PROYECTO DE TP
Expediente 3683-D-2011
Sumario: PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER: CREACION EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 14/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
El Senado y Cámara de Diputados...
PARLAMENTO FEDERAL DE LA
MUJER
Creación
Artículo 1º.- Crearse en el ámbito
del Honorable Congreso de la Nación el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER
que se congregará durante una semana el mes de julio de cada año en el
edificio de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Objetivos
Art. 2º. - Los objetivos del
PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER son, entre otros:
a) Brindar un ámbito de debate,
b) Elaborar estrategias de acción,
c) Impulsar el dictado de
legislación específica tendiente a lograr la igualdad de oportunidades y de trato,
d) Propiciar la conformación de
una red de mujeres de todo el territorio nacional para el abordaje de las
problemáticas de género.
Integración
Art. 3º. - El PARLAMENTO
FEDERAL DE LA MUJER estará integrado por:
a) Siete (7) Diputadas de la
Nación, correspondiendo su composición a: dos (2) miembros de la Comisión de
Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, un (1) miembro de la Comisión de
Educación, un (1) miembro de la Comisión de Legislación General, un (1)
miembro de la Comisión de Derechos Humanos y Garantías y un (1) miembro
de la Comisión de Legislación del Trabajo y un (1) miembro de la Comisión de
Acción Social y Salud Pública
b) Siete (7) Senadoras de la
Nación, correspondiendo su composición a: dos (2) miembro de la Comisión de
Legislación General, un (1) miembro de la Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología, un (1) miembro de la Comisión de Derechos y Garantías y un (1)
miembro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, un (1) miembro de la
Comisión de Salud y Deporte y un (1) miembro de la Comisión de Población y
Desarrollo Humano.
c) Legisladoras Provinciales
representantes de cada uno de los Estados Provinciales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo su composición de la siguiente
forma: tres (3) miembros del bloque del partido político que tiene mayoría de
representación en cada Legislatura y dos miembros (2) miembros del bloque
del partido político que tiene la representación de la primera minoría de la
misma y un (1) miembro por cada una de las otras fuerza política del resto de
las minorías cuya representación la integre una legisladora mujer.
Carácter de la
representación
Art. 4º.- La función a cumplir que
tendrán las integrantes del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER será de
carácter honorario y la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y el
Honorable Senado de la Nación financiará los gastos de organización de igual
proporción.
Responsable de la
Organización
Art. 5º. - La Comisión de Familia,
Mujer, Niñez y Adolescencia será la encargada de planificar y organizar todo el
desarrollo del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, teniendo las siguientes
funciones:
a) Circularizar a las diferentes
legislaturas para la designación de sus representantes.
b) Definir el calendario de
realización del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER,
c) Definir los plazos para la
confirmación de la asistencia de cada integrante convocará a las legislaturas
provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a designar sus
representantes en dicho Parlamento,
d) Organizar la ceremonia de
recepción y otorgamiento de los Certificados a las integrantes del PARLAMENTO
FEDERAL DE LA MUJER,
e) Definir de las comisiones de las
temáticas a desarrollar en cada Parlamento,
f) Recibir las iniciativas temáticas,
legislativas, resolutivas o declarativas para ser tratados por el PARLAMENTO
FEDERAL DE LA MUJER
g) Definición del calendario y
horario de reuniones y sesiones.
h) La compilación, edición y
publicación de las conclusiones de cara PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER
Presentación de
Proyectos
Art. 6º.- Las representantes
parlamentarias presentarán los proyectos, temas o problemas de su interés,
para ser analizados y debatidos en el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER
ante la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación dentro de los plazos establecidos por esta Comisión o el
que se establezca en su reglamento.
Sesión Inaugural
Art. 7º.- La sesión inaugural del
PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER se llevará a cabo en el recinto de
sesiones de Diputados el día lunes de la semana del evento y será presidido por
una Diputada de la Nación integrante de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia, acompañada por dos (2) Vicepresidentas.
Hasta tanto se dicte su propio
reglamento, el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER podrá utilizar el
reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Las sesiones serán públicas.
Comisiones de
Trabajo
Art. 8º.- La Comisión de Familia,
Mujer, Niñez y Adolescencia definirá las diferentes Comisiones de Trabajo,
definiendo la integración de las mismas, el calendario y horario para la reunión
de las mismas, debiendo realizarse entre los días martes y miércoles de la
semana en que se desarrollará el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER.
De los temas propuestos, las
legisladoras seleccionarán aquellos de mayor actualidad, que afecten o puedan
afectar a un mayor número de mujeres.
Los temas serán analizados y se
buscarán antecedentes previos a cada sesión.
Integración de las
Comisiones de Trabajo
Art. 9º. - En la integración de cada
Comisión de Trabajo se tendrá en cuenta para que en cada una estén
representadas todas jurisdicciones y las diferentes representaciones políticas.
La integrante decana de cada Comisión de Trabajo presidirá la primera reunión
para la elección de las autoridades por simple mayoría de Presidenta,
Vicepresidenta 1ª, Vicepresidente 2ª y Secretarias y en acto la Legisladora
elegida Presidenta, dirigirá la comisión de Trabajo y definirá el temario a
desarrollar, hasta tanto el estatuto defina la operatoria.
Parlamento
Regionales de la Mujer
Art. 10º.- En cada una de las
sesiones del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, las legisladoras podrán
decidir el lugar donde se llevará Sesiones Regionales Parlamentarias
preparatorias para la próxima sesión anual quedando a cargo de cada región
los gastos presupuestarios de dichas Sesiones Regionales.
Asesoramiento
Art. 11.- El PARLAMENTO
FEDERAL DE LA MUJER podrá solicitar al Consejo Nacional de la Mujer
asesoramiento sobre los temas propuestos, así como recomendar otras
acciones en función de la defensa de los derechos de la mujer y la asistencia de
especialistas provinciales o regionales sobre alguna temática específica.
Conclusiones
Art. 12. - El PARLAMENTO
FEDERAL DE LA MUJER elevará las propuestas analizadas y debatidas en cada
sesión a las autoridades nacionales, provinciales o
municipales a fin de lograr los
objetivos del mismo. Las sesiones se realizarán durante los días jueves y
viernes de la semana que se constituya el Parlamento.
Difusión
Art. 13. - La Honorable Cámara de
Diputados, por intermedio de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia dará debida difusión a la presente ley y de las conclusiones que se
arriben.
Alternativa de
Lugar se Sesión
Art. 14. - En Sesión Plenaria,
previo redacción del estatuto del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, se
podrá definir las próximas ciudades donde se realizarán cada una de ellas,
como así también la fecha de la misma.
Adhesión
Art. 15. - Invitase a las legislaturas
de los diferentes Estados Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a adherir a la presente ley.
Art. 16. - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
"EL PRESENTE
PROYECTO ES REPRODUCCIÓN DEL EXPTE. Nº 4494-D-2009 Y
HABIENDO PERDDIDO ESTADO O VIGENCIA PARLAMENTARIA ES QUE
SE PRESENTA NUEVAMENTE PARA SU TRATAMIENTO".
La importancia de contar con un
ámbito federal de debate y análisis de los temas que atañen a mujeres de todo
el territorio nacional se ve incrementada al tener en cuenta la responsabilidad
con la que debemos trabajar a fin de consolidar una red de protección social
para las mujeres en aras de su atención integral, potenciando el ejercicio de sus
derechos.
El PARLAMENTO FEDERAL DE LA
MUJER que se propicia crear por esta iniciativa permitirá el conocimiento pleno
de que la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación
contra la Mujer, tiene jerarquía constitucional, dentro de los tratados de
derechos humanos.
Por otra parte, este ámbito federal
que sesionará una vez al año en el Honorable Congreso de la Nación,
pudiéndose también realizarse en distintos lugares de nuestro país, lo que
permitirá conocer, elaborar, planificar y llevar a cabo estrategias de acción
concretas a través del conocimiento de las distintas temáticas regionales.
Uno de los mayores logros de las
últimas décadas ha sido el reconocimiento de los derechos de la mujer. No
obstante, todavía queda mucho por hacer y por debatir, ya que efectivizarlos
implica un cambio cultural que supone trascender las características de una
sociedad sexista, que siempre dividió los espacios en público para el hombre y
doméstico para la mujer.
"La mujer no nace, se hace",
expresó Simone de Beauvoir, sentando las bases conceptuales para desmitificar
el supuesto carácter natural de las diferencias entre mujeres y varones.
Esta frase permite comprender los
alcances del concepto de género, que no es sinónimo de mujer, sino que se
refiere a ella pero no únicamente. Lo determinante en la identidad sexual no es
la genitalidad sino la socialización de los conceptos, o sea, la asignación, a
través del discurso social -que se transmite por medio de la escuela, los medios
de comunicación, la familia, etcétera- de atributos y roles sociales, que luego
permitirán que las personas se identifiquen o se asuman como hombres o
mujeres.
El concepto de género es una
construcción social, cultural y simbólica, que ineludiblemente nos lleva a
reconocer y redescubrir las numerosas desigualdades e inequidades en las
relaciones de poder entre los sexos.
Por lo tanto es posible decir que
cuando mencionamos el concepto de género nos estamos refiriendo a una
relación social marcada por la asimetría, la inequidad y que redunda en la
discriminación.
Se trata entonces de fortalecer los
principios que sustentan los derechos consagrados, mediante la creación de
ámbitos para el fomento de una mayor participación.
El PARLAMENTO FEDERAL DE LA
MUJER, que en la forma que se proyecta no implicaría gastos exorbitantes, ya
que la representación es honoraria, prioriza la problemática de género, creando
un ámbito para analizar y proponer soluciones que permitan mejorar su calidad
de vida.
Es indudable que cuando se
abordan los temas de género se descubre una problemática específica
relacionada con las muertes maternas por causas que se vinculan a la
concepción, así como con la prevención de patologías génito-mamarias.
Salud sexual y reproductiva abre
todo un campo riquísimo para el debate, ya que existen numerosas cuestiones
que esperan soluciones, siendo el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER un
ámbito adecuado para terminar con la doble discriminación: ser mujer y ser
pobre.
Nadie puede negar que en nuestra
sociedad aún impere la hipocresía, que coarta la verdadera libertad de las
mujeres para decidir sobre su cuerpo.
En relación a la violencia de
género es posible sorprenderse ante la realidad de que en el mundo una de
tres mujeres ha sido golpeada, forzada a tener relaciones sexuales, o
maltratada de alguna manera en el curso de su vida.
Teniendo en cuenta que la llamada
violencia "basada en el género" tiene directa relación con la condición
subordinada de la mujer en la sociedad, mucho queda por hacer desde un
espacio federal para contrarrestar este flagelo.
La violencia familiar deberá ser
tratada en forma integral, en el marco conceptual, legal, de prevención y
asistencia, de manera que se conozca cuáles son los derechos de la mujer y las
acciones legales que puede interponer.
En estos días, el conflicto armado
que aflige y afecta a toda la humanidad ha hecho resurgir con más fuerza
diferencias existentes entre países, desnudando que muchas culturas tienen
creencias, normas e instituciones sociales que legitiman y por ende perpetúan
la violencia contra la mujer.
A pesar de los compromisos
nacionales e internacionales y aunque pareciera que la discusión sobre la
igualdad entre hombres y mujeres es hoy caduca y obsoleta, la realidad nos
muestra que todavía queda mucho por recorrer, ya que esa supuesta igualdad
está muy lejos de lo que se declama.
Si bien se ha logrado una mayor
representatividad de las mujeres en los espacios públicos, no puede decirse que
esté consolidada, por lo que es necesario trazar estrategias para lograrlo.
Este PARLAMENTO FEDERAL DE
LA MUJER será el ámbito propicio en donde se abordarán además otras
cuestiones: la problemática de la madre soltera, la desventaja
social que sufren las mujeres jefas
de hogar, que constituyen el único sostén de la familia y, en un contexto de
crisis económica, no tienen mayor inserción en el trabajo por su baja
calificación laboral.
Se podrán generar iniciativas que
impliquen gestionar programas de capacitación laboral para mujeres, que les
permitan acceder a trabajos calificados y mejores remuneraciones.
Otro aspecto a abordar con
responsabilidad será el tema de la prostitución infantil, convocando a
instituciones que hayan analizado la problemática para proponer caminos de
acción a los organismos estatales.
Los temas a considerar son muy
vastos y, tratados con responsabilidad por un Parlamento Federal integrado por
mujeres, seguramente buscarán consolidar una red de protección social para
las mujeres, especialmente aquellas que se encuentren en estado de
vulnerabilidad y riesgo.
Paralelamente se podrán difundir
por los medios de comunicación masiva las conclusiones sobre los temas
analizados, para concienciar a la sociedad, en especial, de la importancia de la
atención integral de la mujer en los sectores más carenciados, potenciando el
ejercicio de sus derechos.
El PARLAMENTO FEDERAL DE LA
MUJER que se propicia crear por este proyecto de ley permitirá que el género
acceda al manejo de la información nacional, provincial y municipal, y al
conocimiento pleno de que la Convención sobre la Eliminación de toda Forma
de Discriminación contra la Mujer, tiene jerarquía constitucional, dentro de los
tratados de derechos humanos.
Desde el Parlamento se buscará la
integración con el Consejo Nacional de la Mujer que podrá brindar un apoyo
relevante, colaborando con información y asesoramiento, como así también de
especialistas locales que profundicen el conocimiento regional sobre
determinada temática de género. De esta manera se concreta una nueva forma
de participación en la elaboración de políticas públicas relacionadas con el
género, para lo cual la coordinación con este consejo será primordial
El presente proyecto se basó en el
Proyecto de Resolución de la Orden del Día Nº 343 del año 2002 que al quedar
pendiente de ratificación del H. Senado quedó caduco, se tomó parte de las
disposiciones y de los fundamentos del proyecto de origen, y además, se le dio
el rango de ley y se agregó la representación de minorías de cada jurisdicción.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CORDOBA, STELLA MARIS | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |