PROYECTO DE TP
Expediente 3820-D-2008
Sumario: INCLUSION DEL AJEDREZ PEDAGOGICO DENTRO DE LA LEY 26206, COMO MATERIA CURRICULAR PARA EL CUARTO Y QUINTO AÑO DE LA ESCUELA PRIMARIA Y LOS CICLOS DE EDUCACION ESPECIAL PARA SORDOS E HIPOACUSICOS, MOTRICES Y NO VIDENTES; DECLARAR LA IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA PEDAGOGICO Y ACTITUDINAL DE AJEDREZ.
Fecha: 16/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
El Senado y Cámara de Diputados...
EArt. 1 Establézcase
en el ámbito de la Republica Argentina, incluyéndose dentro de la Ley 26.206, la
implementación del Ajedrez Pedagógico como materia curricular en cuarto y
quinto año de la escuela primaria común y en los ciclos de Educación Especial para
sordos e Hipoacùsicos, Motrices y No Videntes, de los Establecimientos
dependientes del Ministerio de Educación.
Declárese la
implementación del Programa Pedagógico y actitudinal de Ajedrez, en los
Institutos dependientes de la Dirección Nacional del Menor y la Familia.
Declárese la
incorporación del Programa Actitudinal de Ajedrez en los Institutos
dependientes del Servicio Penitenciario Federal.
Art. 2 Será Autoridad de Aplicación
de la presente Ley, el Ministerio de Educación de la Nación, quien deberá coordinar
acciones con la Dirección del Menor y la Familia y el Servicio Penitenciario
Federal.
Art. 3 A los fines previstos en el
Artículo 1°, la Autoridad de Aplicación deberá convocar a:
- Docentes interesados en enseñar en
el ámbito educativo, convocados en forma voluntaria y previa a la concurrencia a
un curso que la misma Autoridad deberá implementar.
- Ajedrecistas Profesionales, los que
deberán ser convocados mediante listado de aspirantes, para la formación y
capacitación de docentes y/o concurrir en carácter de formadores a los diferentes
establecimientos educativos que adhieran a este programa.
Art. 4 Se deberá establecer para la
implementación de la presente Ley, la modalidad escalonada, que consistirá en
comenzar con su aplicación didáctica, a partir de los sesenta días hábiles de
sancionada en:
- Una escuela común por Región
Escolar como materia curricular.
- Una escuela común por Distrito
Escolar como Taller de Ajedrez.
- Una Unidad Penitenciaria.
- Una escuela de Educación
Especial.
Art. 5 Para cumplimentar lo
establecido en Art. 4, los Establecimientos Educativos podrán solicitar ser incluidos
en esta primera fase del Programa a desarrollarse, mediante memorando al
Ministerio de Educación.
La autoridad de Aplicación deberá
determinar un orden de merito a través del cual se llevara a cabo la
selección.
Art. 6 En la segunda fase se
extenderá el Programa hasta cubrir la cantidad de escuelas comunes que las
matriculas demanden en la implementación como Materia Curricular y como
talleres, no podrán ser menos que el 10% de las anteriores, una escuela de
Educación Especial por cada Distrito y todo Establecimiento de Detención de
Menores de la Nación.
Art. 7 Se establecerá la creación de la
Carrera de Profesor de Ajedrez, para la que se deberá instrumentar la
articulación entre el Ministerio de Educación de la Nacion y la
Federación Argentina de Ajedrez.
La iniciación de la misma no deberá
demorarse mas allá de los cinco años calendario de ser instrumentada la
reglamentación de la presente Ley.
Art. 8 Los gastos que demande la
instrumentación, reglamentación y puesta en marcha de la presente Ley, serán
previstos en la asignación de partidas correspondientes al Ministerio de Educación
de la Nación en el ejercicio inmediatamente posterior a la sanción de la
misma.
Art. 9 L a autoridad de Aplicación
revisara y realizara las diferentes modificaciones que la actividad demande y
sean necesarias en el Diseño Curricular.
De manera conjunta con los
Ministerios y Entidades Provinciales Concurrentes a la aplicación de la presente
Ley, se deberá llevar a cabo un monitoreo y una evaluación definitiva con
respecto a la consecución de los resultados deseados, al finalizar dos periodos
lectivos completos. Es a partir de esta evaluación por la Autoridad de Aplicación,
que quedara establecida la conveniencia de su continuidad y/o aplicación como así
también la forma de implementación futura.
Art. 10 De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Ajedrez Pedagógico, se
presenta como una herramienta Educativa maravillosa, ya que influye en forma
directa en la capacidad cognitiva del educando y tiene mayor coincidencia
cuando se trata de su formación actitudinal.
La escuela siempre se ha
caracterizado por la instrumentación de las distintas actividades. Como
consecuencia de las diferentes experiencias de aprendizaje propuestas.
El rápido avance tecnológico que ha
experimentado el mundo en las ultimas décadas, acompañando con cambios
radicales y violentos que trajo la globalización y el avance de la tecnología en
materia de comunicaciones ha acortado las distancias existentes .entre los países,
hace imperioso y necesario, la implementación de nuevas herramientas
educativas en la formación intelectual y cultural del individuo para su
desarrollo futuro en el concierto de las Naciones.
El Ajedrez
instituido como materia curricular en los Establecimientos Educativos, se
convierte en un instrumento privilegiado de la tarea áulica.
La mayor agilidad
mental producida por la utilización Pedagógica de esta actividad lúdica,
permite al niño, una mejor y mas rápida adaptación a los cambios, mitigándole
la violencia implícita de los mismos.
El Ajedrez
ha demostrado que mejora la creatividad, la capacidad de concentración,
las habilidades del pensamiento critico, la memoria, el éxito académico,
la resolución de problemas, el enriquecimiento intelectual y cultural, la
autoestima y mas cualidades que cualquier administrador, director de
escuela, padre o profesor pueda desear.
Robert Fergusson(1966)
Sociales:
Al elaborar estrategias personales
para la resolución de problemas, el niño confía en sus posibilidades de
hacer (también apuntala el desarrollo de las capacidades practicas) y se reconoce
aplicando conocimientos que pueda controlar.
La inclusión del Juego de Ajedrez
entre los jóvenes, posibilita la elaboración constante de analogías entre el
juego y la vida real, trasladando un tipo de pensamiento sistematizado a lo
cotidiano, privilegiándolo por sobre las reacciones intempestivas y violentas,
con el fin de desarrollar la capacidad de resolver problemas.
Incidencia de los juegos de
Ajedrez en los niños con riesgo social.
Son los que precozmente han sido
excluidos del circuito educativo, razón por la cual su nivel intelectual es bajo,
el lenguaje utilizado es pobre, con poca capacidad asociativa y de simbolización.
NO SABE JUGAR.
Privilegia la acción al pensamiento.
ES IMPULSIVO.
Posee poca tolerancia a la
frustración.
Es emocionalmente
inmaduro. Tiene dificultades para relacionarse afectivamente. Siente y vive la
sensación directa, la emoción sin ninguna elaboración. Tiene dificultad para juzgar
su propia conducta desde el punto de vista de los otros. Vive en una pseudos-
adultez sobre adaptado a la situación de soledad.
Los mecanismos de defensa que
utiliza, son compensatorios ante situaciones de perdidas.
Tiene ausente el mecanismo de
introversión, mediante el cual pensarse a si mismo, ya que no esta desarrollada la
capacidad de pensar en conceptos.
Todos estos factores,
son modificados mediante la practica del Ajedrez en virtud de su incidencia es
inmediata en los niveles de violencia, la emoción directa es reemplazada por el
pensamiento y la elaboración y el individualismo y la soledad son
reemplazados por la participación en grupos y la competencia metodológica.
Capacidades intelectuales
ejercitadas mediante la práctica del ajedrez
Salovey-Meyer
a) El conocimiento de las
propias emociones.
Autonomía: es necesario
tomar decisiones personales y ser consecuente con ellas. Donde cometo un error a
tratare de no volver a cometerlo. Educación de autocrítica.
Autoestima: El ajedrez ayuda
a valorarse en términos deportivos, artísticos y personales.
b) La capacidad de
controlar las emociones.
Capacidad de
concentración: Es la posición natural que se adopta ante el tablero. Se evitan
distracciones.
Atención: Va unida a la
concentración pero es posterior. Considerar todas las piezas. Ponerse en guardia.
Es necesario para la reflexión .La reflexión precede a la acción.
c) La capacidad de
auto motivación
Autocontrol: Saber esperar y
no emitir respuestas con rapidez. Retiene la impaciencia y la impulsividad.
Autodisciplina: Obligación
de tener que efectuar una jugada. De tener que pensar.
Tenacidad: Cualidad de
fuerza interior que el juego exige en momentos de dificultad.
d) Reconocimiento de las
emociones ajenas.
Empatia: Valoración de las
posibilidades del adversario.
e) Control de las
relaciones.
Socialización: Es un punto
de encuentro. No se juega solo.
Adquisición de reglas: Las
reglas del juego son inalterables para todo el mundo.
Capacidades intelectuales
de la inteligencia múltiple.
Howard Gardner.
- Inteligencia musical: se
reproduce entre ambas disciplinas una cierta relación debido al sentimiento
artístico del Ajedrez.
- Inteligencia corporal
kinestetica: La conciencia de vivir físicamente la resolución de problemas durante
el juego. Se utiliza el cuerpo en todo momento.
- Inteligencia lógico matemática:
Conlleva un importante trabajo matemático y de sentido lógico y potencia, como
pocas actividades, el trabajo continuado.
- Inteligencia lingüística:
Adquisición constante de información. Análisis interior durante el juego y verbal
después.
- Inteligencia espacial: Es la
habilidad para formarse un modelo mental del mundo espacial. La acción se
desarrolla en un espacio concreto.
- Inteligencia interpersonal: sabe
cooperar con los demás. Se fundamenta en el trato de relación con otros.
- Inteligencia intrapersonal:
Forma de cuidar la propia auto imagen y de ser habilidoso en el sentido del libre y
efectivo funcionamiento en sociedad
- Inteligencia naturista: Es la
capacidad de distinguir modelos de elementos cotidianos a partir de las habilidades
propiamente naturistas, de reconocer modelos naturales.
Capacidades intelectuales
propias de la inteligencia tradicional implícitas en la práctica del
juego. Stanford/binnet.
- Representación y concepción
espacial: El juego es un espacio físico. Este espacio es la limitación y el
movimiento de las piezas es su evolución en el espacio.
- Representación y concepción
temporal: El sentido de sucesión del tiempo, junto con el anterior forman los ejes
del escenario de este juego.
- Transmisión de estrategias. El
análisis: Mejora la planificación de tareas cognitivas o de técnicas de estudio a
partir del momento en que uno es capaz de determinar las propias ventajas o
debilidades.
-
- Trabajo verbal y simbolismo: la
relación entre signos, graficas y sonidos. Al incorporar nuevas palabras
aprendemos conceptos nuevos. Amplía la capacidad de simbolización.
Proceso Psico-evolutivo
del Ajedrez
Etapa
preoperacional.
- Egocentrismo: le será necesario
no omitir todo aquello que hace el compañero de juego. Irá paso a paso,
cambiando el sentido de juego.
- Pensamiento fenoménico: centra
su atención en el conjunto del juego y no en cada una de las piezas.
- Incapacidad para captar
transformaciones: el valore de la salida es numérico y fijo, pero puede tener
una valoración abstracta en función de la posición de las demás figuras.
- Irreversibilidad: se conseguirá la
reversibilidad en la etapa de las operaciones concretas.
- Pensamiento
inestable: es necesario ir trabajando para obtener el equilibrio entre asimilar
un concepto y acomodarlo a las estructuras que se poseen.
Etapa de operaciones
concretas.
- curiosidad y
observación: muy importantes. Es una fuente de motivación que es necesario
aprovechar.
- Mayor percepción: capta detalles
que antes no detectaba. Se debe a la práctica consolidación del sistema nervioso
central.
- Capacidad de análisis y síntesis:
no es un grado demasiado profundo en la partida.
- Reversibilidad lograda.
El ajedrez es la
quintaesencia del pensamiento crítico. Para ser jugador es necesario testear
hipótesis (razonamiento inductivo), derivar por lógica, conclusiones
(razonamiento deductivo) y aportar ejercicio de creatividad.
Dianne horgan.
Viendo como trabaja el ajedrez en
el niño y teniendo en cuenta en las diferentes etapas enumeradas ut-supra,
considero que su incorporación al ciclo de enseñanza primaria de la nación,
conlleva a un elemento por demás defensivo contra el permanente asedio a que el
mismo es expuesto en los cambios violentos a que ha sido sometido el mundo en
las ultimas décadas.
Por todo lo expuesto,
solicito a los señores diputados, me acompañen con su voto favorable en el
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LEDESMA, JULIO RUBEN | BUENOS AIRES | UNION CELESTE Y BLANCO |
GARDELLA, PATRICIA SUSANA | BUENOS AIRES | UNION CELESTE Y BLANCO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2239-D-10 |