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PROYECTO DE TP


Expediente 3645-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EXIMIR DEL PAGO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS, A LA PRIMERA CUOTA DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO.
Fecha: 15/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que arbitre los medios necesarios a fin de eximir del pago del Impuesto a las Ganancias a la primer cuota del sueldo anual complementario, para aquellos sujetos cuya remuneración bruta mensual devengada entre los meses de enero a junio de 2014 no supere la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS ($28.800).-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante este proyecto de Resolución venimos a solicitar al Poder Ejecutivo Nacional una medida que implicaría eximir del pago del Impuesto a las Ganancias a la primer cuota del sueldo anual complementario, para aquellos sujetos cuya remuneración bruta mensual devengada entre los meses de enero a junio de 2014, no supere la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS ($28.800).
Cabe mencionar como antecedente de este proyecto, el Decreto 2191/2012, por medio del cual la Presidenta de la Nación eliminó el cobro del Impuesto a las Ganancias para la segunda cuota del sueldo anual complementario del año 2012 para sueldos que no superen los veinticinco mil pesos ($25.000).
En los considerandos de dicho Decreto se deja de manifiesto el objeto de la medida y que responde a la necesidad de instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional.
Posteriormente, a través del Decreto 1006/2013, con fecha 25 de Julio de 2013, la Presidenta Cristina Fernández detrajo el importe cobrado por impuesto a las ganancias para la primera cuota del Sueldo Anual Complementario para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, entre los meses de enero a junio del año 2013, no haya superado la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-)
Es por esto que consideramos necesaria la aplicación de esta medida en la primer cuota del sueldo anual complementario 2014, a fin de eximir del pago de este impuesto a aquellos trabajadores que ven reducido su sueldo a causa de la inflación y que podrían destinar este ingreso a consumo y/o bienestar personal y/o familiar.
Entendemos que si en Junio de 2013 se eximió a todos aquellos trabajadores que habían cobrado un salario de hasta $25.000, ese tope tiene que ser actualizado. En ese sentido también queremos ser coherentes con un proyecto que están trabajando diversos partidos de la oposición a través del cual se actualiza constante el mínimo no imponible a través del Salario Mínimo, Vital y Móvil (8 SMVyM); es por esto que la suma se fijó en $28.800 (Veintiocho mil ochocientos pesos).
Hoy día estamos en un contexto en donde el cierre de paritarias, la devaluación constante y la aceleración inflacionaria, muestran los múltiples factores que llevan a modificar urgentemente el mínimo no imponible y la actualización de las escalas. No obstante, consideramos que la implementación de una medida como la que estamos proponiendo en este proyecto es una medida necesaria por el esquema que presenta hoy el impuesto a las ganancias.
Podemos discutir si el Impuesto a las Ganancias es un impuesto progresivo dentro de la estructura tributaria actual o no, pero lo que sí podemos asegurar sin duda alguna es que su falta de actualización constante atenta directamente contra el nivel de consumo total, al disminuir el nivel efectivo de incrementos salariales.
Es necesario destacar que la retención del impuesto a las ganancias tiene fuerte incidencia en el Aguinaldo, ya que por su estructura y forma de percepción el efecto se magnifica considerablemente.
Por lo expuesto precedentemente, y porque consideramos que esta medida sería sumamente positiva para todos aquellos trabajadores que al día de la fecha son alcanzados por este Impuesto, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
VILLATA, GRACIELA SUSANA CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
VALINOTTO, JORGE ANSELMO CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
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