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PROYECTO DE TP


Expediente 3771-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE CONSULTAS QUE RECIBE EL "INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO -INADI -" ANUALMENTE Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 11/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo y por su intermedio a quien corresponda para que, a través de los organismos que corresponda, informe a este cuerpo sobre:
1) ¿Cuántas consultas recibe el INADI anualmente?
2) ¿Existe un registro subdividido según que temas versan las mismas?
3) ¿Cuál es el seguimiento, o procedimiento ante cada caso?
4) ¿Qué medidas realizan tendientes a lograr una solución satisfactoria al reclamo efectuado?
5) ¿Actúan como actores, patrocinantes o simplemente como una vía administrativa no vinculante?
6) ¿Qué campañas de difusión se esta realizando actualmente para concientizar a la opinión publica sobre todo acto que atente a la discriminación, la xenofobia y el racismo?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. Fue creado por la Ley 24.515 sancionada el 05 de julio de 1995, en Buenos Aires.
Sus Autoridades : El directorio está integrado por nueve miembros: un Presidente, un Vicepresidente y siete Directores.
De los siete Directores: cuatro deben ser representantes del Poder Ejecutivo Nacional, correspondiendo uno a cada uno de los siguientes Ministerios: del Interior; de Relaciones Exteriores; Comercio Internacional y Culto; de Justicia y de Educación. Los tres Directores restantes deben ser representantes de Organizaciones no Gubernamentales que cuenten con reconocida trayectoria en la lucha por los derechos humanos, contra la discriminación, la xenofobia y el racismo.
Tiene por objeto:
*Elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones a tal fin.
Dentro de sus funciones le corresponde, entre otras cosas:
*Actuar como organismo de aplicación de la siguiente Ley, velando por su cumplimiento, a través del análisis de la realidad nacional en materia de discriminación, xenofobia y racismo y la elaboración de informes y propuestas con respecto a dichos temas.
*Diseñar e impulsar campañas educativas tendientes a la valorización del pluralismo social y cultural, y a la eliminación de actitudes discriminatorias, xenofóbicas o racistas.
*Recopilar y mantener actualizada la información sobre el Derecho Internacional y extranjero en materia de discriminación, xenofobia y racismo.
*Recibir y centralizar denuncias sobre conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas y llevar un registro de ellas.
*Brindar un servicio de asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos discriminados o víctimas de xenofobia o racismo.
*Informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas que pudieran manifestarse en cualquier ámbito de la vida nacional, especialmente en las áreas de educación, salud, acción social y empleo.
Según información suministrada por el INADI, además de la conocida ley citada más arriba;la ley 23.592 del año 1.988, estableció en sus tres primeros artículos, una garantía para la persona damnificada en una situación discriminatoria determinada por motivos:
*de raza,
*religión,
*nacionalidad,
*ideología,
*opinión política o gremial,
*sexo,
*posición económica,
*condición social o caracteres físicos;
para solicitar el cese de dicho acto discriminatorio y reclamar una reparación por el daño moral y material sufrido.
En el segundo artículo se elevaron las penas, de los delitos cuando estos se cometieran por motivos discriminatorios, funcionando éstos como un agravante.
Y por último, en el artículo tercero reprime con pena privativa de libertad a las personas que participen en asociaciones o realicen propaganda basados en ideas o teorías discriminatorias sobre los motivos citados en el artículo primero.
Las denuncias de actos discriminatorios se reciben en una línea gratuita.
Por lo expuesto, le solicito a los Sres. Diputados que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)