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PROYECTO DE TP


Expediente 3823-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL DIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES DE LA SECRETARIA DE INTELIGENCIA, ANTE LA COMISION DE LIBERTAD DE EXPRESION DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.
Fecha: 12/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 92
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar al Director General de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia (SI), Antonio Stiuso, a concurrir a la Comisión de Libertad de Expresión de esta Cámara, a responder los interrogantes que enumeramos a continuación:
1. ¿Cuáles fueron los motivos que lo llevaron a presentar denuncias por calumnias e injurias contra directivos del diario La Nación, teniendo en cuenta que es Director de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia?
2. ¿Sobre qué fundamentos sustenta una denuncia realizada a título personal siendo Director de Operaciones de la SI?
3. Las denuncias presentadas, ¿contaron con el aval de la Presidenta de la Nación, del Jefe de Gabinete de Ministros o del Ministro de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Director General de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia (SI), Antonio Stiuso, presentó dos querellas por calumnias e injurias contra Bartolomé Mitre y Julio Saguier, director y presidente del directorio del diario La Nación, por editoriales sobre irregularidades en la investigación oficial del atentado de 1994 contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).
Stiuso argumentó sentirse agraviado porque, en dos editoriales publicadas en los años 2007 y 2008, el medio opinó que la causa judicial estaba contaminada por operaciones de inteligencia que intentaron desviar la atención de la investigación correcta. Ha sido el mismo estado argentino el que reconoció públicamente su responsabilidad en el encubrimiento y mal desempeño durante la investigación, por lo cual las opiniones vertidas por La Nación no hacen más que poner de manifiesto las irregularidades del proceso judicial y nuestras propias limitaciones como país para esclarecer los salvajes atentados que hemos sufrido.
Diversos tratados internacionales de jerarquía constitucional garantizan las libertades de expresión, opinión y prensa: la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 19, establece que "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". El Pacto de San José de Costa Rica, señala que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión", al igual que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La denuncia presentada por el Director de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia contra las autoridades del diario La Nación bajo la acusación de "calumnias e injurias" es una clara manifestación de coerción sobre las libertades de opinión, expresión y prensa garantizadas por nuestra Constitución Nacional. Asimismo, supone un claro acto de presión sobre la prensa libre, lo que pone en riesgo los más fundamentales principios de la democracia.
La acción judicial se enmarca dentro de un contexto de fuerte enfrentamiento del gobierno nacional con los medios de comunicación, por lo cual abre una luz de dudas sobre su intencionalidad política. Es precisamente el estado nacional el que debe garantizar la defensa de los valores republicanos y democráticos por lo que una denuncia por calumnias e injurias contra los directivos de uno de los más importantes medios gráficos del país, agravada por haber sido presentada por el titular del órgano de inteligencia del estado, debe ser debidamente explicada en esta Cámara.
Las querellas fueron hechas por separado y recayeron al juzgado del Juez Bonadío, quién presenta varios pedidos de juicio político en el Consejo de la Magistratura y quien ha sido también cuestionado por La Nación en sus editoriales, razón por la cual Mitre y Saguier pidieron su reacusación temiendo por su falta de imparcialidad.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), por intermedio del presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Robert Rivard, expresó su preocupación por el "intento de frenar y amedrentar la libertad de opinión", con el agravante de que "se refiere al desempeño de un funcionario público, cuya condición lo expone a la crítica y examen continuo de la sociedad para la cual sirve". La Declaración de Chapultepec de la SIP establece que el público "tiene derecho a conocer y que ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público".
Esta demanda resulta inadmisible ya que no existe en nuestro país el delito de opinión, con lo cual se estaría afectando, directamente, a la libertad de prensa. Además la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que "no puede haber responsabilidad alguna por la crítica o la disidencia, aun cuando sean expresadas ardorosamente".
Por todo lo expuesto, el Director de Operaciones de la Secretaría de Inteligencia, Antonio Stiuso, debe ser convocado a la Comisión de Libertad de esta Cámara.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
FLORES, HECTOR BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) 05/08/2009