PROYECTO DE TP
Expediente 3690-D-2011
Sumario: DECLARAR DE INTERES NACIONAL LA INSTALACION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PARQUE EOLICO PICHI MAHUIDA EN LA PROVINCIA DE LA PAMPA.
Fecha: 14/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés
nacional la instalación y puesta en funcionamiento del parque eólico
Pichi Mahuida en la provincia de La Pampa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la actualidad la necesidad de contar
con fuentes de energía renovable es imperiosa en todo el planeta, también en nuestra
nación. Ante ello es nuestro deber como representantes del pueblo apoyar y difundir
proyectos de implementación de energías alternativas a las fuentes de energías
convencionales (petróleo, hidroelectricidad, etc.) a los fines de reducir el impacto ambiental
negativo que producen estas últimas. En el caso del proyecto de instalación del parque
eólico Pichi Mahuida I y II, se trata de energías limpias y lo que es muy importante un
recurso renovable y con escaso impacto ambiental, el cual se reduce a una contaminación
de tipo visual y en menor medida sonora.
El parque eólico ocupará una superficie de
800 Has. Se prevé instalar en el sur de la provincia de La Pampa, en el departamento
Lihuel Calel; sobre las márgenes del Río Colorado, en el límite con provincia de Río
Negro, cuya designación catastral es sección: X; Fracción: F; Lotes: 11 y 12.
La importancia de este proyecto de
generación eólica está dada no sólo por ser un tipo de energía renovable, limpia - ya que
no produce emisiones atmosféricas ni residuos contaminantes-, sino lo que es sumamente
beneficioso para el sistema interconectado nacional es que los Parques I y II estarán
incluidos en el sistema ínter ligado permitiendo, cuando las condiciones del viento son
adecuadas, ahorrar combustible en las centrales térmicas y/o agua en los embalses de las
centrales hidroeléctricas.
La empresa que llevará adelante el proyecto
"Cuencas del Sur S.A.", prevé la instalación del Parque Eólico en el área del territorio de la
provincia de La Pampa que ha sido considerada, de acuerdo con el Mapa de Potencial
Eólico Argentino, con un factor de capacidad igual o mayor al 35 %, contando
adicionalmente con la ventaja de que se emplazará en un inmueble que dispone de la línea
eléctrica para la evacuación de energía, en el nivel de 132 KV, y que además se encuentra
localizado a pocos kilómetros de la estación transformadora 132/13,2/6,9 KV (obra
complementaria del Acueducto Río Colorado, infraestructura de gran porte que provee de
agua potable a gran parte de la Provincia de La Pampa).
El proyecto de instalación del parque eólico
está contemplado dentro de las leyes marco 24065 y 26190, y las resoluciones especificas
n° 220/2007 y 108/2011 de la Secretaría de Energía en materia de energía eólica que son
las que sientan las bases de la contratación directa por parte del Estado Nacional a través de
la empresa ENARSA y los considerados grandes proveedores de Energía Eléctrica
Nacional, en este caso Cuencas Del Sur S.A.
El objetivo del Proyecto de Parque Eólico es
proporcionar un suministro más seguro de la energía, con un impacto ambiental
significativamente más bajo que los producidos por las energías convencionales y que
como emprendimiento presenta, además, una capacidad exponencial para generar
beneficios tanto para la economía como para las comunidades. En efecto, el proyecto de
Parque Centrales Eólicos "Pichi Mahuida I y II"-La Pampa, por su envergadura y
potencialidad constituye un emprendimiento de alto impacto socio-económico, tanto en el
ámbito provincial como nacional y regional; en particular si se considera que el futuro
Parque Eólico instalará generadores en el territorio pampeano, los cuales estarán
integrados al Sistema Interconectado Nacional de Energía.
Sin dudas, se trata de un emprendimiento de
gran potencialidad a escala regional y nacional con alto impacto socio-económico por las
sinergias positivas que implicará para la economía local y regional en el corto y mediano
plazo.
La empresa Cuencas del Sur S.A. ha iniciado
intercambios técnicos e institucionales con la Dirección Nacional INTI-Aeronáutico y
Espacial, y su equipo técnico, iniciando así una articulada relación interinstitucional y de
cooperación que ha sido plasmado y rubricado con la Firma de un acuerdo de cooperación
mutua para el desarrollo del Parque Eólico PICHI MAHUIDA I y II en la provincia de LA
PAMPA, en el mes de enero de 2011, generándose así las condiciones óptimas para una
eventual asociación del INTI al Proyecto parque Eólico Pichi Mahuida.
En esta misma línea, la Empresa también
suscribió un Convenio de Cooperación con el sector público provincial, específicamente,
con la entidad "Aguas del Colorado S.A.P.E.M.". Cabe aclarar que en dicha entidad están
representados mayoritariamente los intereses del Estado Provincial y la misma es la
responsable de administrar el recurso hídrico proveniente del río Colorado, a través del
Acueducto del Río Colorado, y todo el sistema de redes de fibra óptica en el territorio
provincial.
Estamos en presencia de un importante
proyecto para la generación de energía mediante la integración público-privada el que esta
Cámara debe acompañar con la sanción del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARCIA, IRMA ADRIANA | LA PAMPA | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/11/2011 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 3031/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3690-D-2011 y 3691-D-2011 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA LA APROBACION DE DOS PROYECTOS: UNO DE RESOLUCION Y UNO DE DECLARACION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 37/2011 | 25/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 29/12/2011 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3690-D-2011 y 3691-D-2011 | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 21/03/2012 |