PROYECTO DE TP
Expediente 3711-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS, RENPRE, CREADO POR LEY 26045, EN ESPECIAL SOBRE LOS ACUERDOS CON LOS GOBIERNOS PROVINCIALES.
Fecha: 07/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a
través de los organismos que resulten competentes, informe sobre los siguientes
puntos:
1) Indique con que provincias y/o
representaciones con competencia territorial el Poder Ejecutivo Nacional, en el marco
del artículo 19 de la Ley 26.045, ha formalizado convenios con el objeto de
encomendar aspectos específicos del funcionamiento del Registro Nacional de
Precursores Químicos (RENPRE).
2) Se requiere se remita copia de
los distintos convenios suscriptos a fin de conocer los alcances de las funciones
delegadas.
3) Cuales son las acciones
desarrolladas por la Se.Dro.Nar. a fin de capacitar a los distintos gobiernos provinciales
y/o delegaciones con competencia territorial con las que se ha suscripto convenios en
lo relativo a las tareas delegadas.
4) Informe a cuánto ascienden los
fondos recaudados por el RENPRE en concepto de venta de formulario a las personas
inscriptas por ante el mismo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los últimos meses tuvieron lugar en
nuestro país una serie de acontecimientos vinculados al tráfico ilícito de
estupefacientes que ponen de manifiesto la alta vulnerabilidad de la Argentina en
materia de lucha contra el narcotráfico.
En esta oportunidad queremos hacer eje
en las graves dificultades que muestra el gobierno nacional para controlar el desvío de
precursores químicos hacia la producción de drogas ilícitas.
En este sentido es menester poner de
relieve el PEN aun no ha reglamentado la Ley 26.045 que crea el Registro Nacional de
Precursores Químicos. Del mismo modo corresponde señalar que el listado de
precursores químicos que se hallan sujetos al contralor del RENPRE no se ha
actualizado a pesar de las sugerencias del Comité Científico Asesor en Materia de
Control de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y Criminalidad
Compleja que oportunamente sostuvo: "no hay control efectivo sobre el desvío al
mercado ilegal de las sustancias de corte, las listas de sustancias no han sido
actualizadas desde la década del 90" y que "lo anterior no es un dato menor, ya que
significa que la autoridad encargada de la actualización de las listas o decidió no
hacerlo, u omitió hacerlo, o no supo hacerlo, todo lo cual debería ser revisado, pues
perjudicó la tarea de control administrativo, eficacia e intervención ágil de parte del
Estado..." (1) .
El adecuado control de estas sustancias -
precursores químicos- constituye un aspecto fundamental para combatir al
narcotráfico. Con relación a esta problemática el informe presentado JIFE (Junta
Internacional de Fiscalización de Estupefacientes) correspondiente al año 2008, señala
que "el método más común para obtener los productos químicos es pasarlos de
contrabando a través de las fronteras nacionales, por lo que las medidas de
fiscalización de los movimiento de estos productos químicos dentro de las fronteras de
un país adquieren mayor
importancia..."; "...se cree que el
contrabando y la desviación de efedrina y seudo efedrina de los canales de distribución
interna son hoy de los métodos mas comunes de abastecimiento...", "...los traficantes
han optado por hacer pedidos de preparados que contiene efedrina o seudo efedrina a
empresas farmacéuticas legitimas, supuestamente para enviar a países en desarrollos.
En muchas regiones los controles sobre los preparados farmacéuticos son menos
estrictos o no existen. Se han identificado y notificado a la Junta numerosos casos de
desviación y tentativa de desviación de efedrina y seudo efedrina frecuéntenme bajo la
forma de preparados. Las traficantes han fijado su atención particular en los países
como Argentina, entre otros." Asimismo, la Junta manifestó que ha advertido al
Gobierno de la Argentina acerca del crecimiento exponencial de las importaciones de
efedrina y seudo efedrina a nuestro país a lo largo de los últimos años.
Frente a este cuadro de situación nos
parece que una de las acciones prioritarias debe apuntar a que el PEN, a través de la
Se.Dro.Nar., y en el marco de lo prescripto por el artículo 19 de la Ley 26.045 formalice
convenios con los distintos gobiernos provinciales a fin de dar mayor eficacia al
funcionamiento del Registro Nacional de Precursores Químicos.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares
me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
14/10/2009 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2094/2009 | CON MODIFICACIONES | 26/10/2009 |