PROYECTO DE TP
Expediente 3811-D-2011
Sumario: EDUCACION NACIONAL (LEY 26206): INCLUSION EN FORMA OBLIGATORIA DE UNA PROPUESTA CURRICULAR PARA LA ENSEÑANZA DEL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE, EN TODAS LAS ESCUELAS SECUNDARIAS DEL TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 26/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º: Todas las
escuelas secundarias del sistema educativo nacional en sus distintas modalidades,
incluirán en forma obligatoria una propuesta curricular para la enseñanza del cuidado
del medio ambiente.
ARTICULO 2º: El Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación,
elaborará los lineamientos curriculares correspondientes a esta propuesta, teniendo en
consideración lo dispuesto por los artículos 87 y 92, inciso a), de la Ley Nº 26.206 -
de Educación Nacional-.
ARTICULO 3º: Los estudiantes que
hayan completado la propuesta curricular, podrán participar en evaluaciones
presenciales, para acceder a certificaciones que acrediten niveles y competencias en
el conocimiento del cuidado del medio ambiente.
ARTICULO 4º: El Instituto Nacional de
Formación Docente, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley Nº
26.206, elaborará e implementará un plan plurianual de promoción de la formación de
profesores en el cuidado del medio ambiente, para el período 2011-2016, incluyendo
un esquema de formación continua en servicio, de aplicación progresiva, para la
enseñanza del cuidado del medio ambiente.
El Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología, a través de los organismos competentes, invitará a las universidades a
promover ofertas académicas de formación de profesorado en cuidado de medio
ambiente, que se integren al citado plan plurianual.
ARTICULO 5º: El Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología, por intermedio de los organismos citados por los
artículos 101 y 102 de la Ley Nº 26.206, promoverá el desarrollo de programas no
convencionales de enseñanza del cuidado de medio ambiente en el marco de la
educación permanente. Las personas tendrán acceso al aprendizaje y a la
acreditación en los términos del artículo 4º de la presente ley.
ARTICULO 6º: El Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación,
en su carácter de autoridad de aplicación de la presente ley, formulará un plan
plurianual para su implementación, dentro del plazo máximo de UN (1) año desde su
publicación, con la secuencia y gradualidad que se resuelva.
ARTICULO 7º: A los efectos del
cumplimiento de la presente ley, los créditos presupuestarios que se ejecuten en el
orden nacional, se afectarán a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción 70,
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, conforme las definiciones del plan
plurianual establecido en el artículo precedente.
ARTICULO 8º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En cumplimiento con el Artículo 41 de la
Constitución Nacional y de la ley 25.675 General del Ambiente, creemos de vital
importancia el dictado de una norma que incluya la enseñanza de cuestiones relativas
al cuidado del medio ambiente en el programa de educación secundario. El deterioro
del medio ambiente, la contaminación, la deforestación, el aumento de la tecnología, el
uso irracional de recursos naturales son circunstancias que nos rodean y preocupan
cada vez más en la actualidad. Desde fines de los años 60 la sociedad a nivel mundial
comenzó a tomar conciencia de que estos temas eran efectivamente un problema y
que debían tomarse medidas urgentes.
Gozar de un ambiente sano, con mínimo
impacto en términos de contaminación, es un derecho universal de todo ser humano
que, de no lograrse su satisfacción, se pone en jaque el desarrollo normal de la vida.
Sin un ambiente sano, todos los derechos básicos se ven imposibilitados de
realizarse.
La Lic. Raiza Trapote
Fernández (1) investigó la importancia de la educación ambiental. Menciona que,
mirando un poco hacia atrás, el término de educación ambiental está históricamente
ubicado a finales del siglo XX. Los aportes de las ciencias de la educación y las
llamadas ciencias ambientales son su fundamento conceptual. Posiblemente la
filosofía e ideas de J. J. Rousseau (1712-1778), contenidas en su discurso sobre el
naturalismo pedagógico, pueden considerarse como el más claro referente histórico de
la educación ambiental. Rousseau manifiesta que la naturaleza es la única y
verdadera maestra para los alumnos. La naturaleza era entendida como una fuente de
sabiduría de la que los sujetos debían aprender.
En la época actual, la educación también
representa una alternativa ante la realidad ambiental, porque se considera que si no se
educa oportunamente a la población acerca del peligro que representa continuar
deteriorando el ambiente, en poco tiempo estaremos enfrentando situaciones más
dolorosas que pongan en riesgo la preservación de múltiples formas de vida, entre
ellas, la humana. La educación se concibe así, como una opción que contribuye a la
superación de las crisis; sin embargo, la educación ha olvidado poner el acento en la
importancia de armonizar la relación de nuestras sociedades con la naturaleza.
Esta nueva educación debe sobre todo
abarcar el medio social y natural como un todo interrelacionado entre sí y vincular los
modelos de crecimiento, con un desarrollo integral sustentado en un ambiente sano,
facilitar la comprensión de la esencia de los procesos, desenmascarar sus apariencias
para con ello propiciar un acercamiento crítico integral a la realidad y convertirse en un
proceso social que facilite una formación que proporcione armas intelectuales y
emotivas para la acción consciente.
El objetivo de la educación ambiental es
restablecer las condiciones de interacción hombre/hombre y hombre/naturaleza, que
orienten el quehacer desde una perspectiva globalizadora, crítica e innovadora, que
contribuya a la transformación de la sociedad. El objetivo fundamental de la educación
ambiental consiste en lograr que los individuos y las colectividades comprendan la
naturaleza compleja del medio ambiente natural y del creado por el hombre, resultante
de la interacción de sus aspectos biológicos, físicos, sociales, económicos y culturales;
y adquieran los conocimientos, los valores, los comportamientos, y las habilidades
prácticas para participar responsable y eficazmente en la prevención y solución de los
problemas ambientales y en la gestión relacionada con la calidad ambiental del
medio.
Si partimos del momento en que empieza a
ser utilizado el término Educación Ambiental, situaríamos su origen a fines de la
década de los años 60 y principios de los años 70, período en que se muestra más
claramente una preocupación mundial por las graves condiciones ambientales en el
mundo, por lo que se menciona que la educación ambiental es hija del deterioro
ambiental.
En el Seminario Internacional de Educación
Ambiental celebrado en Belgrado del 13 al 22 de octubre de 1975 se analizó a
profundidad la estructura global que debe tener la educación ambiental y se detalla
este aspecto claramente en "La Carta de Belgrado". En honor a la brevedad,
mencionamos solo una parte de lo allí analizado. Se dijo en esa oportunidad que
nuestra generación ha sido testigo de un crecimiento y de un progreso tecnológico sin
precedentes que, aún cuando ha aportado beneficios a muchas personas, ha tenido al
mismo tiempo graves consecuencias sociales y ambientales. Aumenta la desigualdad
entre ricos y pobres, entre las naciones y dentro de ellas; y existen evidencias que de
un creciente deterioro del ambiente físico, bajo diferentes formas, a escala mundial.
Esta situación, aunque causada principalmente por un número relativamente pequeño
de países, afecta a toda la humanidad.
La Declaración de las Naciones Unidas
para un Nuevo Orden Económico Internacional (Resolución de la 6ta. Sesión Especial
de la Asamblea General de la ONU, adoptada el 10 de mayo de 1974, Nueva York)
pide un nuevo concepto de desarrollo, que tenga en cuenta la satisfacción de las
necesidades y los deseos de todos los habitantes de la Tierra, el pluralismo de las
sociedades y el equilibro y armonía entre el hombre y el ambiente. Lo que se busca es
la erradicación de las causas básicas de la pobreza, del hambre, del analfabetismo, de
la contaminación, de la explotación y de la dominación. Tratar, como se hacía
anteriormente, estos problemas cruciales de una manera fragmentaria no es de algún
modo adecuado para la situación.
La reforma de los procesos y sistemas
educativos es esencial para la elaboración de esta nueva ética del desarrollo y del
orden económico mundial. Los gobiernos y formuladores de políticas pueden ordenar
cambios y nuevos enfoques para el desarrollo, pueden comenzar a mejorar las
condiciones de convivencia en el mundo, pero todo eso no dejan de ser soluciones a
corto plazo, a menos que la juventud mundial reciba un nuevo tipo de educación. Esto
requerirá instaurar unas relaciones nuevas y productivas entre estudiantes y
profesores, entre escuelas y comunidades, y aún entre el sistema educativo y la
sociedad en general.
La Recomendación 96 de la
Conferencia sobre el Medio Ambiente Humano de Estocolmo ha pedido un mayor
desarrollo de la Educación Ambiental, considerada como uno de los elementos
fundamentales para poder enfrentar seriamente la crisis ambiental del mundo. Esta
nueva Educación Ambiental debe basarse y vincularse ampliamente a los principios
básicos definidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre el "Nuevo Orden
Económico Internacional".
En definitiva, vemos que el deterioro del
medio ambiente es causante de muchos males que aquejan a la humanidad y por eso
reviste gran importancia el conocimiento por todos los ciudadanos de la Educación
Ambiental.
La modificación del comportamiento que se
requiere necesita un 'ambiente educativo' en el medio escolar y extraescolar. Se trata
de hacer del medio escolar un ejemplo de lo que podría ser un medio ambiente, de la
manera en que sería conveniente protegerlo, mejorarlo y sanearlo para crear al final
generaciones de ciudadanos conscientes de su medio ambiente. Hacer consciente a la
comunidad educativa de esta idea es fundamental para conseguir en y desde el centro
educativo unas actuaciones más respetuosas con el medio ambiente. Así, el centro
será un importante recurso para la educación ambiental, a la vez que un campo de
acción privilegiado para ponerla en práctica.
Por su parte, Andrea Bibiana Taborda,
Especialista en Investigación Educativa (2), expresa que desde los primeros años
escolares es necesario educar a los niños acerca de la importancia del cuidado del
medio ambiente. Expresa la necesidad de aprovechar desde la escuela la capacidad
de asombro y de descubrimiento frente a la naturaleza que ellos poseen, hacer
intervenir a la familia y a otros agentes de su entorno para fomentar conductas
acordes.
Agrega que deben aprovecharse estos
temas, que son contenidos de la enseñanza escolar pero con un fin, que no sea solo el
de la información, sino que se transgreda ese límite. Que llegue hasta la formación de
un ciudadano conciente e involucrado en está problemática.
Es por todo lo expuesto que creemos
resulta urgente el dictado de una norma que incluya en el programa de educación
secundario los asuntos atinentes al cuidado del medio ambiente. Por ello, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
(1)http://www.monografias.com/trabajos65/educacion-ambiental-proteccion-
medio-ambiente/educacion-ambiental-proteccion-medio-ambiente.shtml
(2) http://portal.educ.ar/debates/eid/docenteshoy/debates/la-educacion-
ambiental-y-la-escuela.php
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GONZALEZ, NANCY SUSANA | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1357-D-13 |