PROYECTO DE TP
Expediente 3682-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA APLICACION DE LA LEY 26102, DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Fecha: 24/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que corresponda, se informe a esta Honorable Cámara
acerca de las siguientes cuestiones relacionadas con la Ley 26.102 de Seguridad
Aerportuaria:
1) Cuales son las razones por lo cual
hasta la fecha no se designó al Director Nacional de la Policía de Seguridad
Aeroportuaria, tal lo establecido en el Artículo Nº 18 de la Ley de referencia.
2) Si se conformó el Comité de
Seguridad Aeroportuaria, establecido en el Articulo Nº 9 de la mencionada Ley y
en caso afirmativo cuales fueron las reuniones realizadas y el temario
abordado.
3) Si se procedió a reglamentar la Ley
dentro de los plazos establecidos en el Artículo Nº 85, caso contrario cuales son
las razones del porque no se realizó.
4) En caso de haberse realizado la
Reglamentación ya sea en forma total o parcial se solicita copia de los respectivos
Decretos.
5) Cual es la planta actual de personal
de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, discriminada por escalafón,
agrupamiento y jerarquía.
6) Cual era la cantidad de personal de
la Fuerza Aérea Argentina que prestaba servicios en la Policía Aeronáutica
Nacional antes de la sanción de la Ley 26.102 y cual fue la cantidad de personal
que accedió a ser incorporado a la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
7) Si se realizaron nuevas
incorporaciones de personal a partir de la sanción de la Ley.
8) Si se creo, tal cual lo establece el
Artículo Nº 57 de la Ley, el Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria, caso
contrario de que forma se esta efectuando la capacitación del personal de la
fuerza.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el mes de mayo del año 2006 este
Honorable Congreso Nacional sancionó la Ley 26.102 de Seguridad
Aeroportuaria, la cual fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional en el mes
de junio del mismo año.
El 5 de diciembre del 2006, el
Ministerio del Interior dicta la resolución Nº 2684, por la cual se prorroga por el
término de noventa (90) días la intervención de la Policía de seguridad
Aeroportuaria establecida en el artículo 3º del Decreto Nº 145 de fecha 22 de
febrero de 2005, y prorrogada por resolución Ministerial Nº 1907 de fecha 28 de
octubre de 2005 y Resolución ministerial Nº 1424 de fecha 27 de julio de
2006.
El proyecto que dio origen a la Ley
26.102, el cual fuera enviado a este Honorable Congreso por el Poder Ejecutivo
Nacional, produjo varios meses de debate en las distintas comisiones de la
Cámara, principalmente en la de Seguridad Interior, en razón de la atención
puesta sobre el tema por los distintos diputados, no solamente por estar
determinando un sistema de seguridad para los aeropuertos de todo el territorio
nacional, sino también por estar sancionando la creación de una nueva fuerza de
seguridad nacional, la primera en esta nueva etapa democrática del país.
La Ley sancionada prevé tanto su
organización como aspectos fundamentales de funcionamiento de la Policía de
Seguridad Aeroportuaria, como ser carrera del personal, condiciones de ingreso,
modo de capacitación, cuadro jerárquico, etc. Del mismo modo estableció
mecanismos para la transición, como ser modo de transferencia del personal de la
Fuerza Aérea Argentina a esta nueva Institución, transferencia de recursos
logísticos, etc.
Es por ello que es muy importante que
nuestro honorable cuerpo legislativo efectué un seguimiento, respecto de la
implementación de la mencionada, mas aun teniendo en cuenta el tiempo
transcurrido desde su promulgación, más de un año, tiempo que supera al
establecido para dar cumplimiento a determinados artículos de la normativa.
Por los motivos expresados
precedentemente es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |