentamos en 2009 un
proyecto (Expte. 6141-D-09) que buscaba reformar esta institución, devolver la
estabilidad a los trabajadores y poner fin a los atropellos que se estaban
llevando adelante en ella. Junto con otros proyectos y después de un trabajo de
varios meses logramos consensuar un dictamen que contemplaba las
expectativas de todos los sectores afectados.
En la actualidad se encuentra en el
Senado, en condiciones de ser tratado sin más trámite un proyecto de reforma
integral del INDEC, que ya recibió media sanción de la cámara alta, fue
modificado por este Cuerpo en base a los múltiples proyectos que tenían estado
parlamentario y espera la aceptación de las modificaciones o la insistencia de
los Señores Senadores. Si se diera tratamiento a este proyecto seguramente se
pondría fin a este largo proceso de destrucción de nuestro sistema estadístico.
En virtud de lo expuesto
consideramos imperioso que el Estado reconozca las falencias que tienen en la
actualidad las estadísticas oficiales elaboradas por el INDEC, asuma que los
índices elaborados por privados son en estas circunstancias una alternativa
válida y útil a los datos oficiales, que en consecuencia tome en forma urgente
las medidas necesarias para recomponer la credibilidad de las estadísticas
oficiales y cese, de manera inmediata, la persecución contra aquellas entidades
y profesionales del quehacer estadístico que elaboran y difunden mediciones
alternativas.
Por lo expuesto solicitamos a
nuestros pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
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