PROYECTO DE TP
Expediente 3633-D-2007
Sumario: SERVICIO GRATUITO DE TELEGRAMA Y CARTA DOCUMENTO PARA TRABAJADORES DEPENDIENTES, JUBILADOS Y PENSIONADOS, LEY 23789: MODIFICACION DEL ARTICULO 2.
Fecha: 20/07/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
El Senado y Cámara de Diputados...
TELEGRAMAS LABORALES
ARTÍCULO 1: Modificase
el artículo 2 de la Ley 23.789 que quedará redactado de la siguiente
manera:
Artículo
2. Solo podrán utilizarse los servicios enunciados en el artículo 1º, en los
siguientes casos:
a) Por el trabajador
dependiente, para cualquier comunicación dirigida a su empleador que deba
efectuar vinculada con su contrato o relación de trabajo, tanto si la remite en
forma personal o representado por la organización gremial
correspondiente.
b) Por el trabajador
dependiente, para cualquier comunicación con la Administradora de Riesgos del
Trabajo contratada por su empleador, vinculada con un accidente y/o
enfermedad laboral.
c) Por el jubilado o
pensionado, para cualquier comunicación que deba efectuar a organismos
previsionales, en caso de conflictos entre ellos.
d) Por los tres tipos de
beneficiarios, para cualquier comunicación que deban efectuar a sus respectivas
obras sociales, solo en caso de conflicto con ellas.
e) El trabajador dependiente
o la asociación sindical que lo represente, para enviar a la Administración
Federal de Ingresos Públicos copia del requerimiento enviado a su empleador
en los términos del inciso b) del artículo 11 de la ley 24.013.
ARTÍCULO 2: De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva la presentación del
presente proyecto de ley, en la injusta exclusión de la ley 23.789 de los
trabajadores dependientes que deben comunicarse con las Administradoras de
Riesgos del Trabajo, en casos de accidentes o enfermedades profesionales.
La ley citada contempla la
comunicación del trabajador dependiente con su empleador, con las obras
sociales en casos de conflicto y con la Administración Federal de Ingresos
Públicos, en los supuestos de intimación de regularización laboral, conforme la
ley 24.013.
También la ley incluye como
beneficiarios de los telegramas gratuitos a los jubilados y pensionados; pero sin
causa justificable, excluye a los trabajadores dependientes en los casos en que
deba comunicarse con su aseguradora, en los términos de la ley de Riesgos del
Trabajo.
El trabajador tiene la obligación de
comunicarse con su ART, en los casos de desconocimiento del accidente o
enfermedad profesional, como así también en los caso de rechazo del alta
médica, discordancia de las prestaciones, rechazo del porcentaje de incapacidad
determinado, entre otras cuestiones.
Si consideramos que durante el
plazo de prestaciones médicas, el trabajador percibirá menos remuneración que
si estuviese prestando servicios -por aplicación del ingreso base-, es un hecho
a todas luces injusto, que deba irrogar de su propio pecunio, el precio de una
carta documento para comunicarse con la aseguradora en caso de discordancia,
máxime cuando esa discordancia es siempre en su perjuicio.
Si aplicamos la analogía veremos
como la actual ley que regula el llamado telegrama obrero, contempla el caso
de los trabajadores dependientes que deben comunicarse con su obra social en
caso de conflicto. Si un trabajador puede manifestar su voluntad a través de un
telegrama gratuito, con su respectiva obra social, cuando estamos en presencia
de accidentes y/o enfermedades inculpables, con mucho mayor razón deberán
contemplarse los casos en que los trabajadores tengan que enfrentar un
conflicto con las Administradoras de Riesgos del Trabajo, motivados por
accidentes y enfermedades laborales.
De por si como la ley 24.557, deja
desprotegido al trabajador frente a la aseguradora en innumerables
oportunidades, sería provechoso que a través de la modificación de la ley
23.789, se le pueda otorgar una herramienta con la cual pueda defender sus
legítimos intereses sin quedar supeditado a una cuestión económica.
La modificación es justa y permite
al trabajador velar con mayor efectividad sobre cuestiones que atañen a su
salud.
Por todo lo aquí expresado y
considerando la importancia del tema, es que se solicita el voto favorable de los
señores diputados para la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUTIERREZ, FRANCISCO VIRGILIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/09/2007 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
15/10/2008 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
05/11/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |