PROYECTO DE TP
Expediente 3791-D-2009
Sumario: CARNE BOVINA: ELIMINACION DE RESTRICCIONES A LA COMERCIALIZACION, PRODUCCION, EXPORTACION Y DE CONTROL DE LOS PRECIOS INTERNOS.
Fecha: 11/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1- Deróguense las
Resoluciones de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario N°: 42/08
de fecha 7/05/2008; 31/06 de fecha 27/01/2006, 818/06 de fecha 3/05/2006,
1072/06 de fecha 19/05/2006, 1081/06 de fecha 5/06/2006, 6/08 de fecha
5/05/2008, y todas sus normas complementarias, también la Resolución Conjunta
de las Secretarías de Política Económica y la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos de la Nación N°:12/06 y 42/06 (respectivamente) de fecha
1/02/06 y todas sus normas complementarias.
A su vez, queda derogada toda otra
norma, independientemente de su rango, que de modo directo o indirecto,
restrinja la libre comercialización y exportación de carne bovina.
Queda prohibido el dictado de normas
por la administración, que tengan como objetivo instaurar nuevamente las
medidas derogadas en el párrafo anterior.
Artículo 2- Deróguense las
Resoluciones del Ministerio de Economía e Infraestructura de la Nación N°: 11/02
de fecha 4/03/2002, 35/02 de fecha 5/04/2002, 653/05 de fecha 21/11/2005,
114/06 de fecha 8/03/2006, 209/06 de fecha 30/03/2006, 210/06 de fecha
30/03/2006; 397/06 de fecha 26/05/2006; 481/06 de fecha 15/06/2006; 503/06
de fecha 3/07/2006
A su vez, queda derogada toda otra
norma, independientemente de su rango, que de modo directo o indirecto, que
establezca restricciones a las exportaciones de carne bovina.
Queda prohibido el dictado de normas
por la administración, que tengan como objetivo instaurar nuevamente las
medidas derogadas en el párrafo anterior.
Artículo 3- Deróguense las
Resoluciones N° 1/06, de fecha 20/04/2006 del Ministerio de Economía de la
Nación y N° 1154/06 de fecha 12/06/2006 del ONCCA y todas sus normas
complementarias.
A su vez, queda derogada toda otra
norma, independientemente de su rango, que de modo directo o indirecto,
establezca mecanismos de control de los precios internos de la carne bovina.
Queda prohibido el dictado de normas
por la administración, que tengan como objetivo instaurar nuevamente las
medidas derogadas en el párrafo anterior.
Artículo 4- Deróguense las
Resoluciones de la Secretaría de Agricultura Ganadería Pesca y Alimentación de la
Nación N°645/05 de fecha 25/08/2005 y sus modificatorias 729/05 de fecha
4/10/2005, 906/05 de fecha18/11/2005, 68/05 de fecha 26/12/2005, 175/06 de
fecha 11/04/2006, 916/06 de fecha 27/12/2006, 14/07 de fecha 28/02/2007,
68/07 de fecha 31/12/2007; 42/09 de fecha 27/01/2009, 437/09 de fecha
08/07/2009 y la Disposición de la Oficina Nacional de Control Comercial
Agropecuario 5701/2005 de fecha 06/12/2005 y las Resoluciones de la misma
entidad N° 379/06 de fecha 16/03/2006, 2029/06 de fecha 1/12/2006, 2031/06 de
fecha 6/12/2006 y 13/07 de fecha 4/01/2007.
A su vez, queda derogada toda otra
norma, independientemente de su rango, que de modo directo o indirecto,
restrinja la libre producción y comercialización de carne bovina.
Queda prohibido el dictado de normas
por la administración, que tengan como objetivo instaurar nuevamente las
medidas derogadas en el párrafo anterior.
Artículo 5- No se aplicarán
derechos de exportación a las distintas variedades de carne bovina
comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) 0201.10.00, 0201.20.10, 0201.20.20, 0201.20.90,
0201.30.00, 0202.10.00, 0202.20.10, 0202.20.20, 0202.20.90,
0202.30.00,0504.00.11, 0510.00.10, 1602.50.00, 1602.90.00 y 1603.00.00
(1)
Artículo 6- Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El sector ganadero argentino
atraviesa una innegable crisis. Esta es una realidad que debemos asumir para
empezar a buscar los mecanismos que faciliten la recuperación de la actividad. La
ganadería en Argentina no tiene rentabilidad. El productor trabaja a pérdida. Los
ganaderos criadores (aquellos que crían hembras y terneros) están vendiendo sus
vacas. En forma simplificada podemos decir que nuestro país está perdiendo las
"fábricas de terneros". Muy pronto, no sólo no tendremos carne para el comercio
externo, sino que tampoco tendremos para comer los argentinos. No debe
extrañarnos que, en algún momento, tengamos que empezar a importar carne.
Esta situación, en un país con oportunidades como la Argentina, es sencillamente
inadmisible.
La baja de rentabilidad del sector
ganadero se debe a una serie de medidas que hace varios años que el Gobierno
Nacional viene implementando, y que no han hecho más que estrangular al sector
ganadero. Se trata de altos derechos de exportación (retenciones), fuertes
restricciones al comercio interno y externo, precios sugeridos, aprietes, etc.
Mediante este proyecto buscamos
sentar una base sólida sobre la cual pueda edificarse la actividad ganadera en
nuestro país. En este sentido, es fundamental restablecer la libertad de comercio
como principio rector de la actividad, tal como se encuentra consagrado en nuestra
Constitución Nacional. Para ello debemos eliminar todas aquellas medidas
instauradas por el Gobierno que resultan distorsivas de los mercados, haciendo
imposible el desarrollo de la ganadería.
Aquí proponemos la derogación de
todas las normas mediante las cuales se establecieron retenciones a la carne, se
trabaron las exportaciones, se manipularon los precios y se restringió
irracionalmente la comercialización de carne bovina.
Productores ganaderos de diversas
partes de nuestra Argentina claman por una libertad de trabajo. Simplemente
piden que los dejen vivir de la actividad que aman: la ganadería. Es hora de que
eliminemos las trabas burocráticas y clientelistas para empezar a favorecer la
producción y el trabajo.
Por lo expuesto, solicitamos la
aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO | BUENOS AIRES | PRO |
VELARDE, MARTA SYLVIA | SANTIAGO DEL ESTERO | JUSTICIALISMO REPUBLICANO |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
KENNY, EDUARDO ENRIQUE FEDERICO | LA PAMPA | UCR |
ARDID, MARIO ROLANDO | CORDOBA | PARTIDO NUEVO CONTRA CORRUP. POR HONEST. Y TRANSP. |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/03/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |