PROYECTO DE TP
Expediente 3738-D-2012
Sumario: BIBLIOTECAS POPULARES- LEY 23351: MODIFICACION DEL ARTICULO 5, INCORPORANDO EL INCISO H), SOBRE PROTECCION DEL PATRIMONIO BIBLIOGRAFICO, ENTENDIENDO POR ELLO BIENES MUEBLES E INMUEBLES, DECLARANDOSE SU INEMBARGABILIDAD E INEJECUTABILIDAD.
Fecha: 07/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 64
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Incorporar como inciso h) del
artículo 5º de la Ley 23.351, el siguiente texto:
"Artículo 5º.- h) Promover la
protección de su patrimonio bibliográfico, entendiendo por ello los bienes mueble/s e
inmuebles que lo componen, declarando su inembargabilidad e inejecutabilidad".-
Artículo 2º.- Recomendar a las
provincias adherir a la presente Ley con el objetivo de proteger y garantizar como bienes
de utilidad pública el patrimonio bibliográfico, mueble e inmueble de las bibliotecas
populares creadas y a crearse en el territorio Nacional.
Artículo 3º.- Comunicar al Poder Ejecutivo
Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuestro país tiene un rico acervo de
instituciones de la sociedad civil, que han promovido valores como la solidaridad y la
participación. El trabajo colaborativo de sus miembros, para la producción de recursos con
los que éstas cuentan, se traduce en una fuente de capital social. Capital social que
democratiza la vida institucional y fortalece la apropiación colectiva de bienes materiales y
simbólicos.
Las bibliotecas populares son parte de esta
tradición institucional. El voluntariado social y la vocación educativa y cultural, que les dan
origen y las sostienen, ubican a estas instituciones entre las más valoradas por nuestra
ciudadanía.
El promotor de las Bibliotecas
Populares en Argentina fue Domingo F. Sarmiento quien, visitando los Estados Unidos
alrededor de 1840, tomó contacto con las bibliotecas públicas creadas en 1831 por
iniciativa de Benjamín Franklin. Sarmiento, interesado por la ilustración de la población
argentina, no sólo trajo el modelo estadounidense, sino que el 23 de septiembre de 1870,
por la Ley que lleva su nombre (Ley 419), dio origen a la Comisión Protectora de
Bibliotecas Populares (CONABIP) con el propósito de fomentar la creación y el desarrollo
de estas, "constituidas como asociaciones de particulares con la finalidad de difundir el
libro y la cultura en todo el país".
Estas asociaciones civiles autónomas, así
definidas jurídicamente, orientan su objeto social a la promoción de la cultura y la
educación. Es así que adoptan una dinámica organizacional para asegurar que la
información (en libros, publicaciones periódicas y en otros soportes documentales no
bibliográficos) esté en permanente relación con las necesidades de los miembros de la
comunidad.
La adecuada selección y organización de su
colección, la diversificación de servicios y la adopción de nuevas tecnologías de la
información son acciones permanentes que garantizan que un público heterogéneo
acceda en forma gratuita a la consulta del material disponible.
Así, el compromiso social de un grupo de
vecinos de una localidad, comuna o barrio se ve materializado en la constitución de la
Comisión Directiva que rige la vida institucional de la biblioteca popular. Es esta
conducción colegiada quien administra los recursos dinerarios provenientes del cobro de
cuotas societarias y de los servicios a terceros, además de las transferencias establecidas
por el artículo 15.° de la Ley 23.351 que administra la Comisión Nacional Protectora de
Bibliotecas Populares (CONABIP) (1) .
Esta contabilidad integrada por dineros
públicos de origen social y gubernamental es lo que promueve la conformación del
patrimonio material de nuestras bibliotecas populares. Patrimonio de bienes muebles e
inmuebles de carácter educativo-cultural que en forma amplia, libre y pluralista se ofrecen
como servicios y espacios para la consulta documental, la expresión y el desarrollo de
actividades culturales, de extensión bibliotecaria y de promoción de la lectura.
Sin embargo, estas entidades no se
encuentran exentas de padecer crisis económicas y las situaciones de fragilidad
institucional que desembocan generalmente en la pérdida de su patrimonio.
Frecuentemente, la vulnerabilidad ante reclamos judiciales ha devenido en el embargo y
ejecución de sus patrimonios bibliográficos, que van desde el inmueble que las alberga, si
es propio, a todos los bienes muebles, incluyendo a los libros que constituyen su bien más
preciado e insustituible.
En este contexto, el presente proyecto de ley
pretende ofrecer un marco a las iniciativas jurisdiccionales ya existentes y cubrir lo que
entendemos es un vacío legal, fortaleciendo el mandato constitucional de proteger y
promover el derecho a la Cultura y la Educación.
Actualmente, alrededor de 2000 bibliotecas
populares de todo el país se encuentran reconocidas y se enmarcan en el régimen de
protección y apoyo que brinda la CONABIP. Resolver el vacío legal que hace a la
protección del patrimonio bibliográfico que habita en nuestras bibliotecas populares es
una responsabilidad política que nos cabe, por ello solicito el acompañamiento de mis
pares a esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
JUSTICIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CUCCOVILLO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA ITURRASPE (A SUS ANTECEDENTES) |