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PROYECTO DE TP


Expediente 3670-D-2012
Sumario: OBRAS SOCIALES - LEY 23660: MODIFICACION DEL INCISO A) DEL ARTICULO 10, SOBRE CONTINUIDAD DE LA CATEGORIA DE BENEFICIARIO POR UN PERIODO DE SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DE LA EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Fecha: 05/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


OBRAS SOCIALES - LEY 23660 -
MODIFICACION DEL INCISO A) DEL ARTICULO 10, SOBRE CONTINUIDAD DE LA CATEGORIA DE BENEFICIARIO POR UN PERIODO DE SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DE LA EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO
ARTICULO 1°: Modificase El artículo 10, inciso a) de la Ley 23660, el quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 10: a) En caso de extinción del contrato de trabajo, los trabajadores que se hubieran desempeñado en forma continuada durante más de tres (3) meses mantendrán su calidad de beneficiarios durante un período de seis (6) meses, contados a partir de su desvinculación, sin obligación de efectuar aportes;"
ARTICULO 2°: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa es la reproducción del proyecto de ley que bajo el Nº 4781-D-2010 perdió estado parlamentario el pasado 1º de marzo, por lo que es nuestra intención que vuelva a plantearse para su nuevo tratamiento.
Sabiamente, la Ley 23660 de Obras Sociales en su artículo 10, inciso "a", extiende la cobertura médica cuando el trabajador ha perdido su condición, debido a la desvinculación de la empresa.
Ese período de gracia de tres meses fue pensado en condiciones de un mercado de trabajo normal, en donde el laborante tenía la posibilidad de conseguir un nuevo empleo en un breve período. Más, la situación del mercado de trabajo actual no favorece esa natural expectativa de toda persona, sino, por el contrario, se la hace más difícil. Dificultad que se acrecienta cuando mayor es su edad y, por ende, más frágil la conservación de su salud.
Es por ello que el trabajador, con la desvinculación, además de perder su trabajo y comprometer el mantenimiento de su persona y los suyos, también ve comprometida su salud sin posibilidad de una asistencia médica que cubra sus necesidades y la de su familia. Dicho sencillamente, pierde el ingreso que le permite vivir en condiciones dignas y pierde la debida atención de la eventual pérdida de su salud.
Ergo, proponemos la extensión del tiempo de cobertura médica del trabajador a un lapso razonablemente mayor - como es el de seis meses- que le permita obtener un nuevo empleo sin sobresaltos, contando con un servicio médico que cubra sus necesidades, tanto personales como familiares.
Generar puestos de trabajo y plena ocupación es una responsabilidad del gobierno, el cuidado de la salud una ineludible política de estado.
En la seguridad que la justicia social es un valor compartido por todos los bloques que integran este parlamento, solicito a mis pares me acompañen en la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VEAUTE, MARIANA ALEJANDRA CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO