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PROYECTO DE TP


Expediente 3778-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL "SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION".
Fecha: 11/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo y por su intermedio a quien corresponda para que, a través de los organismos pertinentes, informe a este cuerpo los siguientes interrogantes respecto al Servicio Nacional de Rehabilitación:
1) ¿Se han integrado nuevos procedimientos de rehabilitación para las personas con discapacidad? En caso afirmativo, indique cuales.
2) ¿Se ha incluido a la música, la danza, el yoga, la equino terapia y/o cualquier otro método alternativo como medio de rehabilitación?
3) Remita un registro actualizado sobre personas con discapacidad, detallando que tipo de dificultad.
4) ¿Se ha implementado un programa con el objetivo de formar personal idóneo para las distintas áreas que posee el servicio nacional de rehabilitación?
5) ¿Es un pedido reiterado el otorgamiento de libre transito y estacionamiento por parte de las personas con discapacidad motriz?
6) ¿Cuántos símbolos de libre tránsito y estacionamiento a la fecha han otorgado?
7) ¿Cuánto demora el trámite?
8) ¿Qué medidas toman para controlar la legalidad del símbolo, y al vehículo que lo utiliza?
9) ¿Cuándo se podrá descentralizar esta oficina, y que en cada provincia haya una para que se pueda gozar con este derecho efectivamente en todo el país?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Servicio Nacional de Rehabilitación, encargado de otorgar estos símbolos, que hoy motivan este pedido de informes, tiene más de 50 años al servicio de las personas con discapacidad y sus familias.
El Servicio Nacional de Rehabilitación es un Organismo Público descentralizado dependiente del Ministerio de Salud de la Nación y es rector, dentro el ámbito de la salud, en lo referente a la normatización y ejecución de las políticas en discapacidad y rehabilitación.
Tiene como objetivo propiciar la rehabilitación e integración de las personas con discapacidad. Este Organismo se encuentra ubicado en el Barrio de Belgrano, en la calle Dragones 2201 (o también Ramsay 2250) de la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina.
El SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, fue creado en el año 1956 bajo el nombre de COMISIÓN NACIONAL PERMANENTE PARA LA REHABILITACIÓN DE LOS LISIADOS, dependiente del por entonces llamado MINISTERIO DE ASISTENCIA SOCIAL Y SALUD PÚBLICA.
SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN es el organismo responsable de: promover y facilitar la efectiva implementación de programas que fomenten la prevención, rehabilitación e integración de la persona con discapacidad, atendiendo a la disminución del impacto de la secuela y a lograr una mejor integración al medio social; diseño de políticas tendientes a la disminución del riesgo de accidentes y de la incidencia de patologías discapacitante; brindar asistencia técnica a las Jurisdiccionales provinciales, municipales y Organizaciones no Gubernamentales, para asegurar el funcionamiento de los servicios de rehabilitación basados en la comunidad y una adecuada red de derivación; promover la educación permanente de recursos humanos específicos e idóneos en todo el país y la investigación de los aspectos epidemiológicos, y en los relativos a la prevención e integración social. SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN ejerce un rol rector e indelegable, en el ámbito de la salud, en lo referente a la normatización y ejecución de las políticas en rehabilitación. Debe atender a las mismas con una mirada federal en cuanto a su ámbito de actuación, innovadora en ideas y enfoques, e integral por medio de la asistencia, conformación de redes y capacitación de los profesionales e idóneos. Su estrategia se basa en la integración de las personas con discapacidad, mediante acciones que involucren una participación activa de la comunidad, persiguiendo constantemente el mejoramiento de la calidad de vida, que le de a la persona con discapacidad, la dignidad a la que todo ser humano tiene derechos.
Sus objetivos:
1. Ejecutar las acciones de prevención de la discapacidad y de rehabilitación, integración y promoción de la persona con discapacidad en cumplimiento de las políticas nacionales de salud (Decreto Nº 1269/92), y de las políticas específicas relativas a las personas con discapacidad (Decreto Nº 1027/ 94) vigentes o que se establezcan en el futuro.
2. Diseñar, ejecutar y evaluar programas de rehabilitación integral destinados a las personas con discapacidad, que respondan a las políticas nacionales de salud propendiendo a disminuir el impacto de la secuela y a lograr una mejor integración al medio social.
3. Diseñar, ejecutar y evaluar programas de prevención de la discapacidad, atendiendo a la disminución del riesgo de accidentes y de la incidencia de patologías discapacitante.
4. Diseñar, ejecutar y evaluar programas de promoción destinados a las personas con discapacidad respondiendo a las políticas nacionales de salud.
5. Elaborar normas y brindar asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales y municipales y a las organizaciones no gubernamentales a fin de asegurar:
*El funcionamiento de servicios de rehabilitación en hospitales generales según niveles de riesgo.
*La implementación de acciones de rehabilitación basada en la comunidad y la aplicación de tecnología simplificada, todo ello en el marco de una adecuada red de derivación.
*Desarrollar estrategias para la atención de discapacitados severos.
6. Promover la normatización de los servicios de atención a las personas con discapacidad atendiendo especialmente a su tipificación y categorización en coordinación con otros organismos competentes.
7. Integrar el Comité Técnico de la COMISION ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS, reconociendo la participación vinculante de este organismo en la elaboración de todas las iniciativas que sobre la temática se proyecten.
8. Diseñar, organizar y mantener actualizado un registro de personas con discapacidad, conforme el artículo 3º de la Ley Nº 22.431, y con arreglo a lo establecido para el padrón base del Sistema Nacional del Seguro de Salud establecido por el Decreto Nº 333/96 y el Decreto Nº 1141/96, que es parte del Sistema Único del Registro Laboral establecido por la Ley Nº 24.013; elaborando la normativa para su aplicación en todas las jurisdicciones del país.
9. Promover la educación permanente de recursos humanos específicos e idóneos en todo el país, a través de la coordinación con las entidades formadoras (universidades, institutos, etc.) y la promoción de la actualización, el perfeccionamiento y la especialización.
10. Promover la investigación en la temática de la discapacidad, especialmente en los aspectos epidemiológicos, y en los relativos a los distintos niveles de prevención y a la integración social.
11. Difundir información científica y técnica.
12. Aplicar las Leyes Nº 22.431 y Nº 19.279, a través de la evaluación médica y la orientación integral (psico-social) de la persona con discapacidad.
13. Diseñar, ejecutar y evaluar programas de promoción de la persona con discapacidad para su atención integral en el ámbito social y familiar -en el marco de dignidad y respeto por sus derechos fundamentales- priorizando aquellos individuos o grupos que se encuentran en estado de abandono y peligro moral y/o material.
14. Promover en la población actitudes positivas frente a la discapacidad a fin de eliminar paulatinamente barreras estructurales (prejuicios, barreras arquitectónicas, urbanísticas, etc.).
15. Coordinar y supervisar la formación de recursos humanos en la temática de la discapacidad a través de los distintos Institutos relacionados con la materia.
Por ello y la importancia del tema, solicito a los Sres. Diputados que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)