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PROYECTO DE TP


Expediente 3790-D-2007
Sumario: RECONOCIMIENTO HISTORICO Y OTORGAMIENTO DE UNA PENSION VITALICIA A LOS EX CONSCRIPTOS MOVILIZADOS ENTRE 1978 Y 1979, EN EL MARCO DENOMINADO "CONFLICTO POR EL CANAL DE BEAGLE" CON LA REPUBLICA DE CHILE, SIMILAR A LA DE LOS EX COMBATIENTES DE MALVINAS; MONTO, BENEFICIARIOS, RECURSOS.
Fecha: 06/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Reconocimiento Histórico y Beneficio a ex conscriptos
ARTICULO 1º: Otorgase a los ciudadanos argentinos incorporados a las filas del Ejercito, Armada y Fuerza Aérea Argentinas, como soldados conscriptos, que fueran movilizados hacia las zonas de frontera entre 1978 y 1979 en el marco del denominado "Conflicto por el Canal de Beagle", una pensión vitalicia de similares características a la que perciben los ex soldados que prestaron servicios en la Guerra de Malvinas.
El beneficio se hará extensivo a los soldados que oportunamente fueron dados de baja de las Fuerzas Armadas y reincorporados como reservistas
ARTICULO 2º: A efectos de acreditar fehacientemente su derecho a acceder a los beneficios que otorga la presente Ley, los futuros beneficiarios deberán acreditar tal calidad con certificaciones emanadas del organismo correspondiente que hagan constar la situación de revista al momento del conflicto señalado en el articulo anterior, lugar y tiempo de movilización.
ARTICULO 3º: El monto a percibir por los beneficiarios será el correspondiente al 100% de la remuneración mensual del grado de Cabo o equivalente, según la fuerza, que será ajustada conforme los incrementos salariales que perciba el personal en actividad.
ARTICULO 4º: Los beneficiarios de la presente Ley, tendrán derecho a acceder a los beneficios de Obra Social, en iguales condiciones que las que se prestan a beneficiarios de pensiones asistenciales
ARTICULO 5º: El beneficio que se otorga por la presente Ley, en caso de tratarse de personas fallecidas, será extensivo a los derecho- habientes, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 24241 - Artículo 53º. En estos casos, el/la solicitante, deberá acreditar que cumple las condiciones exigidas por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, para las pensiones no contributivas.
ARTICULO 6º: Será autoridad de aplicación de la presente Ley, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
ARTICULO 7º: Los gastos que demande la aplicación de la presente serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto del año 2008.-
ARTICULO 8º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Al repasar la Historia Argentina reciente, mas concretamente, el periodo de la Dictadura Militar que sometió a la Nación entre 1976 y 1983, sobresalen hechos trágicos y que han marcado a los Argentinos con una huella indeleble como la "Guerra de las Malvinas", o el "Plan Sistemático de Desaparición de Personas" cuyas consecuencias pueden percibirse aun hoy, pasadas mas de tres décadas de esos hechos.
Es que sin lugar a dudas, esa Dictadura Militar fue el suceso más nefasto desde que tenemos memoria como Nación.
La Guerra de Malvinas ha sido un hecho de tal conmoción y tan profundamente grave, por la perdida de vidas humanas, por la derrota militar y diplomática, los inmensos gastos (nunca revelados) que insumio la operación militar y la pesada sensación de desilusión en que cayo el pueblo Argentino, que podría decirse que actuó como un telón sobre situaciones tan dramáticas como las que se vivieron durante fines de 1978, donde se creía inminente la Guerra contra Chile.
Con el paso de los años y tantas situaciones de crisis que ha vivido el País, parecen irse olvidadando los momentos de dolor y las penurias, quizás porque el tiempo ayuda a cicatrizar esas heridas o en parte también porque las crisis se fueron renovando y tapando unas con otras.
Por ello, parece haberse olvidado aquellos días de 1978 donde los gobiernos de Argentina y Chile, concretaron la mayor crisis bilateral de la historia entre ambos países, donde de uno y otro lado, las dictaduras militares se fortalecían de la mano del terror y sometían a sus habitantes a la miseria a cambio de la militarización descontrolada que incluía la compra de equipos bélicos, de comunicación y logísticos de altísimos costos, que además encubrían suculentos negocios.
El origen de la disputa se remonta a fines del siglo XIX donde los tratados fronterizos dejaban en la nebulosa la soberanía territorial sobre tres islas ubicadas al Este del Canal de Beagle, las Picton, Nueva y Lennox ya que no existía acuerdo por donde pasaba el Canal de Beagle. Según la interpretación Argentina, el Canal pasaba al Oeste de las islas, que por lo tanto eran parte del territorio Argentino, y por su parte Chile sostenía que el Canal continuaba al Norte de la Picton lo que significaba la pertenencia al territorio Chileno.
Esta disputa se puso a consideración de un tribunal arbitral, que finalmente en mayo de 1977 determino el caso, dando la razón a la pretensión chilena. Pero Argentina rechazo el dictamen por considerar que el Tribuna se había excedido en sus funciones
Los contactos bilaterales no se interrumpieron, pero durante 1978 las posiciones fueron endureciéndose y ambos países comenzaron a concentrar tropas y armamentos en las zonas de frontera. Paralelamente en la Argentina se realizaban ejercicios de "oscurecimiento" en las ciudades, con el objeto de resguardarse de eventuales bombardeos enemigos.
Por entonces, en las regiones de frontera se encontraban a fines de 1978 más de 250.000 efectivos de todas las fuerzas, preparados para entrar en combate. Ambos países movilizaron sus Armadas, con destructores, portaaviones y submarinos en previsión de un duro combate naval.
La escalada de tensión llego a su punto máximo el día 22 de diciembre, donde se estuvo a pocas horas de comenzar el enfrentamiento, a tal punto que todas las unidades militares recibieron la novedad de que el País se encontraba en guerra con Chile.
En tanto que la situación evolucionaba hacia el conflicto armado, la diplomacia se esforzaba por encontrar una salida viable para ambos países, que finalmente llego en la misma jornada del 22 de diciembre cuando Su Santidad Juan Pablo II acepto mediar en la disputa, encomendando la misión al recordado Cardenal Samore.
Aun bajo la negociación diplomática y bajo la supervisión de los Dignatarios de la Iglesia Católica, ambos países mantuvieron en movilización sus FF.AA. en la zona de conflicto en la que muchos efectivos permanecieron hasta seis meses, sin retornar a sus hogares, con un estrés psicológico provocado por estar bajo la tensión de una guerra inminente, estar en zonas de alto riesgo por la posibilidad de accidentes con armas, o vehículos, que se podían producir por el propio estado de tensión de los efectivos, como por el desconocimiento de la región donde operaban, por el rigor climático, etc.
Muchos de los hombres presentes en ese escenario eran jóvenes de apenas 18 años, que habían egresado de la escuela un tiempo antes, y que así como los "Héroes de Malvinas" fueron puestos en esta situación sin ningún lugar a opción, bajo riesgo de ser declarado "Traidor a la Patria" si se opinaba en contrario, situación que por entonces, el Código de Justicia Militar sancionaba con la muerte del detractor.
Estos jóvenes soldados que debían cumplir con la Ley de Servicio Militar Obligatorio eran sometidos a una constante humillación psicológica, y a agotadoras actividades físicas, que se podrían catalogar de torturas, y a actitudes delictivas de los superiores como estaqueamientos o golpes cuya denuncia y conocimiento publico, como el lamentable deceso del Soldado Carrasco, dieron lugar a profundas reformas del Servicio Militar.
Estos vejámenes que se han referido se multiplicaban con angustiante frecuencia en la situación de los efectivos movilizados, lejos de toda referencia posible, con superiores cada vez más tensos, con una moral cada día más baja, con un futuro incierto, y con la prolongación de una situación de la que nadie daba cuenta.
Jóvenes que tenían que salir de baja en octubre de 1978, y llegaron a julio del año siguiente luego de mas de un año y medio de servicio sin el mas mínimo reconocimiento y como siempre ocurría en el Servicio Militar, siendo tratado como una basura.
Las consecuencias de este nefasto periodo, no solo terminaron perjudicando al País en su soberanía territorial, sino que generaron en toda una camada de jóvenes una herida desgarradora, que no deja de percibirse en muchos aspectos.
Así, jóvenes que antes del Servicio Militar trabajaban o estudiaban, debieron ver interrumpidas esas actividades, para estar movilizados a miles de kilómetros de su lugar, haciendo algo para lo que no estaban preparados.
Si bien existía una ley que obligaba a mantener el lugar de trabajo de un soldado bajo bandera, también es cierto que esa situación significaba muchas veces la ruptura del vínculo laboral, o al menos la pérdida de chances de movilidad.
Por otro lado, jóvenes que tenían planes para empezar sus estudios en Universidades o que necesitaban completar su Secundaria, veían postergadas estas posibilidades, que luego de volver de la vida militar eran mucho más dificultoso retomar. Basta considerar que en condiciones normales quien podía empezar a estudiar a principios de 1978, y fue incorporado al Servicio Militar, saliendo de baja a mediados de 1979, solo pudo reintegrarse a la actividad estudiantil en 1980.
Seria aventurado afirmar en que medida esta situación fue condicionante del futuro de estos jóvenes, pero se puede advertir que las oportunidades laborales, educativas y sociales, de los jóvenes que fueron soldados en este periodo, evidentemente fueron menores de quienes no lo fueron.
La situación involucra también a cabos de reserva (o grado equivalente de otras fuerzas), es decir hombres de clases anteriores que fueron dados de baja como cabos de reserva, por su ejemplar desempeño en servicio, y los subtenientes,(o grados equivalentes de otras fuerzas) tratándose de estudiantes de los liceos militares que al egresar lo hacen con ese rango. En este caso es dable que muchos continúen en la carrera militar, pero existen casos de jóvenes que al egresar del Liceo, dejaron la vida militar, pero que en la etapa del conflicto que comentamos fueron utilizados para tomar el mando de unidades de combate.
El actual Gobierno ha señalado el camino para la reivindicación de la memoria colectiva de aquellos años de la Dictadura Militar, y en ello se inscriben la reactivación de los juicios a torturadores, el destacar la labor de las entidades de Derechos Humanos, y muchos actos que tienden a rescatar la verdad objetiva.
Los hechos que aquí se describen, además de encontrarse avalados por abundante documentación, se mantienen en la memoria del pueblo, y merecen ser auspiciados por las Instituciones, como forma de formular un reconocimiento histórico a quienes fueron protagonistas involuntarios de estos hechos.
Además esta Ley vendría a solucionar en alguna medida las angustias de estos Argentinos, muchos de ellos desocupados o con una precaria condición social de ellos y de su familia, y por en especial aquellos que habitan en el interior de nuestra Patria, lejos de todo tipo de oportunidades.
Por ello, solicito a mis colegas me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMOS, GRACIELA HORTENCIA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA