PROYECTO DE TP
Expediente 3771-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE CONSULTAS QUE RECIBE EL "INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO -INADI -" ANUALMENTE Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 11/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo y por su intermedio a quien corresponda para que, a través
de los organismos que corresponda, informe a este cuerpo
sobre:
1) ¿Cuántas consultas
recibe el INADI anualmente?
2) ¿Existe un registro
subdividido según que temas versan las mismas?
3) ¿Cuál es el
seguimiento, o procedimiento ante cada caso?
4) ¿Qué medidas realizan
tendientes a lograr una solución satisfactoria al reclamo
efectuado?
5) ¿Actúan como actores,
patrocinantes o simplemente como una vía administrativa no
vinculante?
6) ¿Qué campañas de
difusión se esta realizando actualmente para concientizar a la opinión
publica sobre todo acto que atente a la discriminación, la xenofobia y
el racismo?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El INADI: Instituto
Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. Fue
creado por la Ley 24.515 sancionada el 05 de julio de 1995, en
Buenos Aires.
Sus Autoridades : El
directorio está integrado por nueve miembros: un Presidente, un
Vicepresidente y siete Directores.
De los siete Directores:
cuatro deben ser representantes del Poder Ejecutivo Nacional,
correspondiendo uno a cada uno de los siguientes Ministerios: del
Interior; de Relaciones Exteriores; Comercio Internacional y Culto; de
Justicia y de Educación. Los tres Directores restantes deben ser
representantes de Organizaciones no Gubernamentales que cuenten
con reconocida trayectoria en la lucha por los derechos humanos,
contra la discriminación, la xenofobia y el racismo.
Tiene por objeto:
*Elaborar políticas
nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la
xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones a tal
fin.
Dentro de sus funciones
le corresponde, entre otras cosas:
*Actuar como organismo
de aplicación de la siguiente Ley, velando por su cumplimiento, a
través del análisis de la realidad nacional en materia de discriminación,
xenofobia y racismo y la elaboración de informes y propuestas con
respecto a dichos temas.
*Diseñar e impulsar
campañas educativas tendientes a la valorización del pluralismo social
y cultural, y a la eliminación de actitudes discriminatorias, xenofóbicas
o racistas.
*Recopilar y mantener
actualizada la información sobre el Derecho Internacional y extranjero
en materia de discriminación, xenofobia y racismo.
*Recibir y centralizar
denuncias sobre conductas discriminatorias, xenofóbicas o racistas y
llevar un registro de ellas.
*Brindar un servicio de
asesoramiento integral y gratuito para personas o grupos
discriminados o víctimas de xenofobia o racismo.
*Informar a la opinión
pública sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenofóbicas o
racistas que pudieran manifestarse en cualquier ámbito de la vida
nacional, especialmente en las áreas de educación, salud, acción social
y empleo.
Según información
suministrada por el INADI, además de la conocida ley citada más
arriba;la ley 23.592 del año 1.988, estableció en sus tres primeros
artículos, una garantía para la persona damnificada en una situación
discriminatoria determinada por motivos:
*de raza,
*religión,
*nacionalidad,
*ideología,
*opinión política o
gremial,
*sexo,
*posición económica,
*condición social o
caracteres físicos;
para solicitar el cese de
dicho acto discriminatorio y reclamar una reparación por el daño moral
y material sufrido.
En el segundo artículo se
elevaron las penas, de los delitos cuando estos se cometieran por
motivos discriminatorios, funcionando éstos como un agravante.
Y por último, en el
artículo tercero reprime con pena privativa de libertad a las personas
que participen en asociaciones o realicen propaganda basados en
ideas o teorías discriminatorias sobre los motivos citados en el artículo
primero.
Las denuncias de actos
discriminatorios se reciben en una línea gratuita.
Por lo expuesto, le
solicito a los Sres. Diputados que me acompañen en la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |