PROYECTO DE TP
Expediente 3756-D-2015
Sumario: PROGRAMA "ARGENTINOS POR EL MUNDO". CREACION.
Fecha: 03/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
El Senado y Cámara de Diputados...
Programa
"Argentinos por el Mundo"
Artículo 1º: Institúyase el
Programa "Argentinos por el Mundo" mediante las disposiciones de la presente ley,
con el propósito de asistir de manera integral, a todos los ciudadanos argentinos
residentes en el exterior, promoviendo y revitalizando los vínculos con su país
natal.
Artículo 2º: El Programa
está destinado a todos los ciudadanos argentinos residentes en el exterior, sin
distinción alguna de raza, sexo, edad, credo o condición social.
Artículo 3º: El beneficio que
esta ley pone en vigencia, no podrá reclamarse, cuando no se cumplan con las
acreditaciones de residencia, ya sean estas precarias, transitorias, temporarias o
permanentes.
Artículo 4º: Establézcase
como autoridad de aplicación de la presente ley, al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, que designará una Dirección Ejecutiva del Programa, de
acuerdo a los fines establecidos y que será el responsable de controlar y verificar la
correcta implementación del programa por parte de la Dirección ejecutiva,
pudiendo en caso contrario sancionar a sus miembros por incumplimiento.
Artículo 5º: Se atribuyen al
Programa "Argentinos por el Mundo" los siguientes objetivos:
a) Fomentar una cultura de
integración.
b) Promover los valores, la tradición
y la idiosincrasia argentina.
c) Combatir el desarraigo reforzando
los vínculos familiares, sociales y de identidad nacional.
d) Patrocinar la igualdad de
oportunidades para la obtención de permisos de trabajo en conformidad con la
normativa vigente.
e) Organizar concursos, foros,
talleres, seminarios abiertos a todos los ciudadanos argentinos residentes en el
exterior.
f) Impulsar diversas formas de
participación y vínculo, mediante programas radiales, televisivos, obras de teatro
realizadas por los emigrantes argentinos.
g) Celebrar convenios con diversas
organizaciones como las empresas de correos, las aerolíneas, los hoteles, los medios
de comunicación, para otorgar beneficios y descuentos especiales para los
ciudadanos argentinos.
h) Crear un portal de Internet que
facilite el intercambio entre todos los ciudadanos argentinos emigrantes entre sí, y
con su país de origen.
i) Establecer acuerdos con los
gobiernos locales para asegurar el ejercicio de plenos derechos en el lugar de
residencia de acuerdo con el principio de reciprocidad entre Naciones.
j) Optimizar los flujos de
información de los organismos y organizaciones locales con los ciudadanos
residentes en el exterior.
k) Favorecer la obtención de las
diferentes acreditaciones de residencia según lo establecido por la normativa de
cada país.
l) Establecer un mecanismo de
supervisión de los registros de emigrantes argentinos para mantener su
actualización permanente e incorporarlos al Registro de Electores en el Exterior de
modo automático con el registro de su domicilio en el Consulado
correspondiente.
m) Favorecer la participación de
organizaciones de la sociedad civil y fundaciones, fueren argentinas o extranjeras,
para la ampliación de las líneas de acción del Programa.
Artículo 6º: La Dirección
Ejecutiva, deberá desempeñar y cumplir con las siguientes funciones:
- Planificar y organizar las acciones
del programa
- Instaurar pautas de seguimiento,
evaluación y control del Programa
- Difundir e informar a través de los
distintos medios de comunicación, las características, beneficios y acciones del
programa.
- Firmar los acuerdos y convenios
necesarios.
- Controlar y evaluar el destino de los
fondos
- Dictar su Reglamento interno
Artículo 7º: El gasto que el
cumplimiento de la presente ley demande, será previsto en el Presupuesto Anual e
imputado a la Jurisdicción del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la
Nación.
Artículo 8º: El Poder
Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días, a partir de
su sanción, como asimismo las normas complementarias que permitan su
aplicación plena.
Artículo 9°: Derógase toda
norma que se oponga a la presente ley.
Artículo 10º: Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La influencia de la migración
determinó una de las características de nuestra identidad como argentinos. Tanto
es así, que en 1949 se decreta el 4 de septiembre como el Día del Inmigrante,
recordando que en 1812, el Primer Triunvirato legisló la primera norma que
promovía la inmigración y protegía a las familias que desearan poblar nuestro
suelo. En realidad, no sólo nuestro, sino también de las naciones originarias.
Nuestro país creció de la mano de inmigrantes que dejaron su tierra con una valija
cargada de esperanza para forjar su futuro en nuestra Nación, y de esa mixtura
nació lo que es hoy Argentina.
En la mayoría de los casos, la decisión
de abandonar el país no constituyó una opción fácil. Existieron múltiples razones,
algunas de índole económica, otras relacionadas a la inseguridad, al crecimiento
profesional, la realización personal, el caso es que muchos de nuestros hermanos
emigraron en busca de las oportunidades que su propia tierra no podía ofrecerles,
para reconstruirse como argentinos en la distancia.
Todo argentino en el exterior es un
embajador de las ideas, pensamientos y actitudes más nobles del pueblo en el cual
nació y se desarrolló, y en este sentido, se lo debe acompañar.
Resulta imprescindible considerar a la
comunidad argentina residente en el exterior como parte constitutiva de nuestro
pueblo, porque no son entes aislados, sino que forman un cuerpo social definido
por unas características comunes dentro del concepto histórico de la argentinidad.
Sus miembros deben ser contenidos en el desarraigo para evitar un fenómeno
mucho más complejo y penoso como es el exilio de la propia identidad.
La vivencia del proceso de
nacionalidad, en nuestro país, no está agotada. Nuestra identidad la construimos
todos, constantemente. El estado precisa superar la noción de argentinos en el
exterior para concebirlos simplemente como argentinos, pues continúan siendo lo
que eran al marcharse, tan argentinos como cualquiera de los que vivimos aquí.
Entonces, atender a sus necesidades, sus preocupaciones, facilitarles la realización
de ciertos trámites, promover su participación cívica optimizando los mecanismos
de votación implica reforzar los lazos de unión.
El gobierno, como actor central en la
conformación de nuestra patria, debe incentivar la inclusión social, la fraternidad,
pero siempre considerando el contexto actual en el que sucede la migración, es
decir, la compleja trama de situaciones que genera la globalización. En otras
palabras, implementar políticas, legislaciones, planes y programas acordes con las
necesidades de nuestros hermanos residentes en el exterior, que forman un
número 750.000 argentinos según cifras oficiales, un conjunto que no pasa
inadvertido y que no podemos ignorar. La clave para una gestión eficaz descansa en
la planificación conjunta concretando esfuerzos siempre desde el nivel más cercano
posible al problema.
Se trata finalmente, de suscitar la
igualdad de oportunidades en virtud de lo cual se utilizarán las nuevas tecnologías
para crear espacios de debate, mejorar los flujos de información, agilizar los
trámites relacionados con el visado, los permisos de trabajo, avivar los lazos entre
quienes emigraron y sus familiares que se quedaron acá. Proporcionar ámbitos
oficiales que refuercen, mediante concursos, foros, talleres, seminarios, abiertos a
todos los ciudadanos, esa identidad nacional, las tradiciones, los valores inherentes
al hecho de ser argentinos.
En este marco considero que el
Estado debe valerse de todas las herramientas posibles para garantizar una
auténtica unidad dentro de la diversidad. El desafío consiste en revertir los factores
coyunturales y estructurales que provocaron el abandono del propio suelo y apoyar
a todo argentino, iniciando un compromiso desde acá para lograr confianza
allá.
En la norma proyectada se incluye la
automaticidad del registro de Elector en el Exterior cuando el ciudadano anota su
domicilio en el Consulado correspondiente a su jurisdicción. Esto ensanchará el
universo electoral en el extranjero y abrirá el camino para establecer por ley el o los
distritos exteriores que permitarán completar e integrar a todos los
argentinos.
Por lo expresado precedentemente,
solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |