PROYECTO DE TP
Expediente 3656-D-2007
Sumario: REGULACION DEL USO DE BOLSAS DE MATERIAL NO BIODEGRADABLE EN SUPERMERCADOS Y COMERCIOS DEL TERRITORIO NACIONAL: MULTAS, DESTINO DE LOS FONDOS RECAUDADOS.
Fecha: 23/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 95
El Senado y Cámara de Diputados...
REGULACION DEL USO DE BOLSAS DE
MATERIAL NO BIODEGRADABLE EN
SUPERMERCADOS Y COMERCIOS DEL
TERRITORIO NACIONAL
Artículo 1º - Bolsas de
material biodegradable. Las bolsas utilizadas para contener las
mercaderías, materiales o productos expendidos por hipermercados,
supermercados, almacenes y/o comercios en general, deberán ser de
material biodegradable.
Artículo 2º - Estos
comercios deberán entregar a sus clientes bolsas de material
biodegradable en un setenta y cinco por ciento (75%), como mínimo, o
de material bioplástico, avalados por la norma internacional
correspondiente.
Artículo 3º - También se
prohíbe en estos comercios la venta de bolsas para residuos que no
estén fabricadas con material biodegradable al setenta y cinco por
ciento (75 %), como mínimo, o en su defecto con bioplásticos.
Artículo 4º: Se exceptúa de
la presente prohibición a aquellas bolsas destinadas exclusivamente a
contener:
a) Pescados o sub-
productos de pescado, carne vacuna o de aves y sus derivados.
b) En el caso de que no
estuvieran empaquetados, también se excluyen a las frutas y
vegetales,
c) Los lácteos, el hielo y las
comidas elaboradas (frías o calientes).
Artículo 5º - La Autoridad
de Aplicación de esta norma será el Ministerio de Salud y Ambiente de
la Nación, quien determinará un plazo prudencial para la entrada en
vigencia de la presente, como así también las multas que se aplicarán
a los comercios que no cumplan con lo establecido en el Artículo 1º de
la presente.
Artículo 6º: La Autoridad de
Aplicación deberá llevar un Registro de los comercios infractores con
el objeto de ejercer el control y el seguimiento del cumplimiento de
esta norma. Un infractor sólo será removido del mismo, cuando
acredite fehacientemente el pago de las multas correspondientes.
Asimismo, dicha autoridad podrá delegar en los Municipios, las
facultades otorgadas en la presente, debiendo proveer los medios
técnicos y económicos necesarios para su fiel cumplimiento.
Artículo 7 - Destino de los
fondos. Los fondos recaudados en concepto de multas serán
destinados a solventar y articular campañas de difusión para
concientizar a la población sobre la importancia del cuidado del
medioambiente y el cambio climático.
Artículo 8°: Se invita a las
provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la
presente ley.
Artículo 9°:
Reglamentación- La presente ley será reglamentada dentro de los 60
días de su aprobación.
Artículo 10º - Comuníquese
al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los residuos se han
convertido en un problema mundial, ya que cuando no son dispuestos
eficazmente, afectan enormemente a nuestro medio ambiente. La
especie humana produce a diario billones de toneladas de residuos.
De un kilo a un kilo y medio diario por persona. Esto varía, por
supuesto, según los ingresos; ya que cuanto más poder adquisitivo
tiene una persona, más residuos genera. Esta problemática ha
derivado en la necesidad de políticas de Estado a mediano y largo
plazo.
Todos los países optan por
desarrollar estrategias de gestión de los residuos en cuanto a su
disposición final. Las más conocidas son la incineración, los rellenos
sanitarios (evacuación en vertederos), los basurales a cielo abierto (o
clandestinos) y la recuperación de residuos pasibles de reciclar. Por lo
tanto, una "gestión adecuada de los residuos está entre los asuntos
ambientales más relevantes para el mantenimiento de la calidad del
medio ambiente terrestre y especialmente para la búsqueda de un
desarrollo adecuado y sostenible en todos los países", según la
Agenda XXI de Río de Janeiro de 1992.
Para tener una idea de la
magnitud de cuanta basura producimos, tomaremos como ejemplo el
caso de la Ciudad de Buenos Aires, donde aproximadamente se
generan 5.000 toneladas diarias. Esto implica que en una población de
2.776.138 de residentes, según el Censo Nacional de Población,
Hogares y Viviendas realizado por el INDEC 2001, se produce casi un
kilogramo diario por habitante. A esto hay que sumarle la población
que transita la ciudad y no reside en ella (casi 9.000.000 de personas
que se desplazan y también generan residuos).
Uno de los pilares
fundamentales en que se apoya la sustentabilidad ambiental urbana
de una ciudad es la gestión y el control de sus residuos (líquidos,
sólidos y gaseosos). Esto comprende desde la evacuación hasta la
disposición final de los residuos generados por los vecinos
(domiciliarios) y/o las actividades comerciales, productivas y de
servicios. Una inadecuada gestión de eleva los niveles del factor de
vulnerabilidad urbana.
Reducir, Reutilizar y
Reciclar, son tres conceptos universalmente utilizados en torno a este
tema; las tres "R" de la ecología son:
- REDUCIR al máximo el
consumo, seleccionando en las compras productos que tengan un
menor impacto ambiental y evitando generar basura innecesaria.
- REUTILIZAR empleando
repetidamente o de diversas formas aquellos productos
consumibles.
- RECICLAR utilizando los
residuos como materia prima para la elaboración de un producto que
puede ser igual o distinto al inicial. El reciclaje de materiales es
fundamental ya que permite el ahorro de materias primas y disminuye
el gasto de energía y agua, al mismo tiempo que reduce la generación
de residuos y la contaminación que esto conlleva. Para reciclar es
necesario realizar una disposición selectiva de los residuos que
generamos, a través de la separación en origen de los diferentes
materiales que desechamos.
En cuanto a la composición
de los residuos, el plástico ocupa una buena parte de ellos y es
altamente contaminante; estudios indican que el 14% del peso de las
bolsas de residuos domiciliarios son plásticos y, en su mayoría,
provienen de envases de un solo uso y de todo tipo de envoltorios y
embalajes (botellas de PVC o Pet, bolsas de polietileno, bandejas y
cajas protectoras de corcho blanco, entre otros).
Si se entierran en un
vertedero ocupan mucho espacio, tardan desde décadas hasta
milenios en degradarse. Si se opta por incinerarlos originarán
emisiones de dióxido de carbono, lo que contribuye al cambio climático
y otros contaminantes atmosféricos muy peligrosos para la salud y el
medio ambiente.
Uno de los plásticos de uso
más generalizado, el PVC, produce una elevada contaminación en su
fabricación y si se incinera produce unas de las sustancias más tóxicas
que se conocen, las dioxinas y los furanos.
Hay que tener en cuenta,
que todos los plásticos se fabrican a partir del petróleo. Por ello, al
consumir plásticos, además de agotarse un recurso no renovable,
potenciamos la enorme contaminación que origina la obtención y el
transporte del petróleo y su transformación en plástico.
Las bolsas plásticas han
contribuido eficazmente a facilitar nuestra vida diaria pero,
lamentablemente, el problema se presenta al momento de tratar de
disponer de ellas.
Las estimaciones de los
especialistas, a cerca de la durabilidad de las bolsas, oscilan entre 100
años hasta miles de años; es decir que quedarán en el suelo mucho
después de que sus usuarios hayan desaparecido de la faz de la
tierra.
Las bolsas generan
innumerables problemas, y uno de ellos es que terminan tapando
canales y/o desagües. Además, como no hay tratamientos adecuados
de los residuos ni reciclaje, esos plásticos terminan impermeabilizando
el suelo y hasta los basurales. Hay que asegurarse de que quienes
generan esa basura, como los supermercados, también se hagan
cargo del problema.
Existen antecedentes en
provincias y municipios de nuestro país, de legislaciones que han
prohibido que los supermercados entreguen a sus clientes bolsas con
materiales no biodegradables. La idea es que se reemplace los
recipientes de polietileno de alta densidad (usados hoy) por otros que
se degradan con mayor facilidad como el bioplástico o el papel.
Algunos de los nuevos componentes que se proponen como
alternativa, comienzan a desintegrarse a partir del mes.
Se entiende por plásticos
degradables aquellos polímeros, que después de usados se
descomponen bajo "condiciones normales" en un período
relativamente breve, "desapareciendo" como material visible. Son
plásticos que en su cadena de polímeros contienen componentes que
pueden desencadenar una reacción de descomposición biológica o
fotoquímica, que destruye la estructura encadenada de los polímeros.
La pieza plástica primero se torna frágil, desintegrándose
mecánicamente en pequeños pedazos. A medida que avanza el
proceso de degradación el material se va desintegrando en partículas
cada vez más pequeñas, hasta convertirse en anhídrido carbónico y
agua.
Las bolsas degradables de
nueva tecnología irrumpen gracias a la presencia de un componente
que permite su sana descomposición: un ión metálico que es
inyectado a la mezcla de polietileno en el último momento. Las bolsas
comunes no se descomponen debido a que sus cadenas moleculares
son complejas e irrompibles.
Concretamente en la
Provincia de Mendoza, en el año 2005, se aprobó la ley Nº 7319, que
prohibió a los supermercados e hipermercados la utilización de bolsas
de polietileno de alta densidad. El proyecto incluye sanciones para los
supermercados que no usen al menos el 75 por ciento de las bolsas
con los materiales especificados. Actualmente de las 9 cadenas de
supermercados que operan en la Provincia, sólo Wall Mart adoptó el
sistema, y la cadena VEA lo hará hacia fin de este mes.
En Comodoro Rivadavia
consiguió reducirse el uso de este material en porcentajes importantes
y, por consiguiente, la contaminación del ambiente es menor. Ello
teniendo en cuenta la dificultad de degradación de las bolsas de
polietileno.
Algunos comerciantes
alegaron en su momento que reemplazar el polietileno es hasta un 40
por ciento más caro. Pero ello debe ser objeto de diálogo cuando se
trata de normas que van más allá de los costos, y se juegan
soluciones para el medio ambiente. Por otra parte, no tiene por qué
descartarse la colocación de publicidad en las caras de las bolsas de
tela para financiar su producción.
En definitiva Señor
presidente, el presente proyecto tiene como objetivo regular el uso de
las bolsas de material no biodegradable en los supermercados y
comercios de cualquier tipo; no se esta prohibiendo el uso de todos los
bolsas, sino, por lo menos empezar con las que entregan los
comercios para contener las mercaderías que expenden. Pensamos
que esta norma contribuirá a disminuir el número y el uso
indiscriminado de bolsas de este material.
Vemos que no es tarea
imposible. Solo hacen falta la disposición y el consenso para decidir
una vez en favor del medio ambiente. Y, por qué no, regresar a
prácticas que no por antiguas son malas, como por ejemplo el uso de
la bolsa del mercado.
Es una iniciativa ya
impuesta en los países preocupados por el presente y futuro de la
salud de sus ciudadanos y es parte del interés mundial por la
protección del medio ambiente.
Por los motivos expuestos
solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GENEM, AMANDA SUSANA | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SOLANAS, RAUL PATRICIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BERRAUTE, ANA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOISES, MARIA CAROLINA | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
THOMAS, ENRIQUE LUIS | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SYLVESTRE BEGNIS, JUAN HECTOR | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LOPEZ, AMELIA DE LOS MILAGROS | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LAURITTO, JOSE EDUARDO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |