PROYECTO DE TP
Expediente 3830-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA AUTORIZACION PARA LA CREACION DEL "INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE - INIDES -", POR MEDIO DEL DECRETO 739/07.
Fecha: 07/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 98
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para
que a través de los organismos correspondientes informe lo siguiente, respecto de la
autorización otorgada mediante Decreto Nº 739 de 14 de junio de 2007 para la
creación del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION PARA EL DESARROLLO
SUSTENTABLE (INIDeS) bajo la forma jurídica de fundación, en el ámbito de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS:
1. Cual era la necesidad de crear el Instituto
bajo la forma jurídica de fundación.
2. Si los distintos Centros Científicos
Tecnológicos, Centros Regionales y de Servicios y Unidades Ejecutoras del Consejo
Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICET) - CADIC, CECOAL,
CENPAT, CICYTTP, CITEFA-CEILAP, IADIZA, IADO, IANIGLA, IFEBA, IFIR, ILPLA,
IMASL, INALI, INCAPE, INENCO, INFIVE, INGEIS, INGEOSUR, entre otros - se dedican
a la investigación en todos los aspectos de la temática ambiental, conforme surge de la página
http://www.conicet.gov.ar/UE/lineas/lineas.php , de manera coincidente con los objetivos
de la fundación que se autoriza a crear.
3. Si los objetivos de la fundación
no podían ser cumplidos por los institutos de investigación de las universidades
nacionales, especialmente por parte de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de
la Universidad de Buenos Aires.
4. Cuáles con las líneas de
investigación que tiene proyectadas la fundación, que no pudieran ser implementadas
con los Centros Científicos Tecnológicos, Centros Regionales y de Servicios y Unidades
Ejecutoras del CONICET.
5. Si las misiones y funciones de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE coinciden, total o
parcialmente, con los objetivos de la fundación.
6. Si la finalidad de la fundación es
la investigación y las actividades complementarias a ella, cual es la razón por la que no
se creó el instituto como una dependencia de la Secretaría, sujeta a las mismas
normas que la Administración Pública Nacional.
7. Si la fundación que se autoriza a
crear, servirá a los mismos fines que la FUNDACIÓN ArgenINTA cuya operatoria
irregular con la Secretaría denunciara el matutino Clarín en 8 de julio de 2007.
8. Si la fundación que se autoriza a
crear es para reemplazar la operatoria de la Secretaría con la FUNDACIÓN
ArgenINTA.
9. Si la verdadera motivación del
Decreto Nº 739/07 es eludir las normas estatales en sobre procedimiento de selección
del contratista de bienes y servicios y en materia de contratación de personal, sobre
todo en cuanto a los límites establecidos respecto de los honorarios mensuales.
10. Si los VEINTE MILLONES
(20.000.000) de pesos de aporte estatal proyectado para los próximos cuatro años no
tendrían mejor destino y control si los ejecutara la Secretaría a través de los regímenes
legales vigentes.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 14 de junio de 2007 el PODER
EJECUTIVO NACIONAL autorizó a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
de la Jefatura de Gabinete de Ministros a constituir el Instituto Nacional de
Investigación para el Desarrollo Sustentable, a través del Decreto 739/2007, bajo la
forma jurídica de fundación prevista por la Ley 19.836.
Los pretendidos fundamentos del decreto
son que la investigación aplicada a la materia ambiental adquiere especial relevancia
en la REPUBLICA ARGENTINA, dada la actual situación de sus recursos naturales, el
crecimiento exponencial de la industria, el avance de la frontera agrícola y el aumento
de la demanda energética; que el desafío que impone la problemática ambiental
requiere que la toma de decisiones se sustente en investigaciones específicas, bajo un
marco de fomento de la capacidad científica y tecnológica al servicio de la
conservación del ambiente y el desarrollo sustentable. Y que para el logro de los fines
propuestos resulta necesario profundizar la colaboración y las alianzas sobre
investigación y desarrollo, entre los centros de investigación, las universidades, el
sector privado, las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, así como
entre científicos y académicos de distintas regiones del país, alentando, además, el
establecimiento de relaciones con centros de excelencia científica del mundo.
La creación de esta fundación aparece así
como la herramienta propia para continuar la operatoria irregular que venía llevando a
cabo la secretaría con la fundación ArgenINTA.
Tal fundación operará así como un ente
privado, sin las restricciones de contratación que afectan a la administración pública
nacional. O sea, sin restricciones en el procedimiento, sin restricciones en los montos
de contratación y sin restricciones en los límites impuestos por la ley.
Pero es que las restricciones señaladas
tienen como fin el buen obrar de la administración que permite el control de la gestión
y de la inversión de los fondos públicos.
Por otra parte, sólo podría ser ese el
objeto de la fundación ya que existe en la Administración un ente descentralizado
como lo es el CONICET cuyos Centros Científicos Tecnológicos, Centros Regionales y
de Servicios y Unidades Ejecutoras cumplen, y mucho mejor, las misiones que se
pretende asignar a la futura fundación. Además de las universidades que cumplen la
función de investigación con solvencia y trayectoria.
¿O será que le queda a la titular de la
Secretaría algún pariente sin contratar?
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ RAYMONDA, RAFAEL J. | CIUDAD de BUENOS AIRES | DEMOCRATA PROGRESISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |