PROYECTO DE TP
Expediente 3837-D-2006
Sumario: CREACION DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION, LEY 22047: SE AGREGA UN PARRAFO FINAL AL ARTICULO 2 (LA SUSCRIPCION DE ACUERDOS DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION TENDIENTES A LOGRAR LA UNIDAD DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL TENDRA CARACTER VINCULANTE), SE AGREGA UN SEGUNDO PARRAFO AL ARTICULO 4 (INVITACION OBLIGATORIA A CONSULTORES).
Fecha: 07/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación de la Ley de Creación del Consejo Federal de Cultura
y Educación N° 22.047
Artículo 1º.- Modifícase la ley 22.047 según el detalle del presente articulado.
Artículo 2°.- Agréguese al art. 2º de la citada ley el siguiente párrafo final:
Los acuerdos y demás documentos suscriptos en el marco de las funciones ejercidas por el Consejo Federal de Cultura y Educación tendientes a lograr la unidad del sistema educativo nacional serán de carácter vinculante.
Artículo 3º.- Agréguese como segundo párrafo del artículo 4º de la citada ley:
"Será obligatoria la invitación a participar como colaboradores y consultores, con voz pero sin voto, de la Asamblea del Consejo Federal de Cultura y Educación los siguientes miembros:
- Dos representantes por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, uno por la mayoría y otro por la primera minoría.
- Dos representantes por la Comisión de Educación de la Cámara de Senadores, uno por la mayoría y otro por la primera minoría".
Artículo 4°.- El Consejo Federal de Cultura y Educación deberá, en el lapso de treinta (30) días a partir de la sanción de la presente Ley, convocar a los citados miembros.
Artículo 5º.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante la década de los 90, el sistema educativo argentino se vio modificado por la aplicación de dos leyes fundamentales. La Ley de Transferencia de las Escuelas Nacionales a las Provincias nº 24.049 y la Ley Federal de Educación nº 24.195. Esto trajo, como consecuencia, entre otras, un desmembramiento del sistema educativo que no afectó sólo a su estructura, sino condujo a la fragmentación de la escuela pública, diferencias insalvables en los logros alcanzados por los alumnos, dispersión salarial y de las condiciones laborales de los docentes y otras inequidades entre jurisdicciones que deben ser subsanadas rápidamente.
De hecho, 2006 va a ser un año clave para comenzar a enmendar estos males, ya que todas los sectores políticos, sociales y educativos se encuentran abocados a la elaboración de propuestas de cambio.
Obviamente, el órgano creado para alcanzar acuerdos entre las jurisdicciones es el Consejo Federal de Cultura y Educación mientras la responsabilidad de legislar recae en ambas Cámaras Legislativas. Pero la falta de canales orgánicos de comunicación conspira contra el debido acceso a la información y el diálogo positivo que debe existir entre estos ámbitos institucionales para que cada uno pueda desarrollar sus tareas específicas.
Por otra parte, los acuerdos que se suscriben entre las jurisdicciones educativas no son vinculantes, ya que no cuentan con el marco legal necesario.
Es por ello que proponemos, Señor Presidente, la inclusión de dos miembros de las Comisiones de Educación por cada una de las Cámaras Legislativas, con voz aunque sin voto, en la Asamblea, organismo superior del Consejo Federal como así también la modificación necesaria del artículo 2º de la Ley 22.047 que otorgue las atribuciones necesarias al Consejo Federal de Cultura y Educación para cumplir y hacer cumplir todos aquellos acuerdos tendientes a lograr la unidad del sistema educativo nacional. Teniendo en cuenta los argumentos expuestos es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI |
MAFFEI, MARTA OLINDA | BUENOS AIRES | ARI |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | ARI |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0995-D-08 |