PROYECTO DE TP
Expediente 3775-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS TENDIENTES A PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA LEY 25080, DE INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS.
Fecha: 11/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 84
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
con el objeto de solicitarle arbitre la totalidad de las medidas necesarias
a fin de decretar la prórroga de la vigencia de la ley nº 25.080 "LEY DE
INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS", ad referéndum del
Congreso de la Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La sanción de la ley
25.080 fue el soporte institucional al sector forestal, estableciendo
incentivos por parte del Estado Nacional con el fin de favorecer el
desarrollo armónico del sector forestal, generando, en este sentido y
entre otros estímulos, exenciones impositivas y un apoyo económico
no reintegrables por un lapso de 10 años, conforme lo determinado en
su art. 17.
Esta ley entró en vigencia
a partir de su promulgación el 15 de enero de 1999.
Durante los primeros
ciclos de su vigencia el ritmo de implantación respondió
dinámicamente al incentivo que se le fuera otorgado a la actividad
forestal. Pero, a nadie puede escapar que poco tiempo después la
Argentina se vio sumida en una de las peores crisis económicas de su
historia, lo cual trajo aparejado tanto un importante freno del flujo de
las inversiones en este sector, sino también problemas financieros para
el gobierno nacional, que impidieron el normal funcionamiento de este
régimen de promoción.
Además de la promoción
económica a la actividad forestal el régimen que establece la norma,
exige la adopción de medidas para la protección de los bosques y su
explotación en un medio ambiente sustentable, obligando la realización
de estudios de impacto ambiental en el caso de los emprendimientos
de envergadura, para poder acceder a los beneficios de la ley.
Sabido es que la ventaja
perseguida por dicha norma ha sido la de fomentar el crecimiento y
desarrollo del sector forestal, desde la etapa de producción primaria
hasta la industrialización, promocionando actividades tales como la
implantación de bosques, su mantenimiento, manejo, riego,
protección, cosecha, investigación y desarrollo de los mismos. Para
lograr ello enunciaba una serie de alicientes fiscales y monetarios,
como los de estabilidad fiscal, devolución anticipada del IVA y apoyo
económico no reintegrable, entre otros, para la implantación de
bosques cultivados o enriquecimiento de bosques nativos.
A partir de los cambios
producidos en la economía argentina, el sector forestal, tanto en su
ciclo industrial como comercial, cobró una excepcional dinámica. La
producción de todos los derivados de la madera se incrementó y las
exportaciones lo hicieron en cantidad y calidad, en mayor importancia.
Pero el sector primario no ha logrado acompañar ese crecimiento y en
la actualidad el proceso en términos netos es negativo, de lo que se
estima en una primera instancia, que se extrae más madera de la que
se implanta. Si esta situación no se revierte y más aún se profundiza
por el incremento en la industrialización, en el futuro no se contará con
madera suficiente para abastecer la creciente demanda de un mercado
en evolución, auge y desarrollo. Asimismo, es menester tener en
cuenta la importancia de los bosques al amparo del medio ambiente y
de la materia orgánica originada en un proceso biológico, espontáneo
o provocado, utilizable como fuente de energía, también llamada
biomasa.
Por ello el régimen de
promoción de bosques cultivados debe mantenerse e incluso
acrecentarse en los años venideros.
La Argentina toda tiene
un profundo potencial de desarrollo forestal que hoy por hoy apenas
está siendo explotado. El mayor desafío en esta instancia de pleno
desarrollo del sector requiere un importante esfuerzo para la atracción
de capital para invertir en la protección del bosque nativo,
implantación de bosques cultivados, desarrollo industrial y
acompañamiento de la infraestructura.
Es en este sentido que la
prórroga de la ley aquí solicitada debe realizarse con el tiempo
suficiente para evitar etapas de transición que pudieran alterar, de
modo alguno, la continuidad de un proceso de promoción del sector
forestal, que en la mayoría de los casos termina perjudicando o
malogrando la real influencia positiva de las políticas públicas en los
sectores promovidos.
Es en función de lo
antedicho que el presente proyecto tiene por finalidad, encaminar la
prorroga de la ley nacional nº 25.080, de inversiones para bosques
cultivados y los beneficios que de ella se desprenden, y por todo lo
expuesto, razonando sus principales determinantes a las expectativas
sobre la continuidad en el futuro del mecanismo de promoción
instaurado por la norma legal, es que solicito a mis pares acompañen
con sus firma el presente proyecto de resolucion.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
FABRIS, LUCIANO RAFAEL | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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