PROYECTO DE TP
Expediente 3790-D-2007
Sumario: RECONOCIMIENTO HISTORICO Y OTORGAMIENTO DE UNA PENSION VITALICIA A LOS EX CONSCRIPTOS MOVILIZADOS ENTRE 1978 Y 1979, EN EL MARCO DENOMINADO "CONFLICTO POR EL CANAL DE BEAGLE" CON LA REPUBLICA DE CHILE, SIMILAR A LA DE LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS; MONTO, BENEFICIARIOS, RECURSOS.
Fecha: 06/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
El Senado y Cámara de Diputados...
Reconocimiento Histórico y Beneficio
a ex conscriptos
ARTICULO 1º: Otorgase a los
ciudadanos argentinos incorporados a las filas del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea
Argentinas, como soldados conscriptos, que fueran movilizados hacia las zonas de
frontera entre 1978 y 1979 en el marco del denominado "Conflicto por el Canal de
Beagle", una pensión vitalicia de similares características a la que perciben los ex
soldados que prestaron servicios en la Guerra de Malvinas.
El beneficio se hará extensivo a los
soldados que oportunamente fueron dados de baja de las Fuerzas Armadas y
reincorporados como reservistas
ARTICULO 2º: A efectos de acreditar
fehacientemente su derecho a acceder a los beneficios que otorga la presente Ley,
los futuros beneficiarios deberán acreditar tal calidad con certificaciones
emanadas del organismo correspondiente que hagan constar la situación de revista
al momento del conflicto señalado en el articulo anterior, lugar y tiempo de
movilización.
ARTICULO 3º: El monto a percibir por
los beneficiarios será el correspondiente al 100% de la remuneración mensual del
grado de Cabo o equivalente, según la fuerza, que será ajustada conforme los
incrementos salariales que perciba el personal en actividad.
ARTICULO 4º: Los beneficiarios de la
presente Ley, tendrán derecho a acceder a los beneficios de Obra Social, en
iguales condiciones que las que se prestan a beneficiarios de pensiones
asistenciales
ARTICULO 5º: El beneficio que se
otorga por la presente Ley, en caso de tratarse de personas fallecidas, será
extensivo a los derecho- habientes, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 24241
- Artículo 53º. En estos casos, el/la solicitante, deberá acreditar que cumple las
condiciones exigidas por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, para las
pensiones no contributivas.
ARTICULO 6º: Será autoridad de
aplicación de la presente Ley, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
ARTICULO 7º: Los gastos que
demande la aplicación de la presente serán imputados a la partida presupuestaria
correspondiente del Presupuesto del año 2008.-
ARTICULO 8º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Al repasar la Historia Argentina
reciente, mas concretamente, el periodo de la Dictadura Militar que sometió a la
Nación entre 1976 y 1983, sobresalen hechos trágicos y que han marcado a los
Argentinos con una huella indeleble como la "Guerra de las Malvinas", o el "Plan
Sistemático de Desaparición de Personas" cuyas consecuencias pueden percibirse
aun hoy, pasadas mas de tres décadas de esos hechos.
Es que sin lugar a dudas, esa
Dictadura Militar fue el suceso más nefasto desde que tenemos memoria como
Nación.
La Guerra de Malvinas ha sido un
hecho de tal conmoción y tan profundamente grave, por la perdida de vidas
humanas, por la derrota militar y diplomática, los inmensos gastos (nunca
revelados) que insumio la operación militar y la pesada sensación de desilusión en
que cayo el pueblo Argentino, que podría decirse que actuó como un telón sobre
situaciones tan dramáticas como las que se vivieron durante fines de 1978, donde
se creía inminente la Guerra contra Chile.
Con el paso de los años y tantas
situaciones de crisis que ha vivido el País, parecen irse olvidadando los momentos
de dolor y las penurias, quizás porque el tiempo ayuda a cicatrizar esas heridas o
en parte también porque las crisis se fueron renovando y tapando unas con
otras.
Por ello, parece haberse olvidado
aquellos días de 1978 donde los gobiernos de Argentina y Chile, concretaron la
mayor crisis bilateral de la historia entre ambos países, donde de uno y otro lado,
las dictaduras militares se fortalecían de la mano del terror y sometían a sus
habitantes a la miseria a cambio de la militarización descontrolada que incluía la
compra de equipos bélicos, de comunicación y logísticos de altísimos costos, que
además encubrían suculentos negocios.
El origen de la disputa se remonta a
fines del siglo XIX donde los tratados fronterizos dejaban en la nebulosa la
soberanía territorial sobre tres islas ubicadas al Este del Canal de Beagle, las
Picton, Nueva y Lennox ya que no existía acuerdo por donde pasaba el Canal de
Beagle. Según la interpretación Argentina, el Canal pasaba al Oeste de las islas,
que por lo tanto eran parte del territorio Argentino, y por su parte Chile sostenía
que el Canal continuaba al Norte de la Picton lo que significaba la pertenencia al
territorio Chileno.
Esta disputa se puso a consideración
de un tribunal arbitral, que finalmente en mayo de 1977 determino el caso, dando
la razón a la pretensión chilena. Pero Argentina rechazo el dictamen por considerar
que el Tribuna se había excedido en sus funciones
Los contactos bilaterales no se
interrumpieron, pero durante 1978 las posiciones fueron endureciéndose y ambos
países comenzaron a concentrar tropas y armamentos en las zonas de frontera.
Paralelamente en la Argentina se realizaban ejercicios de "oscurecimiento" en las
ciudades, con el objeto de resguardarse de eventuales bombardeos
enemigos.
Por entonces, en las regiones de
frontera se encontraban a fines de 1978 más de 250.000 efectivos de todas las
fuerzas, preparados para entrar en combate. Ambos países movilizaron sus
Armadas, con destructores, portaaviones y submarinos en previsión de un duro
combate naval.
La escalada de tensión llego a su
punto máximo el día 22 de diciembre, donde se estuvo a pocas horas de comenzar
el enfrentamiento, a tal punto que todas las unidades militares recibieron la
novedad de que el País se encontraba en guerra con Chile.
En tanto que la situación
evolucionaba hacia el conflicto armado, la diplomacia se esforzaba por encontrar
una salida viable para ambos países, que finalmente llego en la misma jornada del
22 de diciembre cuando Su Santidad Juan Pablo II acepto mediar en la disputa,
encomendando la misión al recordado Cardenal Samore.
Aun bajo la negociación diplomática y
bajo la supervisión de los Dignatarios de la Iglesia Católica, ambos países
mantuvieron en movilización sus FF.AA. en la zona de conflicto en la que muchos
efectivos permanecieron hasta seis meses, sin retornar a sus hogares, con un
estrés psicológico provocado por estar bajo la tensión de una guerra inminente,
estar en zonas de alto riesgo por la posibilidad de accidentes con armas, o
vehículos, que se podían producir por el propio estado de tensión de los efectivos,
como por el desconocimiento de la región donde operaban, por el rigor climático,
etc.
Muchos de los hombres presentes en
ese escenario eran jóvenes de apenas 18 años, que habían egresado de la escuela
un tiempo antes, y que así como los "Héroes de Malvinas" fueron puestos en esta
situación sin ningún lugar a opción, bajo riesgo de ser declarado "Traidor a la
Patria" si se opinaba en contrario, situación que por entonces, el Código de Justicia
Militar sancionaba con la muerte del detractor.
Estos jóvenes soldados que debían
cumplir con la Ley de Servicio Militar Obligatorio eran sometidos a una constante
humillación psicológica, y a agotadoras actividades físicas, que se podrían
catalogar de torturas, y a actitudes delictivas de los superiores como
estaqueamientos o golpes cuya denuncia y conocimiento publico, como el
lamentable deceso del Soldado Carrasco, dieron lugar a profundas reformas del
Servicio Militar.
Estos vejámenes que se han referido
se multiplicaban con angustiante frecuencia en la situación de los efectivos
movilizados, lejos de toda referencia posible, con superiores cada vez más tensos,
con una moral cada día más baja, con un futuro incierto, y con la prolongación de
una situación de la que nadie daba cuenta.
Jóvenes que tenían que salir de baja
en octubre de 1978, y llegaron a julio del año siguiente luego de mas de un año y
medio de servicio sin el mas mínimo reconocimiento y como siempre ocurría en el
Servicio Militar, siendo tratado como una basura.
Las consecuencias de este nefasto
periodo, no solo terminaron perjudicando al País en su soberanía territorial, sino
que generaron en toda una camada de jóvenes una herida desgarradora, que no
deja de percibirse en muchos aspectos.
Así, jóvenes que antes del Servicio
Militar trabajaban o estudiaban, debieron ver interrumpidas esas actividades, para
estar movilizados a miles de kilómetros de su lugar, haciendo algo para lo que no
estaban preparados.
Si bien existía una ley que obligaba a
mantener el lugar de trabajo de un soldado bajo bandera, también es cierto que
esa situación significaba muchas veces la ruptura del vínculo laboral, o al menos la
pérdida de chances de movilidad.
Por otro lado, jóvenes que tenían
planes para empezar sus estudios en Universidades o que necesitaban completar
su Secundaria, veían postergadas estas posibilidades, que luego de volver de la
vida militar eran mucho más dificultoso retomar. Basta considerar que en
condiciones normales quien podía empezar a estudiar a principios de 1978, y fue
incorporado al Servicio Militar, saliendo de baja a mediados de 1979, solo pudo
reintegrarse a la actividad estudiantil en 1980.
Seria aventurado afirmar en que
medida esta situación fue condicionante del futuro de estos jóvenes, pero se
puede advertir que las oportunidades laborales, educativas y sociales, de los
jóvenes que fueron soldados en este periodo, evidentemente fueron menores de
quienes no lo fueron.
La situación involucra también a
cabos de reserva (o grado equivalente de otras fuerzas), es decir hombres de
clases anteriores que fueron dados de baja como cabos de reserva, por su
ejemplar desempeño en servicio, y los subtenientes,(o grados equivalentes de
otras fuerzas) tratándose de estudiantes de los liceos militares que al egresar lo
hacen con ese rango. En este caso es dable que muchos continúen en la carrera
militar, pero existen casos de jóvenes que al egresar del Liceo, dejaron la vida
militar, pero que en la etapa del conflicto que comentamos fueron utilizados para
tomar el mando de unidades de combate.
El actual Gobierno ha señalado el
camino para la reivindicación de la memoria colectiva de aquellos años de la
Dictadura Militar, y en ello se inscriben la reactivación de los juicios a torturadores,
el destacar la labor de las entidades de Derechos Humanos, y muchos actos que
tienden a rescatar la verdad objetiva.
Los hechos que aquí se describen,
además de encontrarse avalados por abundante documentación, se mantienen en
la memoria del pueblo, y merecen ser auspiciados por las Instituciones, como
forma de formular un reconocimiento histórico a quienes fueron protagonistas
involuntarios de estos hechos.
Además esta Ley vendría a solucionar
en alguna medida las angustias de estos Argentinos, muchos de ellos desocupados
o con una precaria condición social de ellos y de su familia, y por en especial
aquellos que habitan en el interior de nuestra Patria, lejos de todo tipo de
oportunidades.
Por ello, solicito a mis colegas me
acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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OLMOS, GRACIELA HORTENCIA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |