PROYECTO DE TP
Expediente 3708-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA AMPLIAR EL PLAZO MINIMO PARA LIQUIDAR EXPORTACIONES A 120 DIAS Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 06/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
disponga las medidas necesarias a los efectos de ampliar el plazo mínimo para
liquidar exportaciones a 120 días, tal lo requerido por lo exportadores argentinos
toda vez que el actual plazo de 30 días no es suficiente para obtener el cobro por
la mercadería vendida y poder realizar las liquidaciones respectivas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Ministerio de Economía de la
Nación por medio de la Resolución 231 extendió el plazo de liquidación de
exportaciones de 15 a 30 días con el objeto de beneficiar al comercio
exterior.
Esta decisión fue considerada por
muchos empresarios como provocativa ya que no presenta cambio significativo
alguno en la operatoria por ellos ejercida. Los directivos de la Unión Industrial
Argentina (UIA) y de varias cámaras exportadoras detallaron que con 30 días el
exportador no logra cerrar ninguna operación de cobro de divisas por sus
exportaciones y aclararon que como mínimo se necesitan 120 días para que los
empresarios puedan llegar a la liquidación de sus operaciones sin tener que
depender de financiaciones externas para lograrlo.
Otra de las disposiciones que se le
critica a la Resolución 231 del Ministerio de Economía es que el tiempo, en este
caso 30 días, comenzará a contarse a partir de la fecha en que se haya cumplido
el embarque. El motivo de la crítica es debido a que los empresarios a través de
diversas cámaras habían pedido que el tiempo comience a contabilizarse desde la
fecha de cobro de las mercaderías ya que en la gran mayoría de las operaciones,
30 días no es suficiente para que los compradores paguen y al margen de esto el
magro plazo decretado por la autoridad económica argentina impide a los
exportadores la posibilidad de financiar las ventas perdiendo con esto una ventaja
competitiva que sólo podrán recuperar si se dispusiera el término e 120 días
desde el momento de cobro.
Es para destacar que frente a esta
nueva legislación son muchos los exportadores que debieron frenar sus
operaciones. Es por lo expuesto que solicito a mis pares la aprobación del
presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ATANASOF, ALFREDO NESTOR | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMERCIO (Primera Competencia) |