PROYECTO DE TP
Expediente 3828-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 22431, DE GRATUIDAD EN LOS PASAJES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Fecha: 07/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 98
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al
Poder Ejecutivo que - por intermedio de los
organismos competentes - adopte las medidas
pertinentes para garantizar el cumplimiento de la ley
22.431 que establece la gratuidad de los pasajes para
personas con discapacidades.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
De acuerdo a la Ley nacional 22.431
(1) todas las empresas de transporte de mediana y larga distancia están obligadas
a transportar a las personas que posean capacidades diferentes en forma gratuita
y con un acompañante si la discapacidad lo justifica.
El decreto 38/2004 -en su artículo
primero- establece, a través de la ley 25.635 (2) sobre el Sistema de Protección
Integral de los discapacitados, que la sola presentación del certificado de
discapacidad, emitido por la autoridad competente en la materia, y la exhibición
del documento nacional de identidad (DNI) serán elementos válidos para el uso
gratuito de los servicios de transporte de larga distancia (3) .
No obstante, a lo largo del país, las
empresas de transporte no cumplen con la legislación, lo que va en desmedro del
pleno goce de los derechos humanos garantizados por nuestra Constitución
Nacional. Así, son numerosos los trámites, demoras y reclamos que un
discapacitado debe realizar cada vez que desea obtener el beneficio. Incluso se le
llega a denegar el servicio brindado a los demás pasajeros, como ser el servicio de
refrigerio.
Es por todo ello que consideramos
deben tomarse las medidas necesarias para corregir esta anomalía y garantizar el
pleno goce de los derechos humanos de las personas con discapacidad, por lo que
solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MASSEI, OSCAR | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |