PROYECTO DE TP
Expediente 3762-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD EN TODO EL AMBITO NACIONAL.
Fecha: 19/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 93
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a
través del Ministerio de Salud de la Nación y el órgano que corresponda, informe ante
esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, sobre las siguientes cuestiones
relativas al otorgamiento del Certificado Único de Discapacidad en todo el ámbito
nacional:
1) Condiciones bajo las cuales se expide
el Certificado Único de Discapacidad (CUD). Indique los criterios de asignación según
distintas discapacidades (viscerales, motoras, mentales, auditivas y visuales), y en
particular a las personas con VIH/SIDA.
2) Indique cuales son los criterios para la
asignación del plazo de duración de dicho Certificado. Indique si hubiere algún criterio
particular para las personas con VIH/SIDA.
3) Indique cuales son los criterios para la
indicación en dicho Certificado de un acompañante. Indique si hubiere algún criterio
particular para las personas con VIH/SIDA.
4) Indique el estado de avance de la
implementación del CUD a nivel provincial. Detalle en que provincias ya se esta
expidiendo el mismo, y que cuales no, explicitando las causas de las dos situaciones.
En referencia a los criterios para el
otorgamiento del CUD, desearíamos tener información sobre:
a) Condiciones bajo las cuales se expide
el CUD en las provincias que ya lo implementaron. Indique si hubiera alguna
divergencia respecto de la normativa nacional y los motivos de dichas
divergencias.
b) Criterios para la conformación de las
Juntas de Discapacidad Provinciales. Indique con el mayor detalle posible los criterios
para la selección de los profesionales que trabajan en la misma.
c) Programas de capacitación
destinados al personal de las Juntas Provinciales de Discapacidad para implementar el
CUD. Indique con el mayor detalle posible las capacitaciones ya impartidas, y las
programadas para el período 2011-2012.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Certificado Único de Discapacidad es la puerta
de acceso a los derechos de las personas con discapacidad, y la normativa que regula los
derechos de las personas con discapacidad es muy clara al respecto.
El mismo Servicio Nacional de Rehabilitación
(http://www.snr.gov.ar), en su página web publica:
"El Certificado Único de
Discapacidad es un documento público. Es la llave de acceso al Sistema de Salud y a los
beneficios instituidos por la normativa en la materia, para las personas con discapacidad. Por
ello, y con la firme convicción de que el certificado debe estar cerca de la gente, el Servicio
Nacional de Rehabilitación promueve desde hace años una política de descentralización con
aquellas jurisdicciones que, con trabajo y compromiso, asumen la responsabilidad de la emisión
del certificado. Así, este proceso de descentralización ordenado y sistemático, se enmarca en la
firme convicción de que la unificación de criterios es esencial para el acceso justo, equitativo, y
necesario para una plena integración de las personas con discapacidad.
Mediante la Resolución del
Ministerio de Salud de la Nación Nº 675/09, se aprueba un nuevo Protocolo de Evaluación y
Certificación de la Discapacidad y el modelo de Certificado Único de Discapacidad al que
refiere el Art. 3º de la Ley Nº 22.431; el cual tiene alcance en todo el territorio nacional, y ha
sido diseñado de acuerdo con los parámetros nacionales e internacionales vigentes.
Así, tanto el Protocolo de
Evaluación y el Certificado de Discapacidad aprobados, son el resultado del esfuerzo conjunto
de las jurisdicciones provinciales y del Ministerio de Salud de la Nación, a través del Servicio
Nacional de Rehabilitación. Constituye una política pública que afianza la búsqueda de
unificación de los criterios de certificación de la discapacidad en todo el país, cuyo objetivo
último es propender a la federalización en la emisión del certificado de discapacidad con validez
nacional, acercando aún más los beneficios instituidos por ley a cada ciudadano que lo
necesite..."
Sin embargo, esto dista mucho de ser realidad. Las
personas con discapacidad del interior del país son victimas de un entramado legal que no deja
claro cuales son sus derechos ni como deben defenderlos. La disparidad en la aplicación de los
criterios tanto en la asignación del CUD, como del tiempo de vigencia del mismo y la necesidad
de un acompañante varía tanto de provincia a provincia, que no todos las personas con
discapacidad gozan del mismo derecho.
La disparidad en los criterios de asignación
del CUD es de una injusticia desmedida, si tenemos en cuenta que el Certificado de
Discapacidad es el acceso a las coberturas previstas por las leyes nacionales 22.431 y
24.901 las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a
favor de las personas con discapacidad, las cuales contemplan acciones de prevención,
asistencia, promoción y protección. Es decir que aquellas personas que teniendo una
discapacidad, no pueden acceder a su Certificado, quedan fuera del goce de cualquier
cobertura prevista por el sistema público de salud.
Ante la importancia que reviste el
Certificado Único de Discapacidad para la calidad de vida de las personas con
discapacidad, ante la importancia de los avances hasta ahora logrados en la unificación
de criterios en la implementación de un certificado único, y en garantía de los derechos
de las personas con disparidad, es que se presenta este proyecto de pedido de
informes.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me
acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 21/03/2012 | |
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |