Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 3658-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO A LAS ACTIVIDADES HIDROCARBURIFERAS ILEGITIMAS Y CLANDESTINAS DESARROLLADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL ARGENTINA EN LAS CERCANIAS A LAS ISLAS MALVINAS POR EMPRESAS DE CAPITALES BRITANICOS.
Fecha: 05/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar nuestro más enérgico repudio a las actividades hidrocarburíferas ilegítimas y clandestinas desarrolladas en la Plataforma Continental Argentina próxima a las ISLAS MALVINAS por Empresas de capitales británicos, no inscriptas en la Secretaría de Energía y declaradas en ilegalidad mediante resoluciones 128, 129, 130, 131 y 133 del corriente año dictadas por dicho organismo del Gobierno de la República Argentina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Secretaría de Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios dictó con fecha 25 de mayo del corriente año las Resoluciones 128, 129, 130, 131 y 133 dentro del ámbito de su competencia donde declara ilegales y clandestinas las actividades hidrocarburíferas de un grupo de empresas que no se encuentran registradas para actuar en el ámbito jurisdiccional argentino para realizar dichas actividades.
Según obra en los Considerandos de dichos actos administrativos, los trámites se inician en virtud de los Expedientes MRE Nº 11.329/2012, MRE Nº 11.330/2012, MRE Nº 11.331/2012, MRE Nº 11.332/2012 y MRE Nº 11.333/2012, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en el cual se pone en conocimiento a la Secretaria de Energía, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, información relacionada con empresas que estarían operando ilegítimamente en la Plataforma Continental Argentina, próxima a las ISLAS MALVINAS.
La información solicitada por cancillería se da en el marco de las gestiones impulsadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en relación con el ejercicio de la soberanía nacional sobre los yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos situados en la Plataforma Continental Argentina.
La gestión de Cancillería apuntaba a que se determine si las Empresas FALKLAND OIL AND GAS LIMITED, ARGOS RESOURCES LTD, DESIRE PETROLEUM PUBLIC LIMITED COMPANY, ROCKHOPPER EXPLORATION PLC., y BORDERS & SOUTHERN PETROLEUM PLC y sus vinculada se hallan inscriptas en los Registros de la Secretaria de Energía como concesionarias y/o permisionarias para realizar exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina, próxima a las ISLAS MALVINAS.
Seguidamente en sus considerandos, la SECRETARIA DE ENERGIA comunica que surge de los Registros existentes en su competencia, que ninguna de las Empresas investigadas se encuentras inscriptas en los registros a que se refieren el Decreto Nº 5906 de fecha 21 de agosto de 1967 y la Resolución SE Nº 407 de fecha 29 de marzo de 2007.
Luego que la información fuera recabada por la Secretaría de Energía, se remitió al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la notificación pertinente a las Empresas a fin de que dicho Organismo la diligencie mediante su representación en el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE la "comunicación que los trabajos y operaciones que se encuentra realizando en la Plataforma Continental Argentina no cuentan con una autorización, concesión o permiso otorgado por las autoridades competentes del Gobierno Argentino, tal como lo establecen las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos Nº 17.319 y sus normas reglamentarias y complementarias".
Asimismo, la Secretaría de Energía en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto informaron "que las mencionadas actividades resultan ilegítimas y clandestinas por estar realizándose en una zona que se encuentra bajo la soberanía de la REPUBLICA ARGENTINA y al margen de lo que disponen sus leyes y reglamentos específicos" y se corrió el traslado correspondiente a fin de otorgarle a las empresas referidas el plazo de DIEZ (10) días para que realicen los descargos pertinentes, garantizando el ejercicio de su legítimo derecho de defensa.
Aún así, se desprende de la Resolución que las empresas británicas no respondieron a la requisitoria del gobierno Argentino dejando vencer los plazos que la normativa de nuestro país exige para estos procedimientos.
Por último, en los fundamentos del acto resolutivo establece "Que todo lo obrado ha sido en el marco del firme propósito de poner en marcha todas las acciones legales, judiciales o administrativas en defensa de los legítimos derechos de la REPUBLICA ARGENTINA."
Las reiteradas provocaciones del Gobierno Británico hacia nuestro país, no alcanzan con la constante militarización si no que avanzan esta vez con movimientos ocultos e ilícitos en pos de aprovecharse de la riqueza natural del territorio argentino.
Este parlamento vino ratificando en forma unánime la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, repudiando todas y cada una de las acciones que el gobierno británico y las empresas con origen en el Reino Unido de Gran Bretaña han llevado a cabo de manera desafiante hacia nuestro país.
Una vez más debemos reivindicar la política de nuestro gobierno y, en particular de nuestra presidenta Cristina Fernández de Kirchner, de volcar todos los esfuerzos de recuperación de las Islas Malvinas por la vía diplomática y no ceder ante la agresión constante, intimidatoria y voraz del gobierno británico.
Atendiendo a la necesidad de confirmar la posición de la República Argentina respecto de su soberanía sobre las Islas Malvinas y rechazar la decisión británica de avanzar en la exploración y/o explotación de los recursos de territorio soberano argentino, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TINEO, JAVIER HECTOR LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA, ANDREA FABIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)