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PROYECTO DE TP


Expediente 3797-D-2015
Sumario: HIPOACUSICOS. SE DISPONE LA INSTALACION DE UN SISTEMA DE ARO MAGNETICO EN ESPACIOS CULTURALES PUBLICOS Y PRIVADOS.
Fecha: 07/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 84
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ACCESO A LA CULTURA: INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ARO MAGNÉTICO EN ESPACIOS CULTURALES
Artículo 1. Dispóngase en espacios culturales, salas de espectáculos, cines, teatros públicos o privados la instalación y montaje del dispositivo apto para la amplificación del sonido conocido como aro magnético. El sistema deberá estar en continuo funcionamiento. Todo establecimiento deberá, obligatoriamente, contar con la señalización adecuada en la puerta de ingreso que indique que cuentan con dicho sistema.
Artículo 2. Las obras de teatro así como todo material audio-visual (todas las proyecciones cinematográficas para adultos y niños, nacionales como internacionales, en formato 2-D Y 3-D, y en todos los horarios) proyectado en dichos espacios, independientemente del idioma, deberán estar subtituladas en todos los casos (en espacios tanto públicos, como privados).
Articulo 3. De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa toma en cuenta para su elaboración diferentes proyectos que ya cuentan con estado parlamentario: expedientes 6909-D-2013, diputada Guzman y otros.
El Sistema de aro magnético para hipoacúsicos y sordos, es un dispositivo apto para la amplificación del sonido que puede ser captado por los audífonos. Este aro ocasiona un campo magnético que duplica la señal audible en el sitio donde se lo instala. Dicho campo es detectado por la bobina telefónica del audífono, cuando éste se coloca en la posición "T", provocando que el sonido que le llega a la persona con dificultades auditivas sea nítido. Su instalación no interfiere en la audición de las personas sin dificultades auditivas. Es una técnica muy accesible, que acerca grandes experiencias a las personas con audición reducida.
El pedido de instalación del Aro Magnético-dispositivo para la amplificación del sonido- y del subtitulado, tanto en teatros, como en cines (en todas las proyecciones, horarios y para todas las edades) públicos y privados, en espacios culturales y salas de espectáculos, se debe a que son muchas las personas, de todas las edades que padecen deficiencias auditivas y por lo tanto son "excluidas" de muchas actividades que les permitirían adquirir: conocimientos, estímulos, valores, para su crecimiento, desarrollo y lo más importante para su inclusión social.-
Una parte importante de ésta última es la "cultura", que es la base y el fundamento de lo que somos; existe en nosotros desde el momento en que nacemos y es el aporte moral e intelectual de nuestros progenitores en un inicio, y de nuestro entorno posteriormente
Los pueblos del mundo, van desarrollando su "cultura", la cual, se plasma en sus formas de vida, organización social, filosofía y espiritualidad; normatividad ética y jurídica; arte, ciencia y tecnología; economía y comercio, educación; memoria histórica, lengua y literatura entre otros., y una de las formas en que dinamizan su cultura y mantienen su identidad es, a través del conocimiento, la práctica de sus mismos valores y en el desarrollo intelectual o artístico.-
El conjunto de todas estas disciplinas y vivencias forman la identidad cultural y provee los instrumentos necesarios para su desarrollo en el marco de ese contexto.-
Cuando una persona padece, deficiencias auditivas, también denominadas pérdidas auditivas o hipoacusias, es decir, cuando algo no está funcionando correctamente o tan bien como debería y sólo puede ser capaz de oír algunos sonidos o puede no oír nada en absoluto, parte de este mundo cultural, se pierde.-
Hay distintos tipos de deficiencias auditivas: de conducción, sensorial, mixta (de conducción y sensorial simultáneamente) y neural.-
Sus causas pueden ser: Infecciones crónicas de oído (Presencia de fluido en el oído medio), lesión cerebral, condiciones hereditarias, exposición repetida a ruidos fuertes, enfermedades del oído interno, complicaciones causadas por consumo de medicamentos (que pueden ser tóxicos para el nervio del oído interno), ciertos antibióticos-(neomicina, diuréticos y grandes dosis de (salicilatos) aspirina, Infecciones graves, como la meningitis, Causas posparto, Causas Genéticas.-
Pero también está lo que se denomina: Sordera Súbita:
Aparece, casi siempre, de forma inesperada, de repente se comienza a oír mal por uno de los dos oídos (raramente es bilateral). Una sordera súbita puede ir acompañada de una sensación difusa en el oído de zumbidos (acufenos) o mareos ; el desencadenante más habitual de la sordera súbita parece ser un trastorno circulatorio del oído interno.
Otras causas pueden ser: la hipertensión arterial y/o, el consumo de nicotina -excesivo- favorece la aparición de arteriosclerosis), enfermedades cardiacas, como una insuficiencia cardiaca o una angina de pecho, pueden.-El estrés, ante situaciones conflictivas y/o por largos períodos.-
Pueden favorecer la aparición de una sordera súbita otros factores por ejemplo: Infecciones víricas , inflamaciones y las enfermedades autoinmunes como la lesión o rotura de las membranas laberínticas (membranas del oído interno- barotraumas- o por un esfuerzo físico excesivo y los tumores (por ejemplo, neuroma acústico).
Lo detallado, nos hace reflexionar que, en cualquier momento y por algunas de esas causas-(enfermedades)-, podemos llegar a padecer de sordera o sordera súbita; sabemos también que hay muchos casos de hipoacusias o perdidas auditivas desde el nacimiento- (condiciones hereditarias, genéticas de posparto) y esto es determinante para que, hasta ahora, no puedan asistir, a eventos culturales y/o espectáculos.-
De acuerdo lo planteado por el Dr. Roberto Saba el principio de igualdad como no-sometimiento postula la idea de que es inaceptable que existan en la sociedad grupos cuyos miembros gocen, de hecho o de derecho, de menos derechos que el resto de las personas por el solo hecho de pertenecer a estos. Esta situación exige la acción por parte del Estado para llevar a cabo medidas que garanticen que el ejercicio de la libertad de unos no afecte la libertad de otros. Esta tarea regulatoria que emprende el Estado está autorizada por el artículo 14 de la Constitución al establecer que los derechos se ejercerán "según las leyes que reglamenten su ejercicio".
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado a favor del derecho a no ser discriminado. Por ejemplo, el caso Delgado, según el voto concurrente con el de la mayoría emitido por el Juez Petracchi, ha sostenido que existe una obligación estatal de desmantelar una situación de sometimiento y exclusión de un grupo sistemáticamente segregado de ámbitos relevantes de la vida en sociedad.
La Ley Antidiscriminatoria tiene como objetivo regular las acciones de particulares que se funden en tratos desiguales prohibidos por ella o que tengan por efecto consecuencias asimilables a esos mismos tratos. Su artículo primero establece que "Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos".
Todos tenemos el derecho a ejercer nuestra libertad en igualdad de condiciones. Y es tarea del Estado y de este Congreso asegurar a toda la población este derecho.
En pocas palabras, este proyecto pretende cumplir con el mandato constitucional que, a través de la incorporación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, convoca al esfuerzo nacional para asegurar la satisfacción de los derechos culturales los cuales resultan indispensables para la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.
Por lo presentado es que les solicito que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERGMAN, SERGIO ALEJANDRO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER LA PAMPA UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA