PROYECTO DE TP
Expediente 3645-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EXIMIR DEL PAGO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS, A LA PRIMERA CUOTA DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO.
Fecha: 15/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que arbitre los medios necesarios a fin de eximir del pago del
Impuesto a las Ganancias a la primer cuota del sueldo anual complementario,
para aquellos sujetos cuya remuneración bruta mensual devengada entre los
meses de enero a junio de 2014 no supere la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL
OCHOCIENTOS ($28.800).-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante este proyecto de
Resolución venimos a solicitar al Poder Ejecutivo Nacional una medida que
implicaría eximir del pago del Impuesto a las Ganancias a la primer cuota del
sueldo anual complementario, para aquellos sujetos cuya remuneración bruta
mensual devengada entre los meses de enero a junio de 2014, no supere la
suma de PESOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS ($28.800).
Cabe mencionar como antecedente
de este proyecto, el Decreto 2191/2012, por medio del cual la Presidenta de la
Nación eliminó el cobro del Impuesto a las Ganancias para la segunda cuota del
sueldo anual complementario del año 2012 para sueldos que no superen los
veinticinco mil pesos ($25.000).
En los considerandos de dicho
Decreto se deja de manifiesto el objeto de la medida y que responde a la
necesidad de instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al
fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con
ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional.
Posteriormente, a través del
Decreto 1006/2013, con fecha 25 de Julio de 2013, la Presidenta Cristina
Fernández detrajo el importe cobrado por impuesto a las ganancias para la
primera cuota del Sueldo Anual Complementario para los sujetos cuya mayor
remuneración bruta mensual, entre los meses de enero a junio del año 2013,
no haya superado la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-)
Es por esto que consideramos
necesaria la aplicación de esta medida en la primer cuota del sueldo anual
complementario 2014, a fin de eximir del pago de este impuesto a aquellos
trabajadores que ven reducido su sueldo a causa de la inflación y que podrían
destinar este ingreso a consumo y/o bienestar personal y/o familiar.
Entendemos que si en Junio de
2013 se eximió a todos aquellos trabajadores que habían cobrado un salario de
hasta $25.000, ese tope tiene que ser actualizado. En ese sentido también
queremos ser coherentes con un proyecto que están trabajando diversos
partidos de la oposición a través del cual se actualiza constante el mínimo no
imponible a través del Salario Mínimo, Vital y Móvil (8 SMVyM); es por esto que
la suma se fijó en $28.800 (Veintiocho mil ochocientos pesos).
Hoy día estamos en un contexto
en donde el cierre de paritarias, la devaluación constante y la aceleración
inflacionaria, muestran los múltiples factores que llevan a modificar
urgentemente el mínimo no imponible y la actualización de las escalas. No
obstante, consideramos que la implementación de una medida como la que
estamos proponiendo en este proyecto es una medida necesaria por el
esquema que presenta hoy el impuesto a las ganancias.
Podemos discutir si el Impuesto a
las Ganancias es un impuesto progresivo dentro de la estructura tributaria
actual o no, pero lo que sí podemos asegurar sin duda alguna es que su falta
de actualización constante atenta directamente contra el nivel de consumo
total, al disminuir el nivel efectivo de incrementos salariales.
Es necesario destacar que la
retención del impuesto a las ganancias tiene fuerte incidencia en el Aguinaldo,
ya que por su estructura y forma de percepción el efecto se magnifica
considerablemente.
Por lo expuesto precedentemente,
y porque consideramos que esta medida sería sumamente positiva para todos
aquellos trabajadores que al día de la fecha son alcanzados por este Impuesto,
es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me acompañen en la
sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
VALINOTTO, JORGE ANSELMO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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