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PROYECTO DE TP


Expediente 3653-D-2012
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS - LEY 20628, TEXTO ORDENADO 1997: MODIFICACION DEL ARTICULO 20, SOBRE EXENCION A LAS REMUNERACIONES PERCIBIDAS POR TRABAJADORES DE LA EDUCACION DOCENTES O NO DOCENTES.
Fecha: 05/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Exención Trabajadores Educativos
ARTÍCULO 1°. Incorpórase como inciso z del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, el siguiente:
"z) Las remuneraciones percibidas por los trabajadores de la educación, docentes o no docentes, que presten servicios en establecimientos educativos de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipal o de gestión privada reconocidas oficialmente por cada jurisdicción."
ARTÍCULO 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley persigue incorporar un inciso al artículo 20º de la Ley de Impuesto a las Ganancias a fin de eximir del pago de este tributo al personal docente o no docente que presten servicios en establecimientos educativos de gestión estatal o privada.
La función de los trabajadores de la educación constituye un valor primordial a ser defendido e incentivado por el Estado particularmente por ser esencial al derecho constitucional a aprender y enseñar.
El constante retraso en la actualización del monto mínimo no imponible por este impuesto o bien de las deducciones autorizadas constituye una amenaza continua sobre la remuneración de estos trabajadores.
Los aumentos otorgados con esfuerzo por las autoridades provinciales y municipales para evitar los efectos de la inflación sobre los salarios de estos trabajadores, posteriormente se ven frustrados por la no actualización de este impuesto de cuya recaudación se aprovecha principalmente el Estado Nacional y la ANSES en detrimento de las jurisdicciones provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Hasta tanto este Congreso de la Nación no tome el compromiso de establecer un mecanismo automático de actualización del mínimo no imponible y las deducciones permitidas al ritmo de la inflación real creemos que la mejor solución para asegurar el derecho de los trabajadores de la educación es eximirlos del pago de este impuesto.
Por lo expuesto, solicito a mis pares la pronta aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE MARCHI, OMAR MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO