PROYECTO DE TP
Expediente 3631-D-2011
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA FEDERAL DE INTEGRACION EDUCATIVA DE JOVENES.
Fecha: 11/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
El Senado y Cámara de Diputados...
CAPÍTULO I
"Programa Federal de Integración
Educativa de Jóvenes"
ARTÍCULO 1. OBJETO. Crease en el
ámbito del Ministerio de Educación de la Nación el "Programa Federal de
Integración Educativa de Jóvenes", en el marco de la Ley Nº 26.206/06: "Ley de
Educación Nacional" y la Ley Nº 26.075/05: "Ley de Financiamiento
Educativo".
ARTÍCULO 2. PROPÓSITO. El
"Programa Federal de Integración Educativa de Jóvenes" tendrá como propósito
fundamental fomentar, a través de la realización de intercambios educativos la
integración federal entre los jóvenes que estén actualmente cursando el último año
del nivel de educación media en toda la República Argentina.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS. Los
objetivos de este programa son:
Promover la integración federal a
través de la construcción del conocimiento por medio de vivencias y
experiencias.
Brindar a los jóvenes argentinos la
posibilidad de participación en actividades curriculares y extracurriculares de nivel
medio en otras jurisdicciones del país.
Promover el efecto multiplicador de
las experiencias de intercambio.
Fomentar el conocimiento de las
diferentes costumbres, pautas y valores de los pueblos de la República
Argentina.
Promover la igualdad de
oportunidades entre los jóvenes.
Consolidar, a través del intercambio
estudiantil, acciones conjuntas entre las distintas regiones, ciudades y pueblos del
país, que permitan mayor participación estudiantil en cuestiones sociales,
ambientales, económicas, entre otras.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS. El
"Programa Federal de Integración Educativa de Jóvenes", se sostiene
fundamentalmente sobre los principios de integración, respeto a la diversidad,
federalismo e igualdad de oportunidades.
CAPÍTULO II
Requisitos para Participar
ARTÍCULO 5. BENEFICIARIOS. Podrán
participar del "Programa Federal de Integración Educativa de Jóvenes" alumnos del
último año del nivel medio de la República Argentina.
ARTÍCULO 6. REQUISITOS BÁSICOS.
Los requisitos para participar del "Programa Federal de Integración Educativa de
Jóvenes" son:
Estar actualmente cursando el último
año del nivel medio.
Tener un promedio superior o igual a
7 al momento de inscribirse en el "Programa Federal de Integración Educativa de
Jóvenes".
No poseer sanciones disciplinarias
graves los dos años precedentes a la inscripción en el programa.
Haber sido seleccionado por el
Tribunal del programa en la mayor instancia de su distrito.
CAPÍTULO III
Procedimientos de Inscripción y
Selección
ARTÍCULO 7. PROCEDIMIENTO DE
INSCRIPCIÓN. Los postulantes al "Programa Federal de Integración Educativa de
Jóvenes", deberán inscribirse cumplimentando los requisitos básicos, en sus
respectivos establecimientos educativos en el período establecido por el Comité
Organizador del Programa.
ARTÍCULO 8. PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN. La selección final de los candidatos estará a cargo del Comité
Organizador del distrito. El resultado final será producto del de la evaluación
promedio -ordenados de mayor a menor- de una exposición de interés realizada
por el postulante y un coloquio frente al Comité Organizador.
ARTÍCULO 9. REGLAMENTACIÓN. El
Comité Organizador definirá los detalles de la evaluación y convocatoria.
ARTÍCULO 10. CRITERIOS DE
ASIGNACIÓN. Cada jurisdicción de la República Argentina podrá seleccionar dos
titulares y dos suplentes para realizar el intercambio.
CAPÍTULO IV
Intercambio
ARTÍCULO 11. DURACIÓN. El
Intercambio tendrá la duración de un (1) trimestre, durante el último año del ciclo
de educación media.
ARTÍCULO 12. CONTENIDOS. Los
seleccionados deberán cursar, durante el período de duración del intercambio,
materias en el mismo nivel -año que el de su establecimiento educativo de origen.
ARTÍCULO 13. EQUIVALENCIAS. Las
calificaciones finales de las materias del trimestre en cual el alumno estará
realizando el intercambio, se darán por aprobadas y no serán consideradas en el
promedio anual del mismo, siempre que éste apruebe dichas materias en el
establecimiento de destino.
ARTÍCULO 14. RESULTADOS. Los
participantes deberán realizar un informe comentando su experiencia, el cuál
deberá ser presentado ante su colegio y el Comité Organizador de su
jurisdicción.
ARTÍCULO 15. BECA. ASISTENCIA
ECONÓMICA. Los alumnos que participen del intercambio y durante el período de
duración del mismo, tendrán sus gastos de transporte ida y vuelta hacia el lugar
de destino, estadía, alimentación y útiles completamente cubiertos.
CAPÍTULO V
Autoridad de Aplicación
ARTÍCULO 16. AUTORIDAD DE
APLICACIÓN. La Autoridad de Aplicación del programa será el Ministerio de
Educación de la Nación a través del Comité Organizador del "Programa Federal de
Integración Educativa de Jóvenes".
ARTÍCULO 17. COMPOSICIÓN. El
Comité estará compuesto por la autoridad máxima del Ministerio de Educación, o
quien esta designe como su representante, un integrante designado por cada
provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 18. ELECCIÓN DE
AUTORIDADES. Con el voto de la mayoría simple de sus integrantes, el Comité
podrá elegir a su Presidente, Vicepresidente y secretario.
ARTÍCULO 19. FUNCIONES. Serán
funciones del Comité Organizador:
Dictar su propio reglamento.
Elegir al Presidente y Vicepresidente
del Comité Organizador.
Publicitar el funcionamiento y
propósito del Programa "Jóvenes de Integración Federal Educativo".
Establecer las fechas de inscripción,
cierre y realización de las etapas de preselección y selección final.
Coordinar con el Ministerio de
Educación la concreción de los programas de intercambio.
Establecer el distrito, ciudad y
establecimiento educativo de destino de los seleccionados.
Definir el criterio de evaluación de las
instancias de preselección y selección final.
Comunicar y divulgar los resultados
de la selección distrital.
Elaborar semestralmente un informe
sobre su funcionamiento, lista de seleccionados, asignación de becas, informes de
los participantes al Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Gestión, asignación y control de becas
a los seleccionados.
ARTÍCULO 20. FUNCIONES DEL
PRESIDENTE. Serán funciones del Presidente Comité Organizador:
Convocar al Comité Organizador.
Supervisar de oficio la selección de
candidatos y cualquier otra cuestión que considere pertinente.
Desempatar ante situaciones de
igualdad de votos.
Funcionar como enlace con el
Ministerio de Educación de la Nación.
CAPÍTULO VI
Disposiciones Finales
ARTÍCULO 21. INVITACIÓN A
ADHERIR. Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
adherir a las disposiciones de esta ley.
ARTÍCULO 22. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
ARTÍCULO 23. De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El propósito de este proyecto de ley,
es crear en el ámbito del Ministerio de Educación de la Nación el "Programa
Federal de Integración Educativa de Jóvenes", cuyo principal objetivo es la
integración federal entre los jóvenes que estén actualmente cursando el último año
del nivel de educación media en toda la República Argentina.
El programa se sustenta en el
siguiente círculo virtuoso de principios: consideramos que la profundización de la
integración federal desde los niveles educativos iniciales y medios es un pilar
esencial de cualquier proceso integracionista nacional y/o regional. Asimismo, el
enriquecimiento cultural (fomento del respeto por la diversidad) de los pueblos a
través del intercambio de información y valores es una condición fundamental para
la consolidación de la democracia. En relación con esto, el respeto y la tolerancia
se encuentran intrínsicamente relacionados con el integracionismo y el
enriquecimiento cultural.
La tolerancia consiste en el respeto, la
aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas y formas de expresión.
La fomentan el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad
de pensamiento, de conciencia y de religión. La tolerancia consiste en la armonía
en la diferencia. Compartimos que no sólo es un deber moral, sino además una
exigencia política y jurídica.
El federalismo, un principio
fundamental de nuestra Constitución Nacional, pero tan vilipendiado en los últimos
tiempos debe ser recuperado en todas sus expresiones. Este proyecto propugna a
través de un sistema prolijo, predecible y planificado, el intercambio entre jóvenes
a lo largo y a lo ancho de la República Argentina.
Federalismo, tolerancia, igualdad de
oportunidades, diversidad e integración nacional constituyen los cimientos de esta
iniciativa. Tal como mencionábamos precedentemente sus objetivos son:
Promover la integración federal a
través de la construcción del conocimiento por medio de vivencias y
experiencias.
Brindar a los jóvenes argentinos la
posibilidad de participación en actividades curriculares y extracurriculares de nivel
medio en otras jurisdicciones del país.
Promover el efecto multiplicador de
las experiencias de intercambio.
Fomentar el conocimiento de las
diferentes costumbres, pautas y valores de los pueblos de la República
Argentina.
Promover la igualdad de
oportunidades entre los jóvenes.
Consolidar, a través del intercambio
estudiantil, acciones conjuntas entre las distintas regiones, ciudades y pueblos del
país, que permitan mayor participación estudiantil en cuestiones sociales,
ambientales, económicas, entre otras.
El alcance del programa es nacional,
se invita a todas las provincias a adherirse al mimo. La concreción del objetivo de
este proyecto está en parte determinado por la adhesión de los distintos distritos y
la comprensión por parte de ellos de la trascendencia de esta actividad. La
autoridad de aplicación será el Ministerio de Educación, a través del Comité
Organizador. El Comité tendrá a su cargo las funciones de administración, diseño y
ejecución del programa. Estará conformado por un representante del Ministerio de
Educación de la Nación, y un representante designado por cada provincia y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A su vez e intrínsicamente relacionado
con la igualdad de oportunidades, los alumnos que participen del intercambio y
durante el período de duración del mismo, tendrán sus gastos de transporte ida y
vuelta hacia el lugar de destino, estadía, alimentación y útiles completamente
cubiertos.
Este proyecto establece como
requisitos para participar del "Programa Federal de Integración Educativa de
Jóvenes" estar actualmente cursando el último año del nivel medio; tener un
promedio superior o igual a 7 (con el propósito de fomentar la responsabilidad y
dedicación académica); no poseer sanciones disciplinarias graves los dos años
precedentes a la inscripción en el programa (buena conducta) y, luego de realizar
los procedimientos claramente establecidos por col Comité Organizador, haber
sido seleccionado por el Comité del programa en la mayor instancia de su distrito.
El Intercambio tendrá la duración de un (1) trimestre.
La selección final de los candidatos
estará a cargo del Comité Organizador del distrito. El resultado final será producto
del de la evaluación promedio -ordenados de mayor a menor- de una exposición
de interés realizada por el postulante y un coloquio frente al Comité Organizador.
Los resultados y el proceso de selección deberán realizarse con la máxima apertura
y transparencia.
A fin de generar una instancia formal
de transmisión de la experiencia y autorreflexión para el alumno, los participantes
deberán realizar un informe comentando su experiencia, el cuál deberá ser
presentado ante su colegio y el Comité Organizador de su jurisdicción.
Es por todo lo expuesto Sr.
Presidente, que solicitamos la aprobación de este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR | ENTRE RIOS | UCR |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
STORNI, SILVIA | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0537-D-13 |