PROYECTO DE TP
Expediente 3641-D-2007
Sumario: AFILIADOS A PLANES DE SALUD DE LA "ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA", GARANTIA POR DEL ESTADO NACIONAL DE LA COBERTURA.
Fecha: 23/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 95
El Senado y Cámara de Diputados...
GARANTÍA POR PARTE DEL
ESTADO NACIONAL DE LA COBERTURA DE LOS AFILIADOS A LOS PLANES DE
SALUD DE LA ASOCIACIÓN FRANCESA FILANTRÓPICA Y DE
BENEFICENCIA.
ARTICULO 1º.- El Estado Nacional garantizará
la cobertura en condiciones equivalentes a las vigentes de los actuales afiliados a los
planes de salud de la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia que estén
dispuestos a continuar con el pago de las cuotas correspondientes, a través de una o
ambas de las siguientes opciones:
a) Asignación a otras empresas de
medicina prepaga, en las condiciones que determine la reglamentación.
b) Creación de un fideicomiso con este
fin, que administre los aportes de los afiliados y establezca convenios prestacionales con el
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Congreso de la Nación Argentina acaba
de sancionar la ley de expropiación de los bienes del Hospital Francés de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, como un paso adelante para la solución de la difícil situación
por la que atravesó la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia. A través de la
transferencia al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados de
los bienes expropiados se pretende a la vez recuperar la capacidad asistencial de este
prestigioso centro de salud, mantener la fuente de trabajo de sus empleados y ampliar el
número de camas disponibles para los afiliados del Instituto.
Respecto de la continuidad laboral de los
empleados del Hospital, si bien la misma no quedó plasmada en el texto sancionado, fue
planteada por el oficialismo en el debate de la Honorable Cámara de Diputados como
fundamento de la ley, y expresado el compromiso del Gobierno Nacional en ese
sentido.
Pero, tal como se expresara en el debate
parlamentario, la situación de los actuales afiliados del Hospital Francés está todavía lejos
de haberse solucionado. Desde el comienzo de las dificultades del Hospital se ha producido
una progresivo éxodo de afiliados hacia otras alternativas de cobertura de salud, que
redujo el plantel de más de 150.000 afiliados a alrededor de 16.000. En su gran mayoría,
se trata de personas que por su edad avanzada o por los problemas de salud que los
afectan no son aceptados por las otras instituciones de medicina prepaga, pese a contar
con los recursos para afrontar las cuotas respectivas.
Todos sabemos que el mercado de las
prepagas está desregulado y por lo tanto las empresas de ese ramo se reservan el derecho
de admisión. En este sentido, es necesario hacer mención de la existencia de un proyecto
de ley de regulación de las empresas de medicina prepaga, cuya autora es la Diputada
Graciela Rosso que, unificado con un proyecto en el mismo sentido de la Diputada Fabiana
Ríos, ya cuenta con dictamen de la Comisión de Acción Social y Salud Pública. En él se
prevé que cuando una empresa de medicina prepaga quiebra los afiliados no quedan sin
cobertura, sino que son reubicados en otras empresas, que tienen la obligación de
aceptarlos.
Lamentablemente, no
se ha podido avanzar con la sanción de esa norma y por lo tanto no se cuenta con la
herramienta que permita dar solución al problema que nos ocupa. En este mismo sentido,
el presente proyecto intenta rescatar el espíritu del dictamen sobre regulación de las
empresas de medicina prepaga en la dirección de prever que "... ante la quiebra, cierre o
cesación de las actividades, la cobertura de sus afiliados sea transferida a otras empresas
inscriptas en el Registro con modalidad de cobertura de salud similar a la que el usuario
celebró por contrato en la EMP de origen.", tal como reza el texto del dictamen aprobado
por la Comisión de Salud y Acción Social de esta Honorable Cámara.
Con este precedente, y con el objeto de dar
solución a la cobertura de salud de las personas afectadas por la situación arriba descripta,
proponemos que el remanente de afiliados del Hospital Francés sean transferidos a la
órbita de otra empresa de medicina prepaga o de un fideicomiso creado a tales efectos. En
el primer caso, se puede recurrir a una negociación con las otras empresas de medicina
privada, considerando que muchas de ellas seguramente han recibido a los afiliados del
Hospital Francés "de bajo riesgo", con los que se benefician en términos económicos. En el
segundo caso, se puede recurrir a un fideicomiso con garantía del Estado, que se
constituya en una especie de Hospital Francés residual.
Señor Presidente: creemos indispensable
que la transferencia al INSSJP de los bienes expropiados a la Asociación Francesa
Filantrópica y de Beneficencia vaya de la mano con una solución de la problemática por la
que atraviesan los afiliados al Hospital Francés, que no son aceptados por otras empresas
de medicina prepaga. Sólo así se cumplirá el objetivo de proteger a todas las personas
perjudicadas por el vaciamiento de la entidad mencionada.
Por todo esto es que pedimos a los señores
diputados nos acompañen en el presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
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Comisión |
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